MC 393 15. El 25 de febrero de 2016, la CIDH decidió solicitar la adopción de medidas cautelares a favor de la vida e integridad de seis personas que se encuentran detenidas en el centro de detención transitorio de Punta Coco en Panamá. La solicitud de medidas cautelares alega que los beneficiarios se encuentran en una situación de riesgo debido a las condiciones excepcionales de detención en este centro construido en una isla desierta. Asimismo, la solicitud alega que Félix Humberto Paz Moreno, el representante legal de los detenidos, se encuentra en riesgo en vista que ha sido objeto de amenazas y hostigamientos por parte de agentes del Estado. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho, la Comisión considera que la información presentada demuestra, en principio, que todas las personas detenidas en el Centro de Detención Transitorio de Punta Coco se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus vidas e integridad personal se encuentran en riesgo. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó a Panamá que adopte las medidas necesarias para preservar la vida e integridad de las personas detenidas en el centro de detención transitorio Punta Coco, en particular, mediante el cese del aislamiento en que se encuentran. Asimismo, la Comisión solicitó a Panamá que adopte las medidas necesarias para preservar la vida e integridad de Félix Humberto Paz Moreno y para que pueda desarrollar sus actividades como defensor de derechos humanos sin ser objeto a actos de violencia y hostigamiento por el ejercicio de sus funciones. Por último, la CIDH solicitó a Panamá que se informara sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la medida cautelar y así evitar su repetición y que se concierte las medidas a adoptar con los beneficiarios y sus representantes