Escudo Colombia
Logo JEP
Logo JEP
Logo Jurinfo
reducir texto aumentar texto aumentar contraste volver contraste accesibilidad Mapa del sitio Tour virtual de la JEP
Buscar search
Índice format_list_bulleted
Buscar

Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:

RESOLUCIÓN 1194 DE 2007

(julio 24)

Diario Oficial No. 46.701 de 26 de julio de 2007

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Por la cual se modifica el numeral 1 del artículo 1o de la Resolución 0664 de 2007.

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993 y el Decreto 1018 de 2007,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 80 de 1993, en su artículo 12 dispone sobre la delegación para contratar lo siguiente: “Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”;

Que mediante Resolución número 0664 del 4 de mayo de 2007, el Superintendente Nacional de Salud, delegó en la Secretaria General entre otras, “1. La facultad de comprometer, contratar y ordenar gastos de funcionamiento por cuantía igual o inferior a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes y sin límite de cuantía en los gastos de inversión. Dicha facultad comprende todos los actos inherentes a esta actividad”;

Que para efectos de que la Secretaria General celebre toda clase de contratos, realice licitaciones o concursos y demás actividades propias de la contratación estatal, el Superintendente está facultado por disposición expresa de la ley para delegar totalmente la competencia en servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, y

Por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el numeral 1 del artículo 1o de la Resolución 664 del 4 de mayo de 2007, el cual quedará así: Delegar en la Secretaria General, la facultad de comprometer, contratar, y ordenar gastos de funcionamiento e inversión, sin límite de cuantía alguna. Dicha facultad comprende todos los actos inherentes a la actividad contractual.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de julio de 2007.

El Superintendente Nacional de Salud,

JOSÉ RENÁN TRUJILLO GARCÍA.

×