ACUERDO AOG 012 DE 2026
(abril 15)
Diario Oficial No. 53.461 de 16 de abril de 2026
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por el cual se corrige el artículo 1o del Acuerdo AOG número 005 de 2026.
EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ (JEP),
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019 y el literal d) del Acuerdo ASP número 001 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5o transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017, que creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, señala que esta entidad se sujetará a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.
Que el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019, "Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz", establece que la JEP "tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción, así como las funciones que le corresponde desarrollar al Órgano de Gobierno.
Que el artículo 5o del Acuerdo ASP número 001 de 2020, por medio del cual se adopta el Reglamento General de la JEP, reitera las funciones del Órgano de Gobierno contempladas en el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019.
Que mediante Acuerdo AOG número 005 de 2026[1], el Órgano de Gobierno aprobó la modificación de las metas del Plan Estratégico Cuatrienal (PEC) 2023-2026 "Justicia y hechos restaurativos".
Que el mismo Acuerdo AOG número 005 de 2026, en el artículo 1o, aprobó para la Oficina Asesora SAAD Víctimas cambiar la meta del indicador "Número víctimas acreditadas con representación judicial" para el año 2026, a 24.000 víctimas, cuando la cifra correcta es 23.000 víctimas.
Que el referido artículo 1o, para la Subdirección de Fortalecimiento Institucional, aprobó modificar la acción tendiente a meta "Componentes del programa Justa- Mente proyectadas" por "Porcentaje de componentes del programa Justa-Mente implementadas", asignando meta del 100% a los años 2023 y 2024, en lugar de 0,0%, que es la cifra correcta en ambos años, dado que la implementación de los componentes del programa Justa-Mente se previó para el año 2025.
Que, sobre la corrección de errores formales en los actos administrativos, el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 establece que "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda".
Que el error de transcripción arriba indicado no altera el sentido de la decisión adoptada por el Órgano de Gobierno en el Acuerdo AOG número 005 de 2026.
Que el Órgano de Gobierno aprueba la suscripción del presente acuerdo por parte del presidente y el secretario ejecutivo.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Corríjase el artículo 1o del Acuerdo AOG número 005 de 2026, de conformidad con lo señalado en los considerandos del presente acuerdo, el cual, en los apartados que se indican a continuación quedará así:
Oficina Asesora SAAD Víctimas
- Cambiar la meta del indicador "Número víctimas acreditadas con representación judicial" de la siguiente manera:
| Indicador | Meta aprobada 2026 | Meta aprobada 2025 | Meta aprobada 2024 | Meta aprobada 2023 |
| Número víctimas acreditadas con representación judicial | 16.207 | 12.467 | 9.590 | 7.377 |
| Modificación | ||||
| Indicador | Cambio 2026 | Cambio 2025 | Cambio 2024 | Cambio 2023 |
| Número víctimas acreditadas con representación judicial | 23.000 | 20.000 | 13.605 | 9.168 |
Subdirección de Fortalecimiento Institucional
- Se modifica la acción asociada a la meta "Componentes del programa JustaMente proyectadas" por "Porcentaje de componentes del programa JustaMente implementadas", de la siguiente manera:
| Indicador | Meta aprobada 2026 | Meta aprobada 2025 | Meta aprobada 2024 | Meta aprobada 2023 |
| Componentes del programa Justa-Mente proyectadas | 100% | 100% | 0% | 0% |
| Solicitud de cambio | ||||
| Indicador | Cambio 2026 | Cambio 2025 | Cambio 2024 | Cambio 2023 |
| Porcentaje de componentes del programa Justa-Mente implementadas | 100% | 100% | 0% | 0% |
ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones del Acuerdo AOG número 005 de 2026 se mantienen sin modificación alguna.
ARTÍCULO 3o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
ARTÍCULO 4o. El presente acuerdo se publicará y divulgará a través del correo electrónico institucional y la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de abril 2026.
El Presidente,
ALEJANDRO RAMELLI ARTEAGA.
El Secretario Ejecutivo,
HARVEY DANILO SUÁREZ MORALES.
NOTAS AL FINAL
1. "Por el cual se modifica el Plan Estratégico Cuatrienal 2023-2026 de la Jurisdicción Especial para la Paz".




