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ACUERDO 10676 DE 2017
(mayo 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

"Por medio del cual se aprueba parcialmente el Plan de Inversión del año 2017 y
vigencias futuras de 2018, del Centro de Documentación Judicial CENDOJ y se conceden unas autorizaciones”

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 3° y 4° del artículo 85 de la Ley 270 de 1996; con fundamento en los Acuerdos PSAA12-9256 de 2012, PSAA14-10135 de 2014 y PSAA16-10552 de 2016, y de conformidad con lo aprobado en sesión de 4 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto No. 2170 de 27 de diciembre de 2016, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2017, se detallan las apropiaciones, y se clasifican y definen los gastos.

Que el decreto 2170 de 2016, asigna en el presupuesto de Inversión de la Rama Judicial al proyecto identificado con código BPIN 2016011000133 - CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN SOCIO JURÍDICA PARA GESTIONAR CONOCIMIENTO EN LA RAMA JUDICIAL A NIVEL NACIONAL, la suma de nueve mil millones de pesos ($ 9.000.000.000).

Que existen recursos disponibles y libres de afectación según certificado de disponibilidad presupuestal No. 18517 de 26 de abril de 2017, expedido por la División de Ejecución Presupuestal de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial por cinco mil trescientos cincuenta y ocho millones de pesos ($ 5.358.000.000).

Que en sesión de 15 de marzo de 2017 el Consejo Superior de la Judicatura aprobó parcialmente el plan de inversiones del CENDOJ, mediante Acuerdo PCSJA17-10654 por un valor de mil ochocientos cuarenta y dos millones de pesos ($1.842.000.000).

Que en sesión de 29 de marzo de 2017 el Consejo Superior de la Judicatura aprobó parcialmente el plan de inversiones del CENDOJ, mediante Acuerdo PCSJA17-10662 por un valor de mil ochocientos millones de pesos ($1.800.000.000).

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Aprobar parcialmente los siguientes proyectos del Plan de Inversión del Centro de Documentación Judicial CENDOJ, para la vigencia del año 2017, así:

SECCIÓN: 2701 RAMA JUDICIAL

UNIDAD: 270102 CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

PROGRAMA: 2701 GESTIÓN ÓPTIMA DE LA RAMA JUDICIAL

SUBPROGRAMA: 0800 INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA

PROYECTO: 8 CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN SOCIO JURÍDICA PARA GESTIONAR CONOCIMIENTO EN LA RAMA JUDICIAL A NIVEL NACIONAL

DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES:

ACTIVIDADPRESUPUESTO
2017
VIGENCIA FUTURA 2018
Elaborar y actualizar herramientas de gestión documental y archivo$ 1.673.000.000$ 334.600.000
Aplicación de las Tablas de Retención documental TRD$ 3.685.000.000$ 750.000.000
TOTAL$5.358.000.000$1.084.600.000

ARTÍCULO 2o. Autorizar a la Directora Ejecutiva de Administración Judicial a adelantar los trámites para solicitar vigencias futuras del año 2018, ante el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por la suma de $1.084.600.000, para adelantar las actividades previstas en el cuadro precedente.

ARTÍCULO 3o. Autorizar a la Directora Ejecutiva de Administración Judicial a contratar las actividades previstas en el artículo primero del presente acuerdo, las cuales se encuentran amparadas con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 18517 de 26 de abril de 2017, expedido por la División de Ejecución Presupuestal de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. La autorización para contratar las actividades que se financiarán con recursos de vigencias futuras, queda condicionada a la aprobación de las mismas por el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

ARTÍCULO 4o. La autorización de que trata el artículo segundo del presente acuerdo, se expide en los términos del numeral 3o de los artículos 85 y 99 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, por tanto, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, como representante legal y órgano ejecutor de la Rama Judicial, se hace responsable de los procesos de selección y de los contratación que se celebren en cumplimiento de la presente autorización. Una vez perfeccionados los correspondientes

ARTÍCULO 5o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).

MARTHA LUCÍA OLANO DE NOGUERA

Presidente

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