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RESOLUCIÓN 5768 DE 2017
(noviembre 27)
Diario Oficial No. 50.432 de 29 de noviembre de 2017
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por medio de la cual se suspende la atención al usuario y los términos procesales en las actuaciones que se surten ante la Superintendencia Nacional de Salud.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,
en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 7o numeral 1 del Decreto número 2462 de 2013, el Decreto número 1744 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que con el propósito de realizar actividades dirigidas a mejorar el nivel de vida y satisfacción de los funcionarios de la Superintendencia Nacional de Salud, incentivando los niveles de eficiencia, satisfacción y compromiso con su trabajo, se adoptó el Programa de Bienestar Social vigencia 2017 mediante Resolución número 373 de 2017, el cual ha sido desarrollado y ejecutado por la Secretaría General a través del Grupo de Talento Humano.
Que el artículo 2.2.19.6.5. del Decreto número 1083 de 2015, establece sobre el Programa Institucional de Estímulos que:
“Cada Superintendencia elaborará anualmente un programa institucional de estímulos, el cual estará conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políticas, actividades, entidades, disposiciones legales y estímulos que interactúan con el propósito de reconocer y premiar los desempeños laborales sobresalientes, así como elevar los niveles de satisfacción, motivación, desarrollo y bienestar de los empleados de las superintendencias”.
Que en concordancia con lo dispuesto en el Decreto número 1083 de 2015, artículo 2.2.19.6.7, numeral 10, el citado Programa de Bienestar Social conlleva la ejecución de un sinnúmero de actividades con el fin de dar cumplimiento a las metas y objetivos propuestos, encaminados al mejoramiento de la calidad de vida laboral, entre ellos, el reconocimiento público que busca resaltar y premiar a los empleados de la entidad y los mejores equipos de trabajo.
Que en desarrollo de lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud, implementó una estrategia orientada a la ejecución de actividades que permitan el fortalecimiento de la comunicación interna, y en especial adelantar una actividad dirigida a reforzar el conocimiento institucional exaltando los resultados de la vigencia, fortaleciendo el compromiso de los funcionarios frente a la misión y visión de la entidad, en aras de seguir avanzando en la gestión realizada en cumplimiento de la función social que adelanta la Superintendencia.
Que la Superintendencia Nacional de Salud debe garantizar los términos y plazos legales frente a las actuaciones de los sujetos procesales y ciudadanos que intervienen ante la entidad, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 121 del Código General del Proceso, el cual señala sobre el particular que “(…) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en los que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el Despacho)”.
Que la ejecución de esta actividad implica la interrupción de la atención al público por parte de la entidad, razón por la cual se hace necesario suspender la atención al usuario y los términos procesales en las actuaciones administrativas que adelanta la entidad el día viernes 1 de diciembre de 2017.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Suspender la atención al usuario a nivel nacional (Sede Central, Regionales y las casas del consumidor) a través de las cuales la Superintendencia Nacional de Salud presta sus servicios durante el día viernes 1 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO 2o. Suspender los términos procesales en las actuaciones que se surten ante las dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud, durante el día viernes 1 de diciembre de 2017, fecha en la que no correrán los términos para todos los efectos de ley.
ARTÍCULO 3o. Publicar esta resolución en el Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los 27 de noviembre de 2017.
El Superintendente Nacional de Salud (e),
LUIS FERNANDO CRUZ ARAÚJO.