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RESOLUCIÓN 417 DE 2010

(septiembre 29)

Diario Oficial No. 47.851 de 3 de octubre de 2010

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA

<Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 465 de 2022>

Por la cual se establecen los requisitos de presentación de los proyectos de infraestructura que requieran cofinanciación del Fondo Especial Cuota de Fomento, se adopta la metodología aplicable para la evaluación de los mismos y se adopta la metodología para el cálculo del índice de priorización.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO-ENERGÉTICA,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el parágrafo del artículo 14 del Decreto 3531 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 15 de la Ley 401 de 1997, se creó un fondo especial administrado y manejado por la Junta Directiva de Ecogás, con el fin de promover y cofinanciar proyectos dirigidos al desarrollo de infraestructura para el uso del gas natural en los municipios y el sector rural prioritariamente, dentro del área de influencia de los gasoductos troncales y que tengan el mayor índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI).

Que el artículo 63 de la Ley 1151 de julio 24 de 2007 establece que el Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural será administrado por el Ministerio de Minas y Energía a partir del 1o de enero de 2008.

Que la misma norma prevé que la Cuota de Fomento de Gas Natural a que se refiere el artículo 15 de la Ley 401 de 1997, modificado por el artículo 1o de la Ley 887 de 2004, será del 3% sobre el valor de la tarifa que se cobre por el gas objeto del transporte, efectivamente realizado.

Que mediante el Decreto 1718 de 2008, se reglamentó lo establecido en la Ley 1151 de 2007 y por ende, modificó algunos artículos del Decreto 3451 de 2004.

Que el artículo 1o del Decreto 3531 de 2004, define el significado de municipios y sector rural dentro del área de influencia de los gasoductos troncales: “Son aquellos municipios que por su condición de localización respecto del Gasoducto Troncal permiten que un proyecto de infraestructura sea técnica y económicamente viable…”; y define los solicitantes así: “Son individualmente considerados las entidades territoriales, las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de distribución de gas natural por redes o las empresas transportadoras de gas natural o un grupo de usuarios de menores ingresos de dicho servicio. Cuando el Solicitante sea un Grupo de Usuarios de Menores Ingresos, la respectiva solicitud solo podrá versar sobre la construcción, incluido el suministro de materiales y equipos y puesta en operación de Conexiones y deberá efectuarse a través de las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas natural por redes”.

Que el artículo 8o del Decreto 3531 de 2004 consagró que las solicitudes de cofinanciación de proyectos de infraestructura deberán ser presentados por los Solicitantes a la UPME, teniendo en cuenta la metodología de presentación de proyectos definida por el Departamento Nacional de Planeación y cuando el Solicitante sea un Grupo de Usuarios de Menores Ingresos, la solicitud deberá presentarse por intermedio de la empresa prestadora del servicio de distribución de gas natural por redes que, en caso de realizarse el proyecto, le prestaría el servicio.

Que así mismo, el artículo 8o del Decreto 3531 de 2004, asignó a la UPME la función de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 ibídem, de los proyectos de infraestructura que le sean presentados por los Solicitantes.

Que conforme a lo consagrado en el artículo 9o del Decreto 3531 de 2004, corresponde a la UPME evaluar los proyectos de infraestructura sometidos a su consideración y emitir concepto debidamente motivado sobre la elegibilidad de los mismos, teniendo en cuenta lo establecido en dicho decreto.

Que acorde con lo establecido en el artículo 10 del mencionado decreto, corresponde a la UPME establecer trimestralmente el orden de prioridad de los proyectos elegibles, con base en los criterios establecidos para ello en el artículo 14 del mismo decreto y presentar al Ministerio de Minas y Energía para su Visto Bueno.

Que el artículo 14 del Decreto 3531 de 2004 consagró que los criterios que debe tener en cuenta la UPME para establecer un orden de prioridad de los proyectos de infraestructura elegibles, son:

a) Ubicación del proyecto dentro del área de influencia del gasoducto troncal;

b) Número de usuarios directamente beneficiados con el proyecto;

c) Mayor índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) definido por el Departamento Nacional de Estadística, DANE, para la entidad territorial o para la población objeto del proyecto. En este último caso, el Solicitante deberá adjuntar, a su costo, la certificación de dicho índice;

d) Cofinanciación distinta de la que se solicita al Fondo, respecto del valor total del proyecto de infraestructura;

e) Demanda de gas natural esperada por el proyecto.

Que de acuerdo con lo definido en el parágrafo del artículo 14 del Decreto 3531 de 2004, se hace necesario definir y adoptar la metodología de cálculo de un indicador de prioridad que involucre los criterios establecidos en dicho artículo, para que la UPME pueda fijar un orden de prioridad de los proyectos de infraestructura elegibles.

Que conforme con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 3531 de 2004, se requiere que la UPME adopte todas las medidas y procedimientos necesarios para que los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento se asignen para los fines y en los términos legalmente previstos, así como establecer y adoptar todos los procedimientos y metodologías necesarias para el cabal cumplimiento de las obligaciones de la UPME.

Que el Decreto 2687 de 2008 y el Decreto 2807 de 2010 establecieron los criterios para garantizar el abastecimiento nacional de gas natural.

Que la Resolución CREG 075 de 2008 estableció que los Comercializadores que atiendan Usuarios Regulados deberán asegurar la continuidad en la prestación del servicio a través de contratos vigentes de suministro y transporte de gas combustible y/o con mecanismos complementarios que lo soporten. Si agotados los mecanismos descritos en el presente artículo no se asegura la continuidad, el Distribuidor-Comercializador podrá complementar los contratos suscritos con infraestructura, contratos de almacenamiento, contratos de respaldo o con el uso de combustibles técnicamente intercambiables con el gas combustible contemplado en su Contrato de Condiciones Uniformes, previa autorización de la CREG cuando implique modificación a las fórmulas tarifarias para cada actividad. Adicionalmente estableció que todos los contratos de compra y venta de gas combustible deberán ser escritos y deberán estar disponibles para cuando la Comisión y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios u otra autoridad lo soliciten.

Que el día 31 de agosto de 2010 el Ministerio de Minas y Energía expidió la Circular número 18034, en la cual informa que, toda vez que se cuenta con apropiación presupuestal para la cofinanciación de proyectos con recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas Natural, a partir de la fecha se recibirán solicitudes de cofinanciación de proyectos dirigidos al desarrollo de infraestructura para el uso de Gas Natural con cargo a dicho fondo, en los términos previstos en los Decretos 3531 de 2004 y 1718 de 2008.

Que en razón a la experiencia observada en los procesos de presentación, evaluación y ejecución de los proyectos que han accedido a recursos del FECF y mientras no contravengan normas de orden superior, las recomendaciones sugeridas en el oficio 2010050254 del 28 de septiembre de 2010 y con radicado UPME: 2010-126-004252-2 de septiembre 29 de 2010, suscrito por la Directora Técnica de Gas del Ministerio de Minas y Energía, en especial lo referente a la situación presupuestal de 2010 que requiere que el proceso de evaluación deba realizarse hasta el 31 de octubre del presente año, son procedentes.

En mérito de lo expuesto, se

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 465 de 2022> Adóptanse los modelos y requisitos de presentación de solicitudes de cofinanciación de Proyectos de Infraestructura con cargo a los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento, descritos en el Anexo número I de la presente resolución, parte integrante de la misma y, en los formatos de cartas de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 465 de 2022> Adóptanse los procedimientos y metodología que la UPME aplicará para la evaluación de los Proyectos de Infraestructura que los Solicitantes le presenten para ser cofinanciados con recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento y que se describe en el Anexo número II parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 465 de 2022> Defínese y adóptase la metodología de cálculo del índice de priorización descrita en el Anexo número III de esta resolución, parte integrante de la misma, la cual será aplicada por la UPME al establecer trimestralmente un orden de prioridad de los proyectos de infraestructura elegibles para ser cofinanciados con recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 465 de 2022> Los proyectos que se hayan presentado hasta la fecha deberán ser ajustados de acuerdo a lo establecido en la presente resolución.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deberá ser publicada en el Diario Oficial y página web de la UPME y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las de las Resoluciones UPME 026 de 2005, 0536 de 2007, 0379 y 0399 de 2007.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2010.

El Director General,

RICARDO RODRÍGUEZ YEE.

ANEXO I.

REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA A SER FINANCIADOS CON RECURSOS DEL FONDO ESPECIAL CUOTA DE FOMENTO.

COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA

Los proyectos de infraestructura son aquellos referentes a la construcción, incluido el suministro de materiales y equipos y puesta en operación de: i) gasoductos ramales y/o Sistemas Regionales de Transporte de gas natural; ii) Sistemas de Distribución de gas natural en municipios que no pertenezcan a un Área de Servicio Exclusivo de Distribución de gas natural, y iii) conexiones de Usuarios de Menores Ingresos.

El valor de la solicitud al Fondo no deberá exceder de 25.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, monto máximo a cofinanciar por el Fondo para cualquier proyecto de infraestructura; ni superar el 70% del valor total del proyecto a cofinanciar. Para las conexiones de Usuarios de Menores Ingresos de estrato 1 se financiará hasta el 30% y para los de estrato 2 hasta el 20%.

Para la estimación del porcentaje de cofinanciación del proyecto NO se deben considerar el valor de las redes internas, ni de las conexiones distintas a las de los Usuarios de Menores Ingresos.

Se entiende por Sistema Regional de Transporte –SRT-:

-- Gasoducto o conjunto de gasoductos del Sistema Nacional de Transporte, con o sin conexión física entre sí, derivados de Sistemas Troncales de Transporte, a través de los cuales se transporta gas natural hasta otro(s) Sistema(s) Regional(es) de Transporte, Sistemas de Distribución o que interconectan Sistemas de Distribución.

No se cofinanciarán con recursos del Fondo, proyectos de infraestructura para Compresión de Gas Natural, Vehículos ni Cilindros para Transporte de Gas Natural Comprimido, GNC.

Se entiende por Sistemas de Distribución:

-- Conjunto de gasoductos que transporta gas combustible desde una Estación Reguladora de Puerta de Ciudad o desde otro Sistema de Distribución hasta el punto de derivación de las acometidas de los inmuebles, sin incluir su conexión y medición. Se incluye el valor de la conexión al Sistema Nacional de Transporte.

Para los Sistemas de Distribución de Gas Natural Comprimido, el Fondo cofinanciará la infraestructura correspondiente a la Estación de Descompresión y las redes de distribución.

No se cofinanciarán con recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento:

-- Las ampliaciones de Sistemas de Distribución de Gas Natural existentes y efectivamente en Servicio.

-- Nuevos Sistemas de Distribución en poblaciones para las cuales exista la intención de prestación del servicio por parte de una Empresa de Servicios Públicos, manifiesta en una solicitud tarifaria para distribución de gas natural formulada ante la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG–.

-- Nuevos Sistemas de Distribución en poblaciones que se encuentren incluidas en un Mercado Relevante de Distribución de Gas Natural con tarifas aprobadas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG– y que se encuentren incluidas dentro del plan de expansión de una empresa prestadora del servicio.

-- Proyectos que se encuentren en un Área de Servicio Exclusivo de Gas Natural, excepción hecha de las solicitudes para Conexiones de Usuarios de Menores Ingresos.

-- Pagos de Tierras, ni bienes inmuebles, ni de servidumbres, ni ningún otro bien que pueda generar responsabilidades fiscales o de otra índole.

Se entiende por conexiones de Usuarios de Menores Ingresos:

-- Conjunto de bienes que permiten conectar a un usuario residencial de los estratos 1 y 2 con las redes de distribución de gas natural. La conexión se compone básicamente de la acometida, el medidor y el regulador.

REQUISITOS BÁSICOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA

Los proyectos de infraestructura formulados y presentados por los solicitantes al evaluador y que solicitan cofinanciación al Fondo Especial Cuota de Fomento, deberán cumplir los siguientes requisitos para su evaluación técnica y económica y anexar la documentación correspondiente:

-- Carta de presentación y solicitud de recursos para el proyecto por parte del Solicitante, certificando que los documentos adjuntos son auténticos y la información es veraz. El Representante Legal del Solicitante debe anexar documentos que lo acrediten y lo autoricen como tal. Formato 1, según aplique.

-- Certificado del Ministerio de Minas y Energía especificando que el Proyecto no se encuentra en un Área de Servicio Exclusivo de Gas Natural (ASE). (No aplica a solicitudes para Conexiones de Usuarios de Menores Ingresos).

-- Certificado de inclusión del proyecto de infraestructura en un Plan de Desarrollo Municipal o Departamental. Se debe anexar cuando el Solicitante es una Entidad Territorial.

