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RESOLUCIÓN 3166 DE 2010
(mayo 11)
Diario Oficial No. 47.728 de 2 de junio de 2010
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
<Pérdida de fuerza ejecutoria al haber sido declarada NULA la Resolución que se modifica>
Por la cual se modifica el artículo 81 de la Resolución 2852 de 2006.
EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA,
en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas en el Decreto-ley 356 de 1994, y por el Decreto 2355 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, como organismo del orden nacional, de carác.fer técnico, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 2355 de 2006, le corresponde dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de control, inspección y vigilancia sobre a industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada.
Que corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, propender a que los servicios de vigilancia y seguridad privada, mantengan en forma permanente los más altos niveles de eficiencia técnica y profesional para atender sus obligaciones.
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 4o del Decreto 2355 de 2006, le corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, instruir a los vigilados sobre las disposiciones que regulan su actividad, fijar criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas, así como señalar los procedimientos para su cabal aplicación.
Que a Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada mediante la Resolución 2852 del 8 de agosto de 2006, unificó el Régimen de Vigilancia y Seguridad Privada.
Que el artículo 81 de la Resolución 2852 del 8 de agosto de 2006 señala los requisitos para obtener a credencial de Profesor en vigilancia y seguridad privada.
Que dando aplicación a la Ley 962 de 2005 (Anti-trámites), es necesario proceder a racionalizar el trámite de expedición de credencial de docente en Vigilancia y Seguridad Privada por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Que en consecuencia, se hace necesario modificar el artículo 81 de la Resolución 2852 de 2006, con el fin de que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada cuente con un registro de los docentes en Vigilancia y Seguridad Privada en cada una de las áreas dictadas y que corresponda con la allegada por cada una de las Escuelas, Academias y Departamentos de Capacitación.
Que en mérito de lo expuesto y con el fin de continuar con el mejoramiento en la prestación del servicio por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, el Superintendente de Vigilancia y Seguridad,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 81 de la Resolución 2852 del 8 de agosto de 2006 el cual quedará así:
Artículo 81. Profesor en Vigilancia y Seguridad Privada. Las Escuelas, Academias y Departamentos de Capacitación serán los encargados de informar y registrar en la página web de la Superinténdencia de Vigilancia y Seguridad Privada www.supervgilancia.gov. co, en el link de NOVEDADES MENSUALES - REGISTRO DE DOCENTES, cada uno de los docentes que prestan sus servicios educativos, una vez sean verificados los requisitos solicitados por cada Escuela, Academia y Departamento de Capacitación, para el área correspondiente.
ARTÍCULO 2o. La solicitud de credencial de docente no será un trámite que se deba surtir ante a Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga las normas que lesean contrarias, de igual o menor jerarquía.
Publíquese y cúmplase,
11 de mayo de 2010.
El Superintendente,
LUIS FELIPE MURGUEITIO SICARD.