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RESOLUCIÓN 1363 DE 2008
(septiembre 29)
Diario Oficial No. 47.132 de 4 de octubre de 2008
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por medio de la cual se adopta el Manual de la Calidad de la Superintendencia Nacional de Salud.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E.),
en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren la Ley 872 de 2003 y el numeral 3 del artículo 8o del Decreto 1018 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 4110 de 2004 se adoptó la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004 que definió los requisitos mínimos y los aspectos generales para establecer, documentar, implementar y mantener el Sistema de Gestión de Calidad, la cual debe aplicarse a la Superintendencia Nacional de Salud para la organización del mismo;
Que el numeral literal b) del numeral 4.2 de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004 establece como parte de la documentación del sistema de gestión de la calidad el manual de la calidad;
Que el numeral 4.2.2 de la NTCGP 1000:2004 ordena a la Superintendencia establecer y mantener un manual de la calidad el cual debe incluir el alcance del sistema de gestión de la calidad, incluidos los detalles y la justificación de cualquier exclusión, los procedimientos documentados establecidos para el sistema de gestión de la calidad, o referencia a los mismos, y una descripción de la interacción entre los procesos del sistema de gestión de la calidad;
Que el parágrafo 5o del artículo 10 de la Resolución 1404 de 2007 expedida por la Superintendencia Nacional de Salud establece como una de las funciones del Comité de Dirección del sistema de Gestión de la Calidad aprobar el Manual de Calidad;
Que el artículo 1o de la Resolución 391 de 2008 expedida por la Superintendencia Nacional de Salud ordenó unificar la implementación del Modelo Estándar de Control - MECI y del Sistema de Gestión de la Calidad al interior de la Superintendencia Nacional de Salud a través del Sistema de Gestión y Control;
Que el artículo 3o de la citada Resolución estableció que los comités de Coordinación del Sistema de control Interno y de Dirección del Sistema de Gestión de la Calidad, cuando la agenda o el orden del día haga referencia exclusivamente a temas relacionados con el Sistema de Gestión y control, sesionarán en forma conjunta.
Que el texto del Manual de Calidad fue sometido a revisión en sesión conjunta de los Comités de Coordinación del Sistema de Control Interno y de Dirección del Sistema de Gestión de la Calidad el 29 de septiembre de 2008, y fue aprobado, previo el adelantamiento de los procedimientos y actuaciones necesarias para el efecto.
En mérito de lo expuesto, este Despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar en la Superintendencia Nacional de Salud el texto del Manual de la calidad que a continuación se detalla:
INTRODUCCION
La responsabilidad por conocer y aplicar el Sistema de Gestión de la Calidad de acuerdo a la estructura planteada en el presente manual corresponde, principalmente a la Dirección de la Organización, quien debe proporcionar el factor humano y los recursos necesarios y difundir permanentemente la política y los objetivos de la Superintendencia Nacional de Salud, respecto a la calidad, asesorar al personal y auditar el SISTEMA DE CALIDAD.
También corresponde a todos los Superintendentes Delegados, Secretario General a los Directores, Jefes de Oficina, al personal Técnico y Asistencial y en general todo aquel que esté vinculado a la Superintendencia Nacional de Salud, conocer el Sistema de Gestión de la Calidad, implementarlo y exigir el cumplimiento del mismo.
Por otra parte el Superintendente asume el compromiso de revisar el Sistema de Gestión de la Calidad cada 6 meses, para asegurarse de su conveniencia, adecuación, eficiencia, eficacia y efectividad. Esta revisión incluye la evaluación de las oportunidades de mejora.
El presente Manual de Calidad, fue fruto de un proceso de construcción colectiva en el que participaron los funcionarios de las distintas aéreas de la organización y en consecuencia, es la expresión de su propia visión de lo que significa y representa para ellos los estándares de calidad de la Superintendencia.
NUESTRA ORGANIZACIÓN.
