Beneficiario: Ada Iris Miranda Leyva y otros respecto de Cuba - El 23 de noviembre de 2020, la CIDH decidió otorgar medidas cautelares a favor de Maydolis Leyva Portelles, Ana Iris Miranda Leyva, Ada Iris Miranda Leyva, Fidel Manuel Batista Leyva, T.R.M., A.M.R.M. y María Casado Ureña. Según la solicitud, las personas beneficiarias se encuentran en una situación de riesgo debido a que estarían siendo objeto de amenazas, hostigamientos, detenciones y hechos de violencia por parte de agentes estatales y terceros, presuntamente como resultado de su labor como defensoras y defensores de derechos humanos en Cuba. Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por los solicitantes, la CIDH consideró, desde el estándar prima facie aplicable, que Maydolis Leyva Portelles, Ana Iris Miranda Leyva, Ada Iris Miranda Leyva, Fidel Manuel Batista Leyva, T.R.M., A.M.R.M. y María Casado Ureña se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos enfrentan un riesgo de daño irreparable. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento, la Comisión solicitó a Cuba que: a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Maydolis Leyva Portelles, Ana Iris Miranda Leyva, Ada Iris Miranda Leyva, Fidel Manuel Batista Leyva, T.R.M., A.M.R.M. y María Casado Ureña, con la incorporación de una perspectiva de género. A tales efectos, el Estado debe tanto asegurar que sus agentes respeten la vida e integridad personal de las personas beneficiarias, como proteger sus derechos en relación con actos de riesgo que sean atribuibles a terceros, de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos