CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2025
(febrero 28)
Diario Oficial No. 53.206 de 8 de agosto de 2025
Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 9 de agosto de 2025
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE
| Para: | Alcaldías Municipales (Administración central y descentralizada), Concejos Municipales y Personerías Municipales. |
| Asunto: | Modificación parcial sobre la obligatoriedad del SECOP II para la vigencia 2025. |
La Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente–, en cumplimiento de las funciones conferidas por los numerales 2, 5 y 8 del artículo 3o del Decreto Ley 4170 de 2011, actuando como ente rector del Sistema de Compra Pública y administrador del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP)(1), es competente para desarrollar e impulsar políticas públicas, programas, herramientas y normas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública, así como para promover las mejores prácticas en la gestión contractual del Estado con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos públicos.
De acuerdo con las competencias señaladas, la ANCP-CCE modifica parcialmente el contenido de la Circular Externa número 003 de 2024, específicamente lo relacionado con el alcance de la obligatoriedad del SECOP II para el primer semestre de la vigencia 2025.
La Circular Externa número 003 de 2024 dispuso la obligación para cuatro (4) grupos de Entidades Estatales enlistadas en su Anexo número 1, de publicar en el SECOP II los procesos de contratación que iniciaban a partir del 31 de octubre y 31 de diciembre de 2024, de igual manera, a partir del 1 de marzo y 1 de mayo de 2025 respectivamente, entre otros actos de la actividad contractual.
A partir de la expedición de la Circular Externa la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– inició el proceso de capacitación, acompañamiento e implementación para todas las Entidades Estatales relacionadas en el Anexo número 1, así como para los diferentes partícipes del Sistema de Compra Pública con el fin de que pudieran estar preparados para la adopción del SECOP II. Es así como los dos primeros grupos de Entidades Estatales actualmente se encuentran publicando su actividad contractual en la plataforma transaccional.
A pesar de las actividades desarrolladas, aún están pendientes por recibir el proceso de capacitación las Entidades Estatales correspondientes a los grupos 3 y 4 del Anexo número 1.
Con el propósito de que estas Entidades Estatales se preparen adecuadamente para implementar el SECOP II, y teniendo en cuenta que se debe garantizar el proceso de capacitación para la implementación de la plataforma transaccional, se amplía la entrada en vigencia de la obligatoriedad del SECOP II. En consecuencia, las Entidades Estatales que se relacionan en el Anexo publicarán y gestionarán sus procesos de contratación, exclusivamente en el SECOP II, a partir del 1 de julio y 1 de octubre de 2025 respectivamente.
Con fundamento en problemas técnicos, concretamente por deficiencias de conectividad según las certificaciones allegadas a esta Agencia por parte de las Entidades Estatales y, de acuerdo con lo establecido en la Circular Externa número 003 del 31 de marzo de 2022 expedida por la ANCP-CCE, en la cual se indican los lineamientos y condiciones para establecer modificaciones extraordinarias y excepcionales al cronograma de obligatoriedad de la utilización del SECOP II, en el Anexo número 2 se incluyen a las Entidades Estatales que tienen autorizadas prórrogas con el fin de que puedan realizar las adecuaciones técnicas para garantizar la correcta implementación del SECOP II.
Finalmente, los demás aspectos y contenidos de la Circular Externa número 003 de 2024 se conservan en los términos indicados allí, y regirán plenamente para todas las Entidades Estatales en las fechas allí relacionadas.
Atentamente,
El Director General,
Cristóbal Padilla Tejada,
Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente.
<Anexo publicado en el Diario Oficial>
<Consultar anexo original directamente en el siguiente enlace:
https://normograma.com/documentospdf/PDF/C_ANCP_0001_2025_ANEXO.pdf
NOTAS AL FINAL:
1. ARTÍCULO 3. FUNCIONES. La Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– ejercerá las siguientes funciones:
(…)
2. Desarrollar, implementar y difundir las políticas públicas, planes, programas, normas, instrumentos y herramientas que faciliten las compras y contratación pública del Estado y promuevan las mejores prácticas, la eficiencia, transparencia y competitividad del mismo, a fin de que se cumplan los principios y procesos generales que deben gobernar la actividad contractual de las entidades públicas.
(…)
5. Absolver consultas sobre la aplicación de normas de carácter general y expedir circulares externas en materia de compras y contratación pública.
(…)
8. Desarrollar y administrar el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) o el que haga sus veces, y gestionar nuevos desarrollos tecnológicos en los asuntos de su competencia, teniendo en cuenta los parámetros fijados por el Consejo Directivo.