1.1 RESEÑA HISTORICA
En el año 1977 se crea la Entidad como Superintendencia de Seguros de Salud, donde se le asignó la función de ejercer estricto control y eficiente vigilancia a la administración y los servicios y prestaciones de la salud correspondientes a los seguros sociales obligatorios, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Salud, teniendo como sujeto de su vigilancia el Instituto de Seguros Sociales, ISS.
Doce años después, mediante la Ley 15 de 1989, el Congreso de la República aprueba, la organización, financiamiento y control de los servicios de salud y asistencia pública y se reorganiza la Superintendencia de Seguros de Salud. Específicamente esta ley en su Capítulo II estableció la Estructura, Organización y Funciones de la Superintendencia y cambió la denominación de la entidad al de Superintendencia Nacional de Salud, estableciéndole la misión de ejercer la Inspección, Vigilancia y Control sobre las actividades concernientes a la prestación de los Servicios de Salud en los Seguros Sociales Obligatorios, asistencia pública, atención médica a cargo de entidades creadas o sostenidas por el Estado; y sobre la liquidación, recaudo y transferencia de los recursos fiscales que se aplican a tales actividades, ampliando los sujetos de su función a los Prestadores Públicos, Entidades de Asistencia, Loterías.
En 1990 se reorganiza la Superintendencia, mediante el Decreto-ley 1472 y se le establece como objeto el de ser autoridad técnica en materia de inspección, vigilancia y control de:
a) La calidad y eficiencia de la prestación de los servicios de Salud de los Seguros Sociales Obligatorios, de la Previsión Social, de la Medicina Prepagada y de las Entidades que contratan servicios de salud con el subsector oficial del sector salud y las cajas de compensación familiar;
b) Sobre la liquidación, recaudo, giro, cobro y utilización de los recursos que se apliquen a tales actividades y demás acciones de la salud, cualquiera que sea su origen; y
c) En la eficiencia en la obtención y aplicación de los recursos en las entidades del subsector oficial del sector salud, ampliando su órbita de competencia a nuevos sujetos, como son las Entidades de Previsión, Empresas de Medicina Prepagada, Cajas de Compensación Familiar (Salud) y Licoreras.
En el marco del artículo 20 transitorio de la Constitución Política de 1991, se expidió el Decreto 2165 de 1992, por el cual se reestructura la Superintendencia Nacional de Salud y establece como objetivo de la entidad la de ser autoridad técnica de inspección, vigilancia y control en relación con la siguientes materias:
a) El cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que están sujetas las entidades que prestan servicios de salud, las que prestan servicios de medicina Prepagada y las Cajas de Compensación Familiar;
b) La eficiencia en la aplicación, en la obtención y aplicación de los recursos de las entidades del Subsector Oficial del Sector Salud; y
c) La liquidación, recaudo, giro, cobro y utilización de los recursos fiscales y demás arbitrios rentísticos, cualquiera que sea su origen, con destino a la prestación de los servicios de salud.
Pero es con la expedición de la Ley 100 de 1993, que revolucionó la Salud en Colombia, pasando de un concepto de prestación de servicio a establecer un sistema de Seguridad Social, cuando se introducen cambios fundamentales en la Superintendencia, para hacerla competente y eficiente frente a sus nuevas responsabilidades.
En efecto, mediante el Decreto 1259 de 1994, se reestructuró la Superintendencia Nacional de Salud para que ejerciera funciones de Inspección, Vigilancia y Control del nuevo Sistema General de Seguridad Social en Salud, ampliando obviamente sus competencias hacia los distintos componentes del SGSSS como el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, Fosyga. Como consecuencia directa de estas nuevas funciones, se amplió el ámbito de los sujetos de vigilancia a los distintos actores que operan el Sistema como las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Promotoras de Salud (Régimen Contributivo y Subsidiado), las Institución Prestadora de Servicios de Salud -IPS, Empleadores y Entidades Territoriales (departamentos, distritos y municipios).
