ACUERDO 10662 DE 2017
(abril 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
"Por medio del cual se aprueba parcialmente el Plan de Inversión del año 2017 del Centro de Documentación Judicial CENDOJ y se conceden unas autorizaciones”
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los numerales 3o y 4o del artículo 85 de la Ley 270 de 1996, con fundamento en los Acuerdos Nos. PSAA12-9256 de 2012, PSAA14-10135 de 2014 y PSAA16-10552 de 2016, y de conformidad con lo aprobado en sesión del Consejo Superior de la Judicatura del 29 de marzo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto No. 2170 del 27 de diciembre de 2016, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2017, se detallan las apropiaciones, y se clasifican y definen los gastos.
Que el Decreto citado en el párrafo precedente, asigna en el presupuesto de Inversión de la Rama Judicial al proyecto identificado con código BPIN 2016011000133 - CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN SOCIO JURÍDICA PARA GESTIONAR CONOCIMIENTO EN LA RAMA JUDICIAL A NIVEL NACIONAL, la suma de $ 9.000.000.000.
Que existen recursos disponibles y libres de afectación según certificado de disponibilidad presupuestal No. 16917 de 7 de abril de 2017, expedido por la División de Ejecución Presupuestal de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial por $ 7.158.000.000.
Que en sesión de 15 de marzo de 2017 el Consejo Superior de la Judicatura aprobó parcialmente el plan de inversiones del CENDOJ, mediante Acuerdo PCSJA17-10654 por un valor de $1.842.000.000.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Aprobar parcialmente los siguientes proyectos del Plan de Inversión del Centro de Documentación Judicial CENDOJ, para la vigencia del año, así:
SECCIÓN: 2701 RAMA JUDICIAL
UNIDAD: 270102 CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
PROGRAMA: 2701 GESTIÓN ÓPTIMA DE LA RAMA JUDICIAL
SUBPROGRAMA: 0800 INTERSUBSECTORIAL JUSTICIA
PROYECTO: 8 CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN SOCIO JURÍDICA PARA GESTIONAR CONOCIMIENTO EN LA RAMA JUDICIAL A NIVEL NACIONAL
VIGENCIA FISCAL 2017: $ 1.800.000.000
VIGENCIA FISCAL 2018: $ 210.000.000
RECURSO: 16 FONDOS ESPECIALES
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES:
| ACTIVIDAD | PRESUPUESTO 2017 | VIGENCIA FUTURA 2018 |
| Incorporación de providencias digitalizadas, con sus metadatos al Sistema de Nacional de Relatorías. | $ 575.000.000 | |
| Acompañamiento para el uso, apropiación y sostenibilidad de la herramienta de vocabulario controlado (tesauro jurisprudencial) de las Altas Cortes. | $ 175.000.000 | 0 |
| Actualizar y adecuar las colecciones documentales de las bibliotecas de la Rama Judicial. | $ 250.000.000 | 0 |
| Intervención del archivo central a cargo de la Dirección Seccional de Neiva. | $500.000.000 | $100.000.000 |
| Intervención de archivos siniestrados en el Distrito Judicial de Pasto. | $ 300.000.000 | $ 110.000.000 |
| TOTAL | $1.800.000.000 | $210.000.000 |
ARTÍCULO 2o. Autorizar a la Directora Ejecutiva de Administración Judicial a adelantar los trámites para solicitar vigencias futuras del año 2018, ante el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por la suma de $210.000.000, para adelantar las actividades previstas en el cuadro precedente.
ARTÍCULO 3o. Autorizar a la Directora Ejecutiva de Administración Judicial a contratar las actividades previstas en el artículo primero del presente Acuerdo, las cuales se encuentran amparadas con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 16917 de 7 de abril de 2017, expedido por la División de Ejecución Presupuestal de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. La autorización para contratar las actividades que se financiarán con recursos de vigencias futuras, queda condicionada a la aprobación de las mismas por el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
ARTÍCULO 4o. La autorización de que trata el artículo segundo del presente acuerdo, se expide en los términos del numeral 3 de los artículos 85 y 99 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, por tanto, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, como representante legal y órgano operativo y ejecutor de la Rama Judicial, se hace responsable de los procesos de selección y de los contratación que se celebren en cumplimiento de la presente autorización. Una vez perfeccionados los correspondientes contratos, el Director Ejecutivo informará de ello a la Unidad de Auditoría del Consejo Superior de la Judicatura, para efectos de su control y seguimiento.
ARTÍCULO 5o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C. a los diecinueve (19) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017).
MARTHA LUCÍA OLANO DE NOGUERA
Presidente




