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RESOLUCIÓN 418 DE 2011

(noviembre 23)

Diario Oficial No. 48.278 de 9 de diciembre de 2011

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 313 de 2013>

Por la cual se distribuye una función en la Dirección de Pensiones.

LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL–UGPP,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 8 y 20 del artículo 8o del Decreto 5021 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que las entidades y organismos administrativos deberán ejercer las potestades y atribuciones en los asuntos que le sean asignados en las normas de creación y por la ley.

Que le corresponde a los representantes legales de las entidades que componen la Administración Pública cumplir todas aquellas funciones que se relacionan con la organización y funcionamiento de la organización, en ejercicio de la autonomía administrativa propia de la misma.

Que el numeral 20 del artículo 8o del Decreto número 5021 de 2009 establece en la Dirección General la facultad de distribuir entre las dependencias que conforman la Unidad, las funciones y competencias que la ley le otorgue a la entidad, cuando las mismas no se encuentren asignadas expresamente.

Que el artículo 156 de la Ley 1151 de 2007, por medio del cual se creó la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social–UGPP, estableció dentro de la competencia para el reconocimiento de derechos pensionales y demás prestaciones conexas que corresponden a esta Unidad, que aquella se encargaría, entre otras funciones de la administración de la nómina.

Que el numeral 4 del artículo 1o del Decreto-ley 169 de 2008, por medio del cual se establecieron las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de a Protección Social-UGPP, consagró que a esta Unidad le correspondería a administración de bases de datos, nóminas, archivos y todo lo relacionado con la defensa judicial de la entidad.

Que asimismo, el Decreto número 5021 de 2009 por medio del cual se estableció la estructura y se determinaron las funciones de las dependencia de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social–UGPP, en el numeral 14 del artículo 6o determinó que esta Unidad tendría a cargo la administración de la nómina de pensionados, la coordinación del suministro de la información al Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional -FOPEP- y las verificaciones que estime pertinentes.

Que revisadas las funciones de las dependencias de acuerdo al citado Decreto número 5021 de 2009 se observa que la administración de la nómina de pensionados es una función general de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social–UGPP, que no ha sido expresamente asignada a ninguna de las dependencias de la Unidad.

Que efectuado el análisis interno sobre la necesidad de distribuir y asignar la competencia enunciada, se coligió que, de acuerdo con las funciones misionales afines que desarrolla frente al reconocimiento y administración de derechos pensionales y prestaciones económicas conexas, la distribución de la nueva función asignada a la Unidad debe hacerse en la Dirección de Pensiones quien se encargará de dirigir, ordenar y disponer todas las gestiones tendientes y relacionadas con la debida administración de la nómina de pensionados.

En consecuencia,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 313 de 2013> Distribuir la función relacionada con la administración de la nómina establecida en el artículo 156 de la Ley 1151 de 2007, en el numeral 4 del artículo 1o del Decreto-ley 169 de 2008 y especialmente desarrollada en el numeral 14 del artículo 6o del Decreto 5021 2009 a la Dirección de Pensiones de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP, acorde con las consideraciones efectuadas en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 313 de 2013> La Dirección de Pensiones de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social–UGPP, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución adelantará todas las gestiones inherentes a la administración de la nómina de pensionados, de acuerdo con las competencias establecidas a esta Unidad.

PARÁGRAFO. La función asignada no contempla el reporte al FOPEP o la entidad que haga sus veces, de las novedades para que se actualice la nómina de pensionados, la cual de acuerdo con el numeral 7 del artículo 17 del Decreto número 5021 de 2009 le corresponde a la Subdirección de Determinación de Derechos Pensionales.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 313 de 2013> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 23 de noviembre de 2011.

La Directora General,

MARÍA CRISTINA GLORIA INÉS CORTÉS ARANGO.

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