Es necesario señalar, que tuvo una nueva reestructuración ordenada por el Decreto 452 del 2000, expedido en el marco del artículo 54 de la Ley 489 de 1998. Esta reforma fue inocua al no adoptar la nueva planta de personal, condición establecida para que las funciones y la estructura interna se ejerciera y operara, respectivamente.
Finalmente, con la expedición de la Ley 1122 de 2007, se crea el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el cual, estará en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, con base en los siguientes ejes: financiamiento, aseguramiento, prestación de servicios de atención en salud pública, atención al usuario y participación social, acciones y medidas especiales, información y focalización de los subsidios en salud; también le otorga facultades de función jurisdiccional y de conciliación, para poder ser eficaz en la atención de las necesidades de los usuarios del sistema, como también agrega nuevos vigilados como son los regímenes especiales y exceptuados.
Con el Decreto 1018 de 2007 (30 de marzo), se modifica la estructura y fortalece la entidad en virtud de la competencia otorgada en la Ley 1122; donde establece cinco (5) Superintendencias Delegadas, así: Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para Salud, Superintendencia Delegada para la Atención en Salud, Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana, Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y Conciliación. Cuatro (4) Oficinas: Oficina Asesora Jurídica, Oficina Asesora de Planeación, Oficina de Control Interno y Oficina de Tecnología de la Información y la Secretaría General.
Se fijan los siguientes objetivos:
i) Fijar las políticas de Inspección, Vigilancia y Control;
ii) Vigilar el cumplimiento de las normas;
iii) Supervisar la calidad de la atención de la salud y control del aseguramiento, la afiliación, la calidad de la prestación de los servicios y la protección de los usuarios;
iv) Velar por la eficiencia en la generación, recaudo, flujo, administración, custodia y aplicación de los recursos con destino a la prestación de los servicios de salud;
v) Exigir la observancia de los principios y fundamentos del servicio público esencial de Seguridad Social en Salud;
vi) Proteger los derechos de los usuarios, en especial, su derecho al aseguramiento y al acceso al servicio de atención en salud, individual y colectiva, en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y estándares de calidad en las fases de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación en salud;
vii) Velar por que la prestación de los servicios de salud se realice sin ningún tipo de presión o condicionamiento frente a los profesionales de la medicina y las instituciones prestadoras de salud;
viii) Evitar que se produzca el abuso de la posición dominante;
ix) Promover la participación ciudadana y establecer mecanismos de rendición de cuentas a la comunidad, que deberá efectuarse por lo menos una vez al año, por parte de los actores del Sistema.
Igualmente amplía el campo de inspección, vigilancia y control a los Regímenes exceptuados y Especiales y se le agregan las funciones jurisdiccionales y de conciliación.
1.2 MISION
Proteger los derechos de los usuarios en salud.
1.3 VISION
Ser reconocida como el ente rector del sistema de vigilancia, inspección y control, que defiende los derechos de los usuarios y propende por el equilibrio financiero del sector salud.
1.4 PRINCIPIOS
La Superintendencia Nacional de Salud ha fijado tres grandes principios como pilotes fundamentales en una construcción colectiva, para que sean compartidos por todos los servidores y se conviertan en el soporte de su cultura organizacional
RESPETO: Reconocer las aptitudes y actitudes de otras personas y asumir una posición objetiva y consciente frente a las funciones, los compañeros y el compromiso institucional.
RESPONSABILIDAD: Cumplir las funciones con efectividad y con la capacidad de aceptar las consecuencias de conformidad con la competencia.
TRABAJO EN EQUIPO: Alcanzar un objetivo en la búsqueda del bien común, mediante el acuerdo de voluntades y esfuerzos.
1.5 NUESTROS VALORES
Los valores institucionales y las actividades que adelanta la Superintendencia Nacional de Salud son los siguientes.
JUSTICIA: Dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece.
