Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 2925 DE 2017
(agosto 30)
Diario Oficial No. 50.342 de 31 de agosto de 2017
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por la cual se establece un horario laboral, se suspenden las actividades laborales y los términos procesales en las actuaciones que se surten ante la Superintendencia Nacional de Salud.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,
en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial, las conferidas por el artículo 7o, numeral 1 del Decreto 2462 de 2013, y las demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que el Papa Francisco visitará a Colombia durante los días 4 al 8 de septiembre de 2017, para lo cual la Administración Distrital, teniendo en cuenta la afectación en la movilidad, contempló como medidas de mitigación el pico y placa de todo el día para vehículos particulares, el cierre total de la avenida calle 26 entre la avenida caracas y el Aeropuerto El Dorado desde la 1:00 p. m. del 6 de septiembre y cierres perimetrales con restricción total para circulación de vehículos a motor en los alrededores del Parque Simón Bolívar y de la Plaza de Bolívar para el día 7 de septiembre de 2017.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública mediante circular externa número 100-007 del 29 de agosto de 2017, señaló que los jefes de los organismos y entidades con sede de trabajo en las zonas del recorrido, garantizando la continuidad del servicio, podrán organizar la jornada laboral para facilitar los traslados de los servidores y la asistencia de quienes gusten participar en el recorrido papal.
Que Alcalde Mayor de Bogotá, declaró como día cívico el 7 de septiembre, mediante Decreto 458 del 30 de agosto de 2017.
Que en atención a que las instalaciones de la Superintendencia Nacional de Salud se encuentran ubicadas cerca del perímetro vial de la calle 26 y del Parque Simón Bolívar, es necesario tomar las medidas para que los funcionarios puedan movilizarse el día 6 de septiembre y permitir a quienes lo deseen la asistencia a la liturgia del día 7 de septiembre.
Que las sedes regionales de la Superintendencia Nacional de Salud, ubicadas en Neiva, Medellín, Cali, Quibdó, Barranquilla y Bucaramanga, continuarán con la prestación normal del servicio durante los días 6 y 7 de septiembre de 2017.
Que, en consecuencia, no se autorizarán días libres establecidos en el Plan de Bienestar para empatar con el día 6 y 7 de septiembre de 2017.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ESTABLECER. para el día 6 de septiembre de 2017 en las sedes Central y Tequendama de la ciudad de Bogotá, el siguiente horario laboral:
Ingreso 7:00 a. m. salida 12:00 del mediodía.
ARTÍCULO 2o. SUSPENDER. durante el día 7 de septiembre de 2017 en las sedes Central y Tequendama de la ciudad de Bogotá, las actividades laborales conforme con lo establecido en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 3o. SUSPENDER. los términos procesales en las actuaciones administrativas que adelante la Superintendencia Nacional de Salud, durante los días 6 y 7 de septiembre de 2017.
ARTÍCULO 4o. PUBLICAR. esta resolución en el Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a 30 de agosto de 2017.
NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ
El Superintendente Nacional de Salud,