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CIRCULAR INTERNA 06 DE 2024

(abril 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Para:SERVIDORAS Y SERVIDORES DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA     PAZ  
De:SECRETARIO EJECUTIVO
Asunto:ACTUALIZACIÓN DE LA HOJA DE VIDA Y DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS Y ACTIVIDAD ECONÓMICA, EN EL SISTEMA  DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE EMPLEO PÚBLICO (SIGEP II)

FECHA 10 DE ABRIL 2024

En atención a lo dispuesto por el artículo 2.2.17.10 [1] del Decreto 1083 de 2015, el artículo 2.2.5.1.9 [2] del Decreto 648 de 2017 y el artículo 2o. [3] del Decreto 484 de 2017, se solicita de manera obligatoria que las servidoras y servidores realicen a más tardar el 31 de mayo de 2024, en la página web del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público - SIGEP II- del Departamento Administrativo de la Función Pública -DAFP-, las actualizaciones que se enuncian a continuación:

1. Hoja de vida de la función pública con el registro de toda la información personal, académica y laboral, con sus respectivos soportes.

2. Declaración de bienes y rentas y actividad económica (período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre e 2023).

Es responsabilidad de cada servidora o servidor actualizar su hoja de vida y la declaración de bienes y rentas. En caso de incumplimiento a los tiempos establecidos en la presente circular, la Subdirectora de Talento Humano remitirá a la Subdirección de Asuntos Disciplinarios para que adelante las acciones correspondientes.

Se recomienda realizar con tiempo esta actividad, toda vez que por la migración de la información que está realizando el Departamento Administrativo de la Función Pública- DAFP-, el sistema puede presentar demoras y fallas, lo que no lo exonera de este deber.

Una vez realizadas las actualizaciones requeridas deberán descargar, firmar y remitir cada uno de los formatos, al correo electrónico:

STH.vinculacionydesvinculacion@jep.gov.co

La Secretaría Ejecutiva a través de la Subdirección de Talento Humano atenderá las inquietudes que sobre el particular se presenten, para lo cual podrán dirigirse a los correos electrónicos:

ruth.carrillo@jep.gov.co y STH.vinculacionydesvinculacion@jep.gov.co.

Cordialmente,

HARVEY DANILO SUÁREZ MORALES

Secretario Ejecutivo

Jurisdicción Especial para la Paz

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. "Artículo 2.2.17.10. Formato de hoja de vida. (…) Están obligados a diligenciar el formato único de hoja de vida (…) Los empleados públicos (…), de período fijo, de carrera y de libre nombramiento y remoción, (…)"

2. ''Artículo 2.2.5.1.9. Declaración de bienes y rentas y hoja de vida. (…) deberá ser actualizada cada año o al momento del retiro del servidor.

(…)"

3.  "Artículo 2o. Modifíquese el artículo 2.2.16.4 del Título 16 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, el cual quedará así´: "(…) La actualización de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica será" efectuada (…) y presentada por los servidores públicos para cada anualidad (…): entre el 1 de abril y el 31 de mayo de cada vigencia. (Subrayada fuera del texto)   

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