HONESTIDAD: Actuar con rectitud e integridad, frente a las diversas situaciones de la vida personal y laboral, obrando coherentemente entre los principios éticos y normas legales
LEALTAD: Ser fiel a la Entidad, respetando los principios, valores y lineamientos institucionales
TRANSPARENCIA: Actuar con claridad y evidencia.
CONFIANZA: Esperanza firme que se tiene en una persona o una cosa; es el resultado que se hace sobre una persona para asumirla como veraz.
EFICIENCIA: Producir el máximo de resultados con calidad, optimizando los recursos humanos, técnicos y administrativos.
COMPROMISO: Empoderarse de los objetivos de la Entidad y su misión, con eficiencia y eficacia.
SOLIDARIDAD: Cooperar y ayudar mutuamente para el logro de las Metas de la Organización. PERTENENCIA: Tomar como propios la Misión, Visión y los Objetivos Institucionales.
TOLERANCIA: Tener la capacidad y habilidad de aceptar y manejar las maneras de actuar, pensar y sentir de los demás.
1.6 ORGANIGRAMA
SUPER INTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
ORGANIGRAMA - DECRETO 1018 DE 2007
<GRÁFICAS NO INCLUIDAS. VER ORIGINALES EN D.O. No. 47.132 de 4 de octubre de 2008; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>
MANUAL DE CALIDAD.
2.1 OBJETO Y ALCANCE DEL SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD
2.1.1 Objeto
Establecer el alcance del Sistema de Gestión de Calidad, los procesos y procedimientos documentados por la entidad adoptados mediante la Resolución 1230 de 2008 y su interrelación, para alcanzar alta calidad en la gestión de la Superintendencia Nacional de Salud.
2.1.2 Alcance y Aplicación del Sistema de Gestión de la Calidad
Para la prestación de servicios de la Superintendencia Nacional de Salud El Sistema de Gestión y Control, opera en la Entidad y su alcance incluye 13 procesos que interactúan para la realización de los productos y/o servicios que la Superintendencia Nacional de Salud entrega o genera.
Estos son:
-- Procesos Estratégicos: Planificación - Evaluación y Control. Dos (2).
-- Procesos Misionales: Financiamiento - Atención en Salud -Orientación y Protección al Usuario - Medidas Especiales - Conciliación - Jurisdiccional. Seis (6).
-- Procesos de Apoyo: Gestión del Talento Humano, Gestión Administrativa y Financiera, Gestión Tecnológica e informática, Gestión de la información y la comunicación, y Asesoría Jurídica. Cinco (5)
2.1.3 Exclusiones
En el Sistema de Gestión de Calidad de la Superintendencia Nacional de Salud, no aplica a diseño y desarrollo (numeral 7.3.1 hasta 7.3.7 NTC-GP 100:2004) puesto que los requisitos para la prestación del servicio se encuentran establecidos en la legislación y reglamentación aplicable, la cual establece las especificaciones y características en las que se debe prestar el servicio. Numeral 7.6. Control de los dispositivos de seguimiento y de medición: Debido a que la organización no utiliza equipos de medición que deban calibrarse, ajustarse o protegerse.
2.2 ADMINISTRACION Y USO DEL MANUAL
El Sistema de Gestión de la Calidad de la Superintendencia Nacional de Salud, está descrito en este manual y contiene los procesos de la institución que son la columna vertebral del mismo sistema. Este manual sirve de guía para los procesos que intervienen en la calidad del servicio final y cuyos lineamientos son de imperativo cumplimiento, entre otros, los que tienen relación con los compromisos contractuales con los clientes y/o usuarios.
Es procedente consignar las siguientes recomendaciones:
2.2.1 Sobre su utilidad
La cuidadosa lectura, asimilación y aplicación permitirá actuar con unidad de criterio, para mejorara los procesos entre los funcionarios de la Superintendencia Nacional de Salud y sus clientes y/o usuarios. Constituirá elemento de primer orden para dirimir las diferencias con los clientes y/o usuarios.