-- Enunciar el NBI publicado por el DANE para la zona o población objeto del proyecto de infraestructura. Si en la zona o población objeto del proyecto no cuenta con el NBI, se debe solicitar al DANE su cálculo y anexarlo a la formulación.

-- Certificado de cofinanciación de las entidades y/o empresas que aportan recursos al proyecto. Cuando la cofinanciación sea con recursos monetarios, los aportantes deben adjuntar los respectivos certificados de cofinanciación. Cuando el Solicitante sea una Entidad Territorial deberá anexar el respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal. Si la cofinanciación está representada en bienes inmuebles, se adjuntará el Certificado de Libertad y Tradición junto con el respectivo avalúo del bien y carta del propietario del bien, en donde indique que tiene la disponibilidad del terreno para el proyecto.

-- Certificación de la CREG indicando que el proyecto no hace parte de ampliaciones de Sistemas de Distribución de Gas Natural existentes y efectivamente en servicio o de Nuevos Sistemas de Distribución en poblaciones para las cuales exista la intención de prestación del servicio por parte de una Empresa de Servicios Públicos, manifiesta en una solicitud tarifaria para distribución de gas natural formulada ante la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG– o Nuevos Sistemas de Distribución en poblaciones que se encuentren incluidas en un Mercado Relevante de Distribución de Gas Natural con tarifas aprobadas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG– y que se encuentren incluidas dentro del plan de expansión de una empresa prestadora del servicio. (No Aplica a solicitudes para Conexiones de Usuarios de Menores Ingresos).

-- Carta de la empresa interesada en la prestación del servicio dirigida a la CREG, con copia a la UPME, informando que la población para la cual se solicita cofinanciación no se encuentra dentro de un plan de expansión, cuando esta se encuentre dentro de un mercado relevante.

-- Formulación del proyecto de infraestructura en la metodología vigente definida por el Departamento Nacional de Planeación.

-- Diligenciamiento de la Ficha EBI.

-- Aval técnico de acuerdo con los formatos definidos por esta resolución. Formato 2, según aplique.

Toda solicitud de cofinanciación al Fondo para proyectos de Sistemas de Distribución y/o Transporte, debe contar con aval técnico de la empresa prestadora del servicio según corresponda al proyecto y los certificados emitidos por las otras empresas involucradas en la prestación del servicio, incluyendo:

-- Certificado de Disponibilidad de Suministro con sus respectivos soportes. Formato 2.A. Para todos los proyectos.

-- Certificado de Disponibilidad de Transporte con la autorización del punto de conexión y sus respectivos soportes. Los proyectos presentados que no cuentan con el certificado por parte del transportador acerca de la autorización del punto de conexión y de la disponibilidad de transporte para los volúmenes considerados en el proyecto, podrán ser calificados como elegibles si cumplen los demás requisitos e ingresan al listado de priorización, condicionados a acreditar este requisito para la asignación de recursos. Para proyectos de distribución. Formato 2.B.

-- Certificado de Disponibilidad de Transporte con sus respectivos soportes. Los proyectos presentados que no cuentan con el certificado por parte del transportador acerca de la disponibilidad de transporte para los volúmenes considerados en el proyecto, podrán ser calificados como elegibles si cumplen los demás requisitos e ingresan al listado de priorización, condicionados a acreditar este requisito para la asignación de recursos. Para proyectos de Conexiones de Usuarios de Menores Ingresos. Formato 2.C.

-- Aval Técnico de la empresa transportadora de gas natural que se compromete a prestar el servicio de transporte y que tiene la disponibilidad de transporte para el proyecto. (Solo para proyectos que incluyen infraestructura de transporte). Formato 2.D.

-- Aval Técnico de la empresa distribuidora de gas natural que se compromete a prestar el servicio de distribución y comercialización mediante la infraestructura prevista en el Proyecto. (Solo para proyectos que incluyen infraestructura de Distribución). Formato 2.E.

-- Aval Técnico de la empresa distribuidora de gas natural que se compromete a prestar el servicio a los usuarios beneficiados con el proyecto de conexiones de Usuarios de Menores Ingresos. (Aplica a proyectos que tienen Conexiones de usuarios de menores Ingresos). Formato 2.F.

Los certificados deben presentarse en original y papel membreteado y con vigencia no mayor a seis (6) meses.

-- Cuando el Proyecto sea para Conexiones de Usuarios de Menores Ingresos se debe incluir un listado de ubicación de los usuarios por nomenclatura y estrato.

-- Certificado del representante legal del solicitante en el que se manifieste expresamente que los usuarios involucrados en el proyecto NO han sido beneficiados con la cofinanciación de otros proyectos a los que se le han asignado recursos del FECF.

Estudios de preinversión que soporten la viabilidad técnica y económica para desarrollar un proyecto de infraestructura. (No aplica a proyectos de Conexiones a Usuarios de Menores Ingresos).

Como mínimo un proyecto de infraestructura debe anexar los siguientes Estudios de Preinversión:

-- Estudio de Suelos. Solo aplica a proyectos de Infraestructura de Transporte.

-- Estudio de Mercado. Solo aplica a proyectos de Infraestructura de Distribución y/o Transporte.

-- Demanda Anual de Gas Natural proyectada a 20 años. Solo aplica a proyectos de Infraestructura de Distribución y/o Transporte.

-- Estudios Técnicos de Ingeniería. Solo aplica a proyectos de Infraestructura de Distribución y/o Transporte.

-- Presupuesto General de Obras, Esquema de Cofinanciación del proyecto, Cronograma de Actividades, Flujo de Caja y para aquellos proyectos que involucren unidades constructivas definidas por la CREG, se elimina el requisito de Análisis de Precios Unitarios; caso contrario, deberán presentarlos.

-- Planos de ubicación geográfica del proyecto de infraestructura.

-- Planos de acceso a la zona del proyecto. No aplica para Conexiones de usuarios de Menores Ingresos.

-- Copia de la presentación del proyecto ante la Autoridad Ambiental competente, en caso de requerirse conforme a la Ley. (No aplica a los proyectos de Conexiones de Usuarios de Menores Ingresos).

-- Anexar el esquema de interventoría para la correcta ejecución del proyecto.

-- Para proyectos de infraestructura en Gasoductos ramales y/o Sistemas Regionales de Transporte de gas natural, se debe anexar:

-- Características de la Franja a negociar por derechos de servidumbres (ancho y distancia).

-- Valor Estimado de la Franja de Servidumbre.

