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RESOLUCIÓN 479 DE 2015

(julio 9)

Diario Oficial No. 49.569 de 10 de julio de 2015

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO

por medio de la cual se renuevan de forma temporal autorizaciones para la prestación de servicios de gestión y colocación de empleo.

LA DIRECTORA GENERAL,

en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 11 del Decreto 2521 de 2013, en la Resolución 334 de 2014 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 de la Ley 1636 de 2013, creó la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo, que integrará y conectará las acciones que en materia de gestión y colocación de empleo realicen las entidades públicas, privadas, alianzas público-privadas.

Que el artículo 32 ibídem, señaló que para ejercer la actividad de gestión y colocación de empleo, se requerirá autorización expedida mediante resolución motivada de la Subdirección de Promoción y Generación de Empleo del Ministerio del Trabajo.

Que el Decreto 2518 de 2013, suprimió la anterior Subdirección y asignó la función de autorizar la prestación de servicios de gestión y colocación de empleo a la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar de dicho Ministerio.

Que mediante la Resolución 334 de 2014, el Ministerio del Trabajo delegó en esta Unidad la función de tramitar y resolver las solicitudes de autorización de prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo.

Que el artículo 2.2.6.1.2.18 del Decreto 1072 de 2015, establece que se otorgará la referida autorización una vez los solicitantes acrediten el cumplimiento de las condiciones jurídicas, operativas y técnicas adoptadas por el Ministerio del Trabajo mediante resolución. Y que el artículo 2.2.6.1.2.19 de la misma disposición señala que las autorizaciones tendrán una vigencia de dos (2) años.

Que mediante Resolución 177 del 25 de marzo de 2015, la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, renovó de manera temporal las autorizaciones de prestadores del Servicio Público de Empleo que vencían antes del 30 de junio de 2015, con el objeto de permitir ajustarse de manera oportuna a las condiciones jurídicas, técnicas y operativas que definirá el Ministerio del Trabajo.

Que el Ministerio del Trabajo aún se encuentra estructurando las condiciones jurídicas, técnicas y operativas necesarias para otorgar las autorizaciones de prestación de servicios de gestión y colocación de empleo, así como para renovar las mismas.

Que en consecuencia de lo anterior, se hace necesario prorrogar nuevamente las autorizaciones que venzan antes del 30 de septiembre.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Prorróguense por el término de cuatro (4) meses las autorizaciones de prestación de servicios de gestión y colocación de empleo que venzan antes del 30 de septiembre del presente año.

PARÁGRAFO. Las anteriores prórrogas estarán condicionadas a que el prestador acredite, con antelación al vencimiento de su autorización, la existencia de una póliza de seguro de cumplimiento de disposiciones legales que tenga vigencia hasta la nueva fecha de vencimiento de la autorización.

ARTÍCULO 2o. Definidas las condiciones jurídicas, operativas y técnicas, para la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo, los prestadores a que refiere el artículo anterior, deberán ceñirse al trámite de renovación que establezca el Ministerio del Trabajo.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de julio de 2015.

La Directora General,

CLAUDIA XIMENA CAMACHO CORZO.

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