2.2.2 Sobre su expedición y actualización
El Sistema de Gestión de la Calidad de la Superintendencia es una herramienta de gestión en permanente evolución, por consiguiente cualquier funcionario puede proponer debidamente sustentada su propuesta de modificaciones.
Las modificaciones serán enviadas a la Oficina Asesora de Planeación, quien las presentará al Representante de la Dirección del Sistema de Gestión de la Calidad y solo tendrán validez cuando hayan sido aprobadas en sesión conjunta de los comités de Coordinación del Sistema de Control Interno y de Dirección del Sistema de Gestión de la Calidad de acuerdo con el artículo tercero de la resolución 391 de 2008.
2.2.3 Sobre su distribución
Este manual estará disponible para consulta de los funcionarios vía Intranet.
La Oficina Asesora de Planeación ejercerá control sobre sus versiones y distribución.
Este Manual puede enviarse a nuestros clientes, proveedores, entes oficiales o privados, cuando lo requieran como copia no controlada.
PRESENTACIÓN DEL SISTEMA DE CALIDAD.
3.1 POLITICA DE CALIDAD
Como organismo rector del sistema de vigilancia, inspección y control, nos comprometemos a ejercer estas funciones y las jurisdiccionales y de conciliación para proteger el derecho a la salud de los habitantes del territorio colombiano, con transparencia y efectividad, ofreciendo a nuestros usuarios servicios con calidad, calidez y oportunidad a través de la mejora continua de nuestros procesos, el desarrollo tecnológico y la competencia permanente del talento humano.
3.2 OBJETIVOS DE CALIDAD
3.2.1 Afianzar a la Superintendencia como cabeza del sistema de vigilancia, inspección y control en el sector salud, a través de mayor presencia en todo el territorio nacional.
3.2.2 Alcanzar la protección efectiva y oportuna de los derechos de la salud de los usuarios mediante el efectivo ejercicio de vigilancia, inspección y control sobre el aseguramiento, la generación, flujo y administración de los recursos con destino a la salud.
3.2.3 Fortalecer la asistencia y orientación a los vigilados y usuarios del sector salud para el ejercicio de sus derechos y sus deberes.
3.2.4 Lograr la solución efectiva de situaciones que afecten la prestación del servicio de salud, a través del ejercicio de las facultades jurisdiccionales y de conciliación.
3.2.5 Implementar mecanismos de mejora continua que fortalezcan la capacidad institucional y garanticen la transparencia, efectividad y oportunidad en sus procesos, con desarrollo tecnológico y personal competente.
3.3 DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD
La Oficina Asesora de Planeación es la dependencia encargada de controlar la documentación exigida por la Norma Técnica NTC GP 1000:2004
-- Registro y control de documentos.
-- Control del Producto no Conforme.
-- Acciones Correctivas y Preventivas.
-- Auditorías Internas de Calidad.
-- Resolución 01230 del 4 de septiembre de 2008, que adopta el Manual de Procesos y Procedimientos de la Superintendencia Nacional de Salud.
-- Manual de Calidad.
Los mencionados procesos y procedimientos están relacionados en el listado maestro de documentos el cual puede ser consultado vía intranet, para lo cual se debe buscar el link SISTEMA DE GESTION Y CONTROL, MAPA DE PROCESOS Y HACER CLICK EN EL PROCESO DE INTERES, allí encontrará en la parte izquierda una lista de opciones Caracterización, indicadores, normograma, procedimientos comunes, procedimientos del proceso, formatos comunes, formatos del proceso, riesgos comunes, riesgos del proceso, tablas de retención documental y manual de visitas.
<GRÁFICAS NO INCLUIDAS. VER ORIGINALES EN D.O. No. 47.132 de 4 de octubre de 2008; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>
ARTÍCULO 2o. DIVULGACIÓN. El Manual de Calidad será divulgado a los servidores de la Superintendencia a través de la Intranet y puesto a disposición de externos en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2008.
Publíquese y cúmplase.
Superintendente Nacional de Salud (E.),
MARIO MEJÍA CARDONA.