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RESOLUCIÓN 1349 DE 2007
(agosto 15)
Diario Oficial No. 46.748 de 11 de septiembre de 2007
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por la cual se distribuyen y asignan los procesos administrativos en trámite.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,
en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el Decreto 1018 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1018 de 2007 “por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones” señaló competencias entre las distintas Superintendencias Delegadas de la Superintendencia;
Que el citado decreto, establece en el artículo 17 la estructura de la Superintendencia, así:
“…
2. Superintendencia Delegada para la Atención en Salud …
1. Ejercer la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud por parte de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) y por parte de las Entidades Territoriales, respecto de la afiliación, aseguramiento y sistemas de información.
2. Realizar la inspección, vigilancia y control de la atención en salud prestada por las entidades que tengan a su cargo: La Atención Básica en Salud (PAB), el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo (POS), las acciones de salud pública, protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública, el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado (POS-S), la Atención en salud derivada de los accidentes de tránsito y eventos catastróficos, la Atención en salud derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional, la atención inicial de urgencias, la atención en salud de los planes adicionales de salud y por parte de las Entidades Territoriales respecto de la población pobre no cubierta con los subsidios a la demanda.
3. Realizar acciones de inspección, vigilancia y control sobre las funciones de Inspección, vigilancia y control que ejercen las entidades territoriales sobre el aseguramiento y la prestación de servicios de salud en su jurisdicción; …”;
Que el artículo 25 del decreto antes citado dispone que “Los procesos administrativos sancionatorios que al entrar en vigencia el presente decreto adelantan los Directores Generales de la Superintendencia Nacional de Salud serán distribuidos entre los Superintendentes Delegados, mediante resolución que expida el Superintendente Nacional de Salud, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones”;
Que la Superintendencia Delegada para la Atención en Salud, anteriormente conformada por las siguientes direcciones: Dirección General de Empresas Promotoras de Salud y Entidades de Prepago y Dirección General para el Sistema de Control de Calidad, mediante Memorando número 4000-3-11399 de fecha 26 de julio de 2007, remite al Despacho del Superintendente Nacional de Salud, una relación detallada de los asuntos que actualmente se adelantan en la Dirección General de Aseguramiento y que por Decreto 1018 de 2007 son competencia de la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y Participación Ciudadana;
Que en atención a lo expuesto en el anterior considerando, se hace necesario distribuir y asignar los procesos administrativos entre las distintas Superintendencias Delegadas, de acuerdo con la competencia asignada por el Decreto 1018 de 2007;
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Distribuir los procesos administrativos sancionatorios a cargo de la Dirección General de Aseguramiento de la Superintendencia Delegada para la Atención en Salud a la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario y la Participación Ciudadana por ser de su competencia, según las funciones conferidas a la misma a través del Decreto 1018 de 2007.
PARÁGRAFO ÚNICO. La relación de los procesos administrativos a la que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolución hace parte integral de la misma.
ARTÍCULO 2o. Dando cumplimento al artículo 25 del Decreto 1018 de 2007, atentamente hago entrega para su consideración de la relación de los procesos administrativos sancionatorios que se encuentran en la Dirección General de Aseguramiento, de la Superintendencia Delegada para la Atención en Salud, en ochenta y tres (83) asuntos con un total de mil cuatrocientos cuarenta y nueve (1.449) folios.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 2007.
El Superintendente Nacional de Salud,
JOSÉ RENÁN TRUJILLO GARCÍA.