-- Para proyectos de infraestructura de Sistemas de Distribución de gas natural, se debe anexar costo estimado de los terrenos donde se plantea desarrollar la construcción de la City Gate o Estaciones Descompresoras de GNC. Se adjuntará el Certificado de Libertad y Tradición junto con el respectivo Avalúo del bien y carta del propietario del bien, en donde indique que tiene la disponibilidad del terreno para el proyecto.

-- Todos los proyectos deben ser presentados por los Solicitantes en precios corrientes del año en curso y se actualizarán utilizando el IPP, en caso de que permanezcan en el listado de priorización durante más de una vigencia.

-- Adicionalmente, la presentación del proyecto debe incluir un índice de contenido, estar debidamente foliado y los certificados y documentos que lo ameriten deben presentarse en hoja membreteada, fechada, firmada por la persona responsable con su respectivo cargo y que se identifique claramente el consecutivo del documento y el período de validez.

FORMATO 1.

CARTA DE SOLICITUD DE RECURSOS PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA.

Si la solicitud involucra más de un tipo de proyecto de infraestructura (Transporte, Distribución y Conexiones), el solicitante deberá adecuar la carta de tal forma que cumpla con los requisitos particulares de cada tipo de proyecto.

FORMATO 1.A

CARTA DE PRESENTACIÓN - PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA

GASODUCTOS RAMALES Y/O SISTEMAS REGIONALES DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL

Señores:

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA –UPME–

Cra. 50 No 26-20

CAN

Tel. 2220601

Bogotá D. C.

Referencia: Solicitud de recursos al Fondo Especial Cuota de Fomento para la cofinanciación de un proyecto de Infraestructura Gasoducto Ramal y/o Sistemas Regionales de Transporte Gas Natural.

Comedidamente presento a ustedes el proyecto: “_____________”, ubicado en el(los) municipio(s):__________, Departamento(s) de _____________, para someterlo a su evaluación técnica y económica y así ser considerado como elegible para ser financiado con los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento –FECF– para su ejecución.

El proyecto se caracteriza por:

1. El costo total del proyecto asciende a $ ___________; __%

2. El valor solicitado al FECF es de $ ___________; __%

3. El valor aportado por terceros es de $ ___________; __%

4. El valor aportado por el Municipio/Departamento es de $ ___________; __% mediante CDP No ______, con vigencia ________ (aplica solo para cofinanciación del municipio/Departamento).

5. El proyecto beneficiará a ____________ Usuarios.

6. El Ejecutor del proyecto será _________________

7. Punto de Conexión Autorizado _________________

8. Extensión del Ramal _______________, Km

9. Diámetro de la Tubería ________________, Pulg

10. Productor y/o Comercializador de Gas Natural _________________

11. Transportador de Gas Natural _________________

12. Distribuidor de Gas Natural _________________

Con el fin de cumplir con los requisitos exigidos en la Resolución UPME número XXX de 2010 y el Decreto 3531 de 2004, anexo a la solicitud los siguientes documentos:

Certificados y Avales (Ver Formatos Anexos)

Certificado del MME de no inclusión del proyecto en ASE

Certificado de inclusión del proyecto en el Plan de Desarrollo Municipal o Departamental, aplica cuando el solicitante es una Entidad Territorial

NBI para la zona o población objeto del proyecto publicado o calculado por el DANE

Certificado de Cofinanciación de las partes diferentes al Fondo

Certificación de la CREG

Formulación del Proyecto en la Metodología vigente definida por el DNP

Diligenciamiento de la ficha EBI

Copia de la comunicación de presentación del proyecto ante la Autoridad Ambiental Competente

Estudios de Preinversión

Presupuesto General de obras

Análisis de Precios Unitarios

Cronograma de Actividades

Flujo de Caja

Planos de acceso a la zona del proyecto

Planos Técnicos

Esquema de interventoría

Características de la franja de la servidumbre y valor estimado

Fotocopia de la cédula del Representante Legal del Solicitante

Autorización para el Representante Legal por parte de la Junta o Asamblea accionista de la Empresa Prestadora del Servicio

Además, certifico que los documentos adjuntos a la presente son AUTÉNTICOS y la información contenida en ellos es VERAZ. Adicionalmente, comunico que los costos de los materiales y equipos relacionados en el presupuesto de obras son razonables, se ajustan a los costos de Unidades Constructivas y cumplen con las exigencias de calidad definidas en la prestación del servicio y por la regulación técnica vigente.

Cordialmente,

_____________________________________

Solicitante

Nombre y Firma del Representante Legal

FORMATO 1.B

CARTA DE PRESENTACIÓN - PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA

SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN

Señores:

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA –UPME–

Cra. 50 No 26-20

CAN

Tel. 2220601

Bogotá D. C.

Referencia: Solicitud de recursos al Fondo Especial Cuota de Fomento para la cofinanciación de un proyecto de Infraestructura de Distribución de Gas Natural.

Comedidamente presento a ustedes el proyecto: “_____________”, ubicado en el(los) municipio(s):__________, Departamento(s) de _____________, para someterlo a su evaluación técnica y económica y así ser considerado como elegible para ser financiado con los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento para su ejecución.

El proyecto se caracteriza por:

1. El costo total del proyecto asciende a $ ___________; __%

2. El valor solicitado al FECF es de $ ___________; __%

3. El valor aportado por terceros es de $ ___________; __%

La cofinanciación de las conexiones e internas son responsabilidad del usuario; sin embargo, dando cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 de la Ley 142 de 1994 las empresas tienen la obligación de financiar dichas conexiones.

4. El valor aportado por el Municipio/Departamento es de $ ___________; __% mediante CDP No ______, con vigencia ________ (aplica solo para cofinanciación del municipio/Departamento).

5. El proyecto beneficiará a _____ Usuarios desagregados de la siguiente manera:

-- Estrato 1 _____

-- Estrato 2 _____

-- Estrato 3 _____

-- Estrato 4 _____

-- …

-- Estrato (n) _____

-- Comerciales _____

-- Oficiales _____

-- Industriales _____

6. El Ejecutor del proyecto será _________________

7. Punto de Conexión Autorizado * _________________

* (No Aplica GNC. En tal caso se indicará el Punto de Entrega y la distancia a la estación descompresora).

