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RESOLUCIÓN 20181100044717 DE 2018

(mayo 30)

Diario Oficial No. 50.615 de 05 de Junio de 2018

SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

Por la cual se adoptan los instrumentos para el ejercicio de la auditoría interna de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

en ejercicio de sus funciones y en especial las conferidas en el Decreto número 2355 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto número 648 de 2017, por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública.

Que en el mencionado decreto se señalan ajustes en los Roles y Responsabilidades de las Oficinas de Control Interno de las instituciones a las cuales aplica la Ley 87 de 1993.

Que en el artículo 2.2.21.4.8., del Decreto número 648 de 2017 se definen los instrumentos mínimos para el ejercicio de la actividad de la Auditoría Interna de las entidades que hacen parte del ámbito de aplicación del mencionado decreto.

Que en el citado artículo del Decreto número 648 de 2017 se señala que las Entidades Públicas deben adoptar, como mínimo los siguientes instrumentos: 1) Código de Ética del Auditor Interno; 2) Carta de Representación en la que se establezca la veracidad, calidad y oportunidad de la entrega de la información presentada a las Oficinas de Control Interno; 3) Estatuto de Auditoría Interna, en el cual se establezcan y comuniquen las directrices fundamentales que definirán el marco dentro del cual se desarrollarán las actividades de la Oficina de Control Interno; 4) Plan Anual de Auditoría.

Que el Comité de Coordinación de Control Interno de la Superintendencia revisó, en sesión del día 30 de mayo de 2018 la propuesta de instrumentos presentada por la Oficina de Control Interno Sectorial y recomendó su adopción e implementación.

Que por lo antes expuesto el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar los siguientes instrumentos para el ejercicio de la Auditoría Interna en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre la materia:

a) Código de Ética del Auditor Interno de la Superintendencia, que contiene las bases y principios fundamentales que guían la actuación de los auditores internos de la Entidad;

b) El modelo de Carta de Representación en la que se establecen las condiciones que debe tener la información que se entregue a la Oficina de Control Interno en el marco de las auditorías que esta realice, señalando las características de veracidad, calidad y oportunidad de la entrega de la información;

c) El Estatuto de Auditoría Interna de la Superintendencia, en el cual se establecen las directrices que definen el marco dentro del cual se desarrollarán las actividades de la Oficina de Control Interno y de todos aquellos servidores que realicen actividades de auditoría interna en la Entidad, según los lineamientos de las normas internacionales de auditoría y las orientaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública o quien haga sus veces;

d) Plan Anual de Auditoría.

ARTÍCULO 2o. Los instrumentos adoptados son de obligatorio cumplimiento por parte de la Oficina de Control Interno y de todos aquellos servidores que de manera permanente o temporal realicen actividades de auditoría interna en la Entidad.

ARTÍCULO 3o. Derogar cualquier acto administrativo que vaya en contra de las presentes disposiciones y en particular el Manual de Control Interno del 29 de abril de 2016.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., 30 de mayo de 2018.

El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada,

FERNANDO MARTÍNEZ BRAVO.

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