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RESOLUCIÓN 930 DE 2007
(junio 15)
Diario Oficial No. 46.666 de 21 de junio de 2007
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por la cual se distribuyen y asignan los procesos administrativos sancionatorios en trámite.
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD,
en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el Decreto 1018 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1018 de 2007 “por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones” señaló competencias entre las distintas Superintendencias Delegadas de la Superintendencia.
Que el citado Decreto establece en el artículo 17 la estructura de la Superintendencia, así:
“…
2. Superintendencia Delegada para la Atención en Salud …
1. Ejercer la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud por parte de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud (EAPB) y por parte de las Entidades Territoriales, respecto de la afiliación, aseguramiento y sistemas de información.
2. Realizar la inspección, vigilancia y control de la atención en salud prestada por las entidades que tengan a su cargo: La Atención Básica en Salud (PAB), el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo (POS), las acciones de salud pública, protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública, el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado (POS-S), la Atención en salud derivada de los accidentes de tránsito y eventos catastróficos, la Atención en salud derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional, la Atención inicial de urgencias, la atención en salud de los planes adicionales de salud y por parte de las Entidades Territoriales respecto de la población pobre no cubierta con los subsidios a la demanda.
3. Realizar acciones de inspección, vigilancia y control sobre las funciones de Inspección, vigilancia y control que ejercen las entidades territoriales sobre el Aseguramiento y la prestación de servicios de salud en su jurisdicción; …”.
Que el artículo 25 del Decreto antes citado dispone que “Los procesos administrativos sancionatorios que al entrar en vigencia el presente decreto adelantan los Directores Generales de la Superintendencia Nacional de Salud serán distribuidos entre los Superintendentes Delegados, mediante resolución que expida el Superintendente Nacional de Salud, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones”.
Que la Superintendencia Delegada para la Atención en Salud, anteriormente conformada por las siguientes direcciones: Dirección General de Empresas Promotoras de Salud y Entidades de Prepago y dirección general para el sistema de control de calidad, mediante memorando número 4052-3-, de fecha 7 de junio de 2007, remite al despacho del Superintendente Nacional de Salud, una relación detallada de los procesos administrativos sancionatorios que actualmente se adelantan en las Direcciones Generales.
Que en atención a lo expuesto en el anterior considerando, se hace necesario distribuir y asignar los procesos administrativos entre las distintas Superintendencias Delegadas, de acuerdo con la competencia asignada por el Decreto 1018 de 2007.
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Distribuir los procesos administrativos sancionatorios a cargo de las Direcciones Generales de Empresas Promotoras de Salud y Entidades de Prepago del Sistema de Gestión de Calidad, al Superintendente Delegado para la Atención en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTÍCULO 2o. Las Direcciones Generales de Empresas Promotoras de Salud y Entidades de Prepago y del Sistema de Gestión de Calidad, a través de los funcionarios actualmente responsables, mantendrá la custodia de todos los procesos administrativos sancionatorios y proyectará las decisiones a que haya lugar para la firma del Superintendente Delegado para la Atención en Salud.
PARÁGRAFO. La relación de los procesos administrativos a la que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolución hace parte integral de la misma.
ARTÍCULO 3o. Para el efecto se anexa el inventario que contiene los datos generales de los procesos administrativos sancionatorios, repartidos por bloques de la siguiente manera:
1. Dirección General de Entidades Promotoras de Salud y Entidades de Prepago: en 5 folios con 94 investigaciones.
2. Dirección General para el Sistema de Control de Calidad: 11 folios con 176 investigaciones.
ARTÍCULO 4o. Y los demás asuntos que dentro del proceso de implementación de la nueva estructura de la Superintendencia Nacional de Salud competan a la Superintendencia Delegada para la Atención en Salud.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D.C., a 15 de junio de 2007.
El Superintendente Nacional de Salud,
JOSÉ RENÁN TRUJILLO GARCÍA.