8. Extensión de las Redes de Distribución ________________, Km

9. Diámetro de la Tubería ________________, Pulg

10. Productor y/o Comercializador de Gas Natural _________________

11. Transportador de Gas Natural _________________

12. Distribuidor de Gas Natural _________________

Con el fin de cumplir con los requisitos exigidos en la Resolución UPME número XXX de 2010 y el Decreto 3531 de 2004, anexo a la solicitud los siguientes documentos:

Certificados y Avales (Ver Formatos Anexos).

Carta de la empresa interesada en la prestación del servicio dirigida a la CREG, con copia a la UPME, informando que la población para la cual se solicita cofinanciación no se encuentra dentro de un plan de expansión, cuando esta se encuentre dentro de un mercado relevante.

Certificado del MME de no inclusión del proyecto en ASE.

Certificado de inclusión del proyecto en el Plan de Desarrollo Municipal o Departamental, aplica cuando el solicitante es una Entidad Territorial.

NBI para la zona o población objeto del proyecto publicado o calculado por el DANE.

Certificado de Cofinanciación de las partes diferentes al Fondo.

Certificación de la CREG.

Formulación del Proyecto en la Metodología vigente definida por el DNP.

Diligenciamiento de la ficha EBI.

Certificado de Empresa Distribuidora de Gas Natural.

Estudios de Preinversión.

Presupuesto General de obras.

Análisis de Precios Unitarios.

Cronograma de Actividades.

Flujo de Caja.

Planos de acceso a la zona del proyecto.

Planos Técnicos.

Costo comercial estimado del inmueble donde se ubicará la City Gate o Estación Descompresora.

Esquema de interventoría.

Fotocopia de la cédula del Representante Legal, del Solicitante.

Autorización para el Representante Legal por parte de la Junta o Asamblea accionista de la Empresa Prestadora del Servicio.

Además, certifico que los documentos adjuntos a la presente son AUTÉNTICOS y la información contenida en ellos es VERAZ. Adicionalmente, comunico que los costos de los materiales y equipos relacionados en el presupuesto de obras son razonables, se ajustan a los costos de Unidades Constructivas y cumplen con las exigencias de calidad definidas en la prestación del servicio y por la regulación técnica vigente.

Cordialmente,

_____________________________________

Solicitante

Nombre y Firma del Representante Legal

FORMATO 1.C

CARTA DE PRESENTACIÓN-PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA

CONEXIONES DE USUARIOS DE MENORES INGRESOS

Señores:

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO-ENERGÉTICA, UPME

Cra. 50 No 26-20

CAN

Tel. 2220601

Bogotá, D.C.

Referencia: Solicitud de Recursos al Fondo Especial Cuota de Fomento para la Cofinanciación de un Proyecto de Infraestructura de Conexiones de Usuarios de Menores Ingresos.

Comedidamente presento a ustedes el proyecto: “_____________”, ubicado en el(los) municipio(s):__________, departamento(s) de _____________, para someterlo a su evaluación técnica y económica y así ser considerado como elegible para ser financiado con los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento para su ejecución.

El proyecto se caracteriza por:

1. El costo total del proyecto asciende a $___________; __%
2. El valor solicitado al FECF es de $___________; __%
3. El valor aportado por terceros es de $___________; __%

La cofinanciación de las conexiones e internas son responsabilidad del usuario, sin embargo dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 97 de la Ley 142 de 1994 las empresas tienen la obligación de financiar dichas conexiones.

4. El valor aportado por el Municipio/Departamento es de $ ___________; __%

mediante CDP No ______, con vigencia ________ (aplica solo para cofinanciación del municipio/Departamento).

5. El proyecto beneficiará a _____ Usuarios desagregados de la siguiente manera:

-- Estrato 1 _____
-- Estrato 2_____
6. El Ejecutor del proyecto será _________________
7. Productor y/o Comercializador de Gas Natural_________________
8. Transportador de Gas Natural_________________
9. Distribuidor de Gas Natural_________________

Con el fin de cumplir con los requisitos exigidos en la Resolución UPME No XXX de 2010 y el Decreto 3531 de 2004, anexo a la solicitud los siguientes documentos:

Certificados y Avales (Ver Formatos Anexos).

Certificado de estratificación por zona en el municipio objeto del proyecto.

Listado de ubicación por nomenclatura de los Usuarios de Menores Ingresos a Beneficiar,

NBI, para la zona o población objeto del proyecto publicado o calculado por el DANE.

Certificado de Cofinanciación de las partes diferentes al Fondo.

Formulación del Proyecto en la Metodología vigente definida por el DNP.

Diligenciamiento de la ficha EBI.

Certificado de Empresa Distribuidora de Gas Natural.

Presupuesto General de obras.

Cronograma de Actividades.

Flujo de Caja.

Planos Técnicos.

Esquema de interventoría.

Fotocopia de la cédula del Representante Legal, del Solicitante.

Autorización para el Representante Legal por parte de la Junta o Asamblea accionista de la Empresa Prestadora del Servicio.

Además certifico que los documentos adjuntos son auténticos y que la información presentada es veraz. Adicionalmente certifico que la estratificación de los usuarios a ser beneficiados por el proyecto corresponde a la definida por el municipio.

Cordialmente,

_____________________________________

Solicitante

Nombre y Firma del Representante Legal

FORMATO 2. CERTIFICACIONES Y AVALES

FORMATO 2.A

EMPRESA PRODUCTORA / COMERCIALIZADORA DE GAS NATURAL

NOMBRE DE LA EMPRESA PRODUCTORA / COMERCIALIZADORA

CERTIFICACIÓN DISPONIBILIDAD SUMINISTRO DE GAS NATURAL

Comedidamente el Representante Legal certifica que la Empresa ______________, cuenta con la suficiente disponibilidad de suministro de Gas Natural, para atender la demanda del energético en el proyecto “_______________”, ubicado en el(los) municipio(s) de ______________, Departamento(s) ________________, soportado mediante el(los) Contrato(s) ____________________, en Firme//Interrumpible(s)* de el(los) cual(es) se anexa(n) copia(s).

*En caso tal que el(los) contrato(s) sea(n) Interrumpible(s) se incluirá el siguiente párrafo:

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 075 de 2008, anexo los respectivos soportes de los mecanismos complementarios establecidos en el parágrafo 2o del artículo 1o de la mencionada resolución y certifico que las inversiones requeridas para este propósito no son objeto de cofinanciación con recursos del FECF y de las cuales anexo cronograma de implementación.

Dado en _______, a los _____ días del mes de _______, del año 201_.

Este certificado tiene una validez de seis (6) meses, a partir de su fecha de expedición.

