MC 617 15. El 29 de enero de 2016, la CIDH decidió solicitar la adopción de medidas cautelares a favor de seis parejas1 que, de acuerdo a profesionales de la salud, tenían problemas de infertilidad, en Costa Rica. La solicitud de medidas cautelares alegaba que las seis parejas beneficiadas por esta medida cautelar no habían podido recurrir a la técnica de fertilización in vitro (FIV) por motivo de la prohibición decretada por la Sala Constitucional de Costa Rica. Tras analizar los alegatos de hecho y de derecho, la Comisión consideró que la información, en principio, demostraba que las parejas identificadas en la solicitud de medida cautelar se encontraban en una situación de gravedad y urgencia, ya que sus derechos estarían en riesgo de daño irreparable, en vista de la imposibilidad de acceder al tratamiento FIV y ante los efectos que el transcurso del tiempo podría generar en el ejercicio de sus derechos. En consecuencia, de acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó al Estado de Costa Rica que adopte las medidas necesarias para hacer accesible la técnica de FIV, de manera inmediata, a las parejas identificadas en la resolución de otorgamiento de esta medida cautelar; y que concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes