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RESOLUCIÓN 455 DE 2011
(enero 31)
Diario Oficial No. 47.998 de 1 de marzo de 2011
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
Por la cual se delegan algunas al Superintendente Delegado para la Operación de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.
EL SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA,
en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas en el Decreto-ley 356 de 1994 y por el Decreto 2355 de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, como organismo del orden nacional, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo con lo previsto en el Decreto-ley 356 de 1994, en su artículo 11, parágrafo 2o, otorga la facultad de verificación de información suministrada y podrá realizar visitas de inspección previa, tanto a las instalaciones de la sede principal, sucursales o agencias, como sobre los medios que se van a emplear.
Que el Decreto-ley 356 de 1994, en su artículo 16, señala “… Las instalaciones, la documentación, los medios que utilizan, y cualquier otro elemento empleado para la prestación de los servicios, podrán ser inspeccionadas en todo momento por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada”.
Que el Decreto-ley 356 de 1994, en su artículo 37, señala “… La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada podrá efectuar en todo momento inspecciones sobre las instalaciones, documentación, equipos y cualquier otro elemento utilizado para la prestación del servicio”.
Que el Decreto-ley 356 de 1994, en su artículo 70, parágrafo 2o, señala “… La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada podrá realizar inspecciones tanto a instalaciones como a medios utilizados en todo momento”.
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 4o numeral 13 del Decreto 2355 de 2006, le corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, instruir a los vigilados sobre las disposiciones que regulan su actividad, fijar criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas, así como señalar los procedimientos para su cabal aplicación.
Que el Decreto 2355 de 2006, en su artículo 6o, numeral 6, le designa funciones y le otorga facultades al Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada para “Ordenar visitas y auditorías a los vigilados, y a quienes ejerzan actividades de vigilancia y seguridad privada sin autorización, y aplicar los correctivos y sanciones a que hubiere lugar”.
Que el Decreto 2355 de 2006, en su artículo 12, numeral 3, le designa funciones al Superintendente Delegado para el Control para “Programar, dirigir y coordinar la realización de visitas de inspección y auditorías a las entidades vigiladas, teniendo en cuenta las directrices trazadas por la Superintendencia, los requerimientos de las autoridades y de la ciudadanía en general”.
Que mediante Resolución 2946 del 29 de abril de 2010, se modificó el régimen de control, inspección y vigilancia en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la cual señala en su artículo 2o, numeral 5, “Visita de Instalaciones y Medios: Es aquella que se adelanta con el fin de comprobar si el servicio de vigilancia cuenta con instalaciones físicas y medios idóneos para ser prestado de acuerdo con la solicitud de la licencia de funcionamiento o su renovación, o de la solicitud para autorizar la apertura de sucursales o agencias, o para cambio de dirección o domicilio del servicio.
PARÁGRAFO. Las instalaciones, así mismo, podrán ser inspeccionadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en desarrollo de sus visitas ordinarias o cuando lo considere pertinente con el fin de revisar el cumplimiento de la normatividad vigente en la materia.
Que el Decreto 2355 de 2006, en su artículo 6o, numeral 11, dispone: “Delegar en los Superintendentes Delegados y el Secretario General la suscripción de actos administrativos, resoluciones y demás funciones que permitan un mejor desarrollo de los objetivos de la Superintendencia”.
Que la Superintendencia Delegada para la Operación es la dependencia encargada de tramitar la totalidad de permisos de estado de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Que con el fin de optimizar los permisos de estado y dar mayor celeridad a los trámites que requieren por su naturaleza visita de verificación de instalaciones y medios, es conveniente delegar la función de realizar dichas visitas en caso de que a ello hubiere lugar en la Superintendencia Delegada para la Operación de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Superintendente Delegado para la Operación de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, la facultad de ordenar visitas de instalaciones y medios a los servicios de vigilancia y seguridad privada.
ARTÍCULO 2o. Delegar en el Superintendente Delegado para la Operación de los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada, la facultad de programar, dirigir y coordinar las visitas de instalaciones y medios que sean necesarias efectuar, teniendo en cuenta las directrices trazadas por la Superintendencia para tal fin.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
31 de enero de 2011.
El Superintendente,
LUIS FELIPE MURGUEITIO SICARD.