Cordialmente,

_____________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

FORMATO 2.B

CERTIFICADO

EMPRESA TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL

NOMBRE DE LA EMPRESA TRANSPORTADORA

CERTIFICACIÓN DISPONIBILIDAD TRANSPORTE DE GAS NATURAL

Comedidamente el Representante Legal certifica que la Empresa ______________, cuenta con el(los) contrato(s) que garantiza(n) firmeza de transporte de Gas Natural hasta el (los) punto(s) de conexión y/o puntos de entrega* para atender la demanda del energético en el proyecto”_______________”, ubicado en el(los) municipio(s) de ______________, Departamento(s) ________________, soportado mediante el(los) Contrato(s)____________________, en Firme//Interrumpible(s)* de el(los) cual(es) se anexa(n) copia(s).

*En caso tal que el(los) contrato(s) sea(n) Interrumpible(s) se incluirá el siguiente párrafo:

En cumplimiento de lo establecido en la resolución CREG 075 de 2008, anexo los respectivos soportes de los mecanismos complementarios establecidos en el parágrafo 2o del artículo 1o de la mencionada resolución y certifico que las inversiones requeridas para este propósito no son objeto de cofinanciación con recursos del FECF y de las cuales anexo cronograma de implementación.

Igualmente la empresa autoriza el(los) siguiente(s) punto(s) de conexión y/o puntos de entrega* _________________

Dado en _______, a los _____ días del mes de _______, del año 201_.

Este certificado tiene una validez de seis (6) meses, a partir de su fecha de expedición.

Cordialmente,

____________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

*Aplica para proyectos de GNC.

FORMATO 2.C

CERTIFICADO

EMPRESA TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL

NOMBRE DE LA EMPRESA TRANSPORTADORA

CERTIFICACIÓN DISPONIBILIDAD TRANSPORTE DE GAS NATURAL

Comedidamente el Representante Legal certifica que la Empresa ______________, cuenta con el(los) contrato(s) que garantiza(n) firmeza de transporte de Gas Natural hasta el (los) punto(s) de conexión y/o puntos de entrega* para atender la demanda del energético en el proyecto “_______________”, ubicado en el(los) municipio(s) de ______________, departamento(s) ________________, soportado mediante el(los) Contrato(s)____________________, en Firme//Interrumpible(s)* de el(los) cual(es) se anexa(n) copia(s).

*En caso tal que el(los) contrato(s) sea(n) Interrumpible(s) se incluirá el siguiente párrafo:

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 075 de 2008, anexo los respectivos soportes de los mecanismos complementarios establecidos en el parágrafo 2o del artículo 1o de la mencionada resolución y certifico que las inversiones requeridas para este propósito no son objeto de cofinanciación con recursos del FECF y de las cuales anexo cronograma de implementación.

Dado en _______, a los _____ días del mes de _______, del año 201_.

Este certificado tiene una validez de seis (6) meses, a partir de su fecha de expedición.

Cordialmente,

____________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

FORMATO 2.D

AVAL TÉCNICO DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE Y PUNTO DE CONEXIÓN

EMPRESA TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL

NOMBRE DE LA EMPRESA TRANSPORTADORA

Comedidamente el Representante Legal certifica que la Empresa ______________, cuenta con el(los) contrato(s) que garantiza(n) firmeza de transporte de Gas Natural hasta el (los) punto(s) de conexión para atender la demanda del Energético en el Proyecto “______________”, ubicado en el(los) municipio(s) de ______________, departamento(s) ______________, soportado mediante el(los) Contrato(s) ______________, en Firme//Interrumpible(s)* de el(los) cual(es) se anexa(n) copia(s).

*En caso tal que el(los) contrato(s) sea(n) Interrumpible(s) se incluirá el siguiente párrafo:

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 075 de 2008, anexo los respectivos soportes de los mecanismos complementarios establecidos en el parágrafo 2o del artículo 1o de la mencionada resolución y certifico que las inversiones requeridas para este propósito no son objeto de cofinanciación con recursos del FECF y de las cuales anexo cronograma de implementación.

Igualmente la empresa autoriza el(los) siguiente(s) punto(s) de conexión _______________

Este sistema de transporte cumple con las normas técnicas y exigencias de la empresa y cumple con la regulación vigente, por lo tanto damos nuestro AVAL TÉCNICO para el transporte de Gas Natural para el proyecto mencionado y una vez terminadas las obras será compromiso nuestro la prestación del servicio público de transporte de Gas Natural mediante esta infraestructura.

Dado en _______, a los _____ días del mes de _______, del año 201_.

Este certificado tiene una validez de seis (6) meses, a partir de su fecha de expedición.

Cordialmente,

___________________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal La Empresa

FORMATO 2.E

AVAL TÉCNICO DE INFRAESTRUCTURA DE DISTRIBUCIÓN

EMPRESA DISTRIBUIDORA DE GAS NATURAL

NOMBRE DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA

La Empresa ___________ S. A. ESP, Certifica que una vez analizado desde el punto de vista técnico el Proyecto “_____________”, ubicado en el /los municipio(s) de _________, Departamento(s) de _____________, La empresa certifica que cumple con las normas técnicas exigidas por esta y con la regulación vigente. Igualmente garantiza la prestación del servicio respaldado(s) por el(los) contrato(s) de transporte de Gas Natural en Firme ____________ y de Suministro de Gas Natural ___________, en Firme/Interrumpible* de el(los) cual(es) se anexa(n) copia(s).

*En caso tal que el(los) contrato(s) sea(n) Interrumpible(s) se incluirá el siguiente párrafo:

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 075 de 2008, anexo los respectivos soportes de los mecanismos complementarios establecidos en el parágrafo 2o del artículo 1o de la mencionada resolución y certifico que las inversiones requeridas para este propósito no son objeto de cofinanciación con recursos del FECF y de las cuales anexo cronograma de implementación.

Adicionalmente, el esquema de financiación que ofreceremos a los usuarios para las conexiones e internas es: _________ y los recursos que apalancarán dicha financiación provienen de __________

Teniendo en cuenta lo anterior, damos AVAL TÉCNICO al proyecto en mención y una vez terminadas las obras y puesta en servicio, garantizamos la continuidad de la prestación del servicio público de Distribución y Comercialización de Gas Natural en el corto, mediano y largo plazo de acuerdo con los parámetros definidos y exigidos por el regulador.

Dado en _______, a los _____ días del mes de _______, del año 201_.

Este certificado tiene una validez de seis (6) meses, a partir de su fecha de expedición.

Cordialmente,

_________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

FORMATO 2.F

AVAL TÉCNICO CONEXIONES DE USUARIOS DE MENORES INGRESOS

EMPRESA DISTRIBUIDORA DE GAS NATURAL

NOMBRE DE LA EMPRESA DISTRIBUIDORA

La Empresa ___________ S. A. ESP, Certifica que una vez analizado desde el punto de vista técnico el Proyecto de Conexiones para Usuarios de Menores Ingresos “_____________”, ubicado en el /los Municipio(s) de _________, departamento(s) de _____________, la empresa certifica que cumple con las normas técnicas exigidas por esta y con la regulación vigente. Igualmente garantiza la prestación del servicio respaldado(s) por el(los) contrato(s) de transporte de Gas Natural en Firme ____________ y de Suministro de Gas Natural ___________, en Firme/Interrumpible* de el(los) cual(es) se anexa(n) copia(s).

*En caso tal que el(los) contrato(s) sea(n) Interrumpible(s) se incluirá el siguiente párrafo:

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 075 de 2008, anexo los respectivos soportes de los mecanismos complementarios establecidos en el parágrafo 2o del artículo 1o de la mencionada resolución y certifico que las inversiones requeridas para este propósito no son objeto de cofinanciación con recursos del FECF y de las cuales anexo cronograma de implementación.

Adicionalmente, el esquema de financiación que ofreceremos a los usuarios para las conexiones e internas es: _________ y los recursos que apalancarán dicha financiación provienen de __________

Teniendo en cuenta lo anterior, damos AVAL TÉCNICO al proyecto en mención y una vez terminadas las obras y puesta en servicio de las conexiones, garantizamos la continuidad de la prestación del servicio público de Distribución y Comercialización de Gas Natural en el corto, mediano y largo plazo de acuerdo con los parámetros definidos y exigidos por el regulador.

Dado en ______, a los _____ días del mes de _______, del año 201_.

Este certificado tiene una validez de seis (6) meses, a partir de su fecha de expedición.

Cordialmente,

_________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

ANEXO II.

CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA A SER FINANCIADOS CON RECURSOS DEL FONDO ESPECIAL CUOTA DE FOMENTO.

La UPME de acuerdo con los parámetros definidos en los Capítulos IV y V del Decreto 3531 de 2004 tiene la facultad de evaluar los proyectos de este fondo teniendo en cuenta los siguientes criterios de elegibilidad:

En (*) los Criterios de Elegibilidad para proyectos de infraestructura de Conexión de Usuarios de Menores Ingresos.

PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA

-- Verificar que el Solicitante anexa todos los requisitos de presentación exigidos en el Anexo I, acorde con el proyecto de infraestructura. (*)

-- Verificar que el proyecto esté presentado ante la UPME para su evaluación. (*)

Si el Solicitante es la Entidad Territorial se verificará el Representante Legal por medio de la fotocopia del Acta de Posesión y de la cédula de ciudadanía.

Si el Solicitante es una Empresa de Servicios Públicos, se verificarán los Alcances dados al Representante Legal por medio del certificado de Cámara de Comercio, la autorización de Junta Directiva dado el caso y fotocopia de la cédula de ciudadanía.

-- La UPME verificará que la solicitud de cofinanciación hecha por el Solicitante no supere los parámetros definidos en el literal f) y parágrafo 2o del artículo 13 del Decreto 3531/2004. (*)

-- La UPME evaluará proyectos de infraestructura técnica y económicamente viables. (*)

-- Cuando el Solicitante sea una Entidad Territorial, la Unidad Verificará que el proyecto de infraestructura esté definido en el Plan de Desarrollo (Municipal- Departamental-Nacional). (*)

-- Verificar que el proyecto presente el cierre financiero requerido para desarrollar o ejecutar el proyecto de infraestructura por medio de los certificados de cofinanciación anexos a la formulación. Si el solicitante es una Entidad Territorial se analizará que el Certificado de Disponibilidad Presupuestal – CDP, enuncie el valor a cofinanciar y la ubicación de este rubro presupuestal (*)

-- Verificar si el proyecto ha sido presentado ante la autoridad ambiental competente, cuando se requiera de acuerdo a la normatividad vigente.

-- Verificar si los diferentes certificados requeridos para el desarrollo del proyecto cumplen con los requisitos establecidos en esta Resolución:(*)

En hoja original membreteada.

Firmada por el Representante Legal de la Empresa o por una persona con empoderamiento por parte de este.

Vigencia (no mayor a 6 meses)

Contratos de suministro y transporte

Los mecanismos complementarios establecidos en el parágrafo 2 del artículo 1o de la Resolución CREG 075 de 2008 que soporten los contratos de suministro y transporte, así como el cronograma de implementación de estos.

Que se pronuncie acerca del cumplimiento del proyecto con los parámetros técnicos definidos por la empresa y la regulación existente, según sea el caso.

-- Verificar que el proyecto de infraestructura se formule en la metodología del DNP vigente y en los parámetros definidos. Además se verificará la consistencia de la información contenida en los formatos de la metodología y con los documentos soporte. (*)

-- Verificar el diligenciamiento de la ficha EBI y consistencia de la información con los formatos de la metodología DNP y con los documentos soporte (*)

-- Verificar el cálculo de la demanda de gas natural y sus proyecciones en un horizonte de 20 años.

-- De los Estudios de Preinversión solicitados como requisitos realizar el respectivo análisis de cada uno para verificar el comportamiento de las diferentes variables definidas en estos.

-- Verificar que el flujo de caja y el cronograma estén acordes con el presupuesto definido en la formulación. (*)

-- Para la fase de inversión inicial para el proyecto de infraestructura, analizar la razonabilidad de los costos, directos e indirectos, relacionados en el presupuesto y su coherencia con el cronograma de actividades, el flujo de caja, los análisis de precios unitarios y/o Unidades Constructivas, cuando corresponda y otros documentos.

