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RESOLUCIÓN 2639 DE 2015

(diciembre 15)

Diario Oficial No. 49.728 de 16 de diciembre de 2015

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Por la cual se aprueba el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal 2016 y se hace una delegación.

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,

en ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 36 del Decreto 775 de 2005, artículo 7o del Decreto 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 775 de 2005 estableció como deber de cada Superintendente aprobar para cada vigencia fiscal, el Plan Anual de Gestión para el año siguiente, el cual debe identificar todos los proyectos, actividades y funciones que deberá desarrollar la Superintendencia.

Que en cumplimiento de lo anterior, se elaboró el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2015, con la participación de servidores públicos del Despacho del Superintendente, la Secretaría General, las Superintendencias Delegadas, las Oficinas Asesoras y demás Oficinas, siendo consolidado por la Oficina Asesora de Planeación, a fin de obtener un instrumento de planeación, que incluya los objetivos, metas, actividades e indicadores de la entidad, que permitan hacer seguimiento y evaluación a la gestión misional y administrativa de la entidad.

Que el Plan Anual de Gestión 2016 deberá ser cumplido por los servidores públicos de la entidad, con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad, con el fin de contribuir al logro de la misión y objetivos que la ley y los reglamentos le señalan a la Superintendencia Nacional de Salud.

Que el Decreto 2462 del 7 de noviembre de 2013, “por medio del cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud”, determina las funciones específicas para cada una de las nuevas dependencias, en el marco de las atribuciones de inspección, vigilancia y control en concordancia con los objetivos señalados en el artículo 39 de la Ley 1122 de 2007.

Que con el fin de hacer un Estado más transparente y participativo, la Superintendencia Nacional Salud publicó en su página web del 10 de diciembre al 14 de diciembre de 2015 el Plan Anual de Gestión para comentarios de la ciudadanía.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar el Plan Anual de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud para la vigencia 2016, contenido en el documento anexo a la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. Corresponde al (la) Secretario(a) General, a los (as) Superintendentes Delegados, los (as) Jefes de Oficinas Asesoras y los (as) Jefes de Oficina, impartir de forma oportuna las orientaciones e instrucciones necesarias para la ejecución, seguimiento y cumplimiento por parte de los servidores públicos a su cargo, del Plan Anual de Gestión 2016 de la Superintendencia Nacional de Salud.

ARTÍCULO 3o. Las modificaciones a cualquier componente del Plan Anual de Gestión 2016 obedecerán únicamente a cambios de política institucional o sectorial, no disponibilidad presupuestal comprobada, aumento del presupuesto asignado y acciones externas a la gobernabilidad de la entidad y tendrán que ser debidamente justificadas y direccionadas únicamente por la (el) Secretaria(o) General, los(las) Superintendentes Delgados(as), Jefe de Oficina Asesora, Jefe de Oficina, o quien haga sus veces, a través de memorando interno dirigido al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, con treinta (30) días de anticipación al inicio del periodo modificado.

ARTÍCULO 4o. Delegar en el empleo de Jefe de Oficina Asesora de Planeación Código 1045 Grado 16 aprobar las modificaciones al Plan Anual de Gestión, previo análisis de la justificación presentada por el área y que corresponde a los criterios establecidos en el artículo tercero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5o. El seguimiento al Plan Anual de Gestión se hará mensualmente, para lo cual cada dependencia de la entidad, deberá hacer el registro de la ejecución correspondiente a cada periodo de conformidad con el procedimiento vigente que hace parte del Sistema Integrado de Gestión.

ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2015.

El Superintendente Nacional de Salud,

NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ.

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