Sentencia de Control de Constitucionalidad C-338 de 1994
Decreto 952 de 1994. Por el cual se levanta el estado de conmoción interior - [Resumen automatizado: de la Constitución Política, el señor Secretario de la Presidencia de la República envió a la Corte Constitucional copia auténtica del Decreto 952 de 1994, "por el cual se levanta el Estado de Conmoción Interior y se prorroga la vigencia de unas disposiciones", para su revisión constitucional. || Con el fin de allegar al proceso elementos de juicio sobre aspectos relevantes para la decisión, en la providencia en que asumió el conocimiento del proceso, el suscrito magistrado ponente decretó un período probatorio en el cual se ofició al Secretario General de la Presidencia de la República para que conjuntamente con los Ministros de Gobierno y Justicia informaran, por escrito, a esta Corporación, acerca de las razones, circunstancias, datos, hechos y/o estudios que sirvieron de sustento a la determinación del Gobierno Nacional, de prorrogar por noventa (90) días más, la vigencia de los Decretos 875 y 951 del 1o. || En los términos de los artículos 214-6 y 241-7 de la Carta Política, compete a la Corte Constitucional revisar la constitucionalidad del presente Decreto que levanta el Estado de Conmoción Interior y prorroga la vigencia de los Decretos dictados por el Gobierno Nacional, con fundamento en el artículo 213 de la Constitución, como quiera que fue expedido por el Presidente de la República en desarrollo de las facultades que le confiere la declaratoria del Estado de Conmoción Interior, efectuada mediante Decreto 874 de 1994.] - [Palabras claves automatizadas: decreto, vigencia, mayo, gobierno, no, política, interior, orden, nacional, corte, medidas, conmoción, público, jueces]