-- Se verificará que las cantidades de obra definidas en el presupuesto estén acordes con los diseños, memorias de cálculo y con los planos técnicos de ingeniería básica y de detalle. (*)

-- Se verificará la existencia del esquema de interventoría formulado para la correcta ejecución del proyecto. (*)

-- Se determinará si el costo de prestación del servicio de distribución de gas natural por red al usuario final, calculado de acuerdo con las metodologías tarifarias vigentes establecidas por la CREG, en cada municipio en donde no se haya iniciado la prestación del servicio, es igual o superior al costo de prestación del servicio público domiciliario de Gas Licuado del Petróleo en cilindros portátiles al usuario final, calculado de acuerdo con las metodologías tarifarias vigentes establecidas por la CREG. Para efectos de comparación, en ambos casos, el costo de prestación del servicio se estimará en su equivalente de unidades de energía.

-- Verificará la consistencia del listado de usuarios de menores ingresos con la estratificación, los planos técnicos del proyecto y el presupuesto de obras. (*)

-- Se verificará que el proyecto sea funcional, presente costos razonables y que sea sostenible en el horizonte de vida. (*)

-- En caso de existir dos o más solicitudes para la misma población objetivo, será elegible únicamente aquella que presente menor inversión por usuarios beneficiados estimada de la siguientes forma: 70% costo total de inversión por usuario beneficiado + 30% costo de cofinanciación por usuario.

Para lo anterior, los proyectos recibidos deben coincidir en el número de usuarios beneficiados por el proyecto. En caso contrario, se requerirá a los solicitantes igualar la propuesta a aquella presentada para el mayor número de usuarios.

El proyecto escogido obtendrá concepto de elegibilidad favorable e ingresará al proceso de priorización, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3531 de 2004.

ANEXO III.

METODOLOGÍA PARA EL CÁLCULO DEL ÍNDICE DE PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA ELEGIBLES, INPRI.  

La Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, de acuerdo con el mandato del parágrafo del artículo 14 “Orden de Prioridad de los Proyectos de Infraestructura Elegibles”, del Decreto 3531 del 27 de octubre de 2004, define la siguiente metodología para el cálculo del INPRI para los proyectos de Infraestructura con concepto favorable y que requieran cofinanciación de recursos provenientes del Fondo Especial Cuota de Fomento.

1. INDICADOR PARA PRIORIZAR PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA, INPRI

La UPME define el indicador INPRI para proyectos de infraestructura, acorde con los criterios especificados en el artículo 14 del mencionado decreto, que son:

-- Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), definido por el Departamento Nacional de Estadísticas, DANE.

-- Número de usuarios directamente beneficiados con el proyecto.

-- Demanda de gas natural esperada por el proyecto.

-- Ubicación de la entidad territorial.

-- Cofinanciación, distinta de la que se solicita al Fondo, respecto del valor total del proyecto de infraestructura. No incluye los valores de cofinanciación para las redes internas de todos los usuarios, ni las conexiones distintas a las de los Usuarios de Menores Ingresos.

-- Demanda de gas natural esperada por el proyecto.

ÍNDICE DE NECESIDADES BÁSICAS INSATISFECHAS, NBI

La Unidad recopila la información sobre el NBI para la entidad territorial de acuerdo con el indicador publicado por el DANE. Cuando el NBI es para la población objeto del proyecto, el Solicitante deberá adjuntar a la formulación y a su costo, el cálculo del DANE de dicho Índice. Para proyectos de Infraestructura que beneficien a diferentes poblaciones o zonas geográficas y van a ser atendidos por una misma Empresa que sea el Solicitante, el NBI del proyecto será el promedio ponderado.

ÍNDICE DE COBERTURA

Se mide con los datos reportados por el proyecto de Usuarios beneficiados y el número de viviendas del centro poblado. Información que se obtiene del estudio de mercado.

COB= NU/VI

NU: Número de usuarios directamente beneficiados por el proyecto. Para proyectos de Conexión de Usuarios de Menores Ingresos es el número de usuarios actualmente con servicios más los beneficiados directamente por el proyecto. Se entiende por usuario una unidad familiar que efectivamente será conectada.

VI: Número de viviendas de la localidad o centro poblado.

Para proyectos de Conexión de Usuarios de Menores Ingresos y que correspondan a diferentes localidades o zonas geográficas y van a ser atendidos por una misma Empresa que sea el Solicitante, la Cobertura del proyecto será la media aritmética de cada una de las zonas.

INDICADOR DE DEMANDA DEL PROYECTO - DM-

La demanda se incorpora al indicador teniendo como base la información suministrada por el proyecto y mediante la expresión.

Dm = (LOG1000 dm)5/6

dm: demanda de gas natural en m3

Dm, tomará el valor 0.7 cuando el proyecto presente demandas anuales menores a 90.000 m3 y el valor de 1 para demandas mayores a un millón de m3, para las restantes demandas se aplicará la ecuación correspondiente.

INDICADOR DE DISTANCIA- L-

Para considerar este indicador se introduce la expresión:

L=(bl+1)

Donde l, es la distancia en Km desde el punto de conexión del gasoducto troncal hasta la estación de entrega.

L, tomará el valor de 0.8 para distancias l = 150 km. Para distancias menores tomará el valor que arroje la ecuación (bl+1).

b: Constante que toma el valor de -0.001333

Para proyectos de Infraestructura para la Conexión de Usuarios de Menores Ingresos el factor bl tomará un valor de cero (0)

CÁLCULO DEL INPRI:

Para calcular este indicador se aplica la siguiente ecuación:

INPRI = NBI * COB * Dm * L* CO

Donde:

NBI: Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas
 
COB: Índice de cobertura
 
Dm: Indicador de Demanda de gas del proyecto.
 
L: Indicador de Distancia
 
CO: Indicador de cofinanciación del proyecto por terceros diferentes al Fondo. Expresado en un número decimal. El CO no podrá ser inferior a 0,3

En el evento de que haya dos o más proyectos que tengan igual INPRI, se dará mayor prioridad a aquel que tenga mayor cobertura.

2. PRIORIZACIÓN

La UPME remitirá al Ministerio de Minas y Energía la lista de priorización de los proyectos que cuenten con concepto favorable de elegibilidad, durante la primera semana del mes de noviembre de 2010, de esta forma el siguiente trimestre será contado a partir del 1o de noviembre de 2010.

Para la elaboración de la lista de priorización de los proyectos que se enviarán en el mes de noviembre de 2010, se tendrán en cuenta solamente los proyectos que se radiquen en la UPME hasta 8 días hábiles antes de finalizado el 30 de octubre del 2010. Para las siguientes priorizaciones, se tendrán en cuenta solamente los proyectos que se radiquen en la UPME hasta 8 días hábiles antes de finalizado el trimestre.

El Director General,

RICARDO RODRÍGUEZ YEE.

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