Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 723 DE 2015
(enero 15)
Diario Oficial No. 49.415 de 4 de febrero de 2015
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Por la cual se modifica el artículo 12 de la Resolución número 8934 de 2014.
EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO,
en ejercicio de sus facultades legales y, en particular, las previstas en la Ley 594 de 2000 y en los Decretos números 2578 y 2609 de 2012 y 4886 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 26 del Decreto número 2578 de 2012 establece la obligación que tienen las empresas e instituciones privadas que estén bajo la vigilancia del Estado, a contar con archivos creados, organizados, preservados y controlados, teniendo en cuenta los principios archivísticos, el ciclo de vida de los documentos, las normas que regulan cada sector, así como las establecidas en la Ley 594 de 2000;
Que en los artículos 35 y 36 del Decreto número 2609 de 2012 se prevé la responsabilidad de los Ministerios y las Superintendencias, en sus respectivos sectores, para establecer normas en cuanto a la formulación, implementación y evaluación del programa de gestión documental de las entidades privadas bajo su inspección y vigilancia; así mismo, dispone que el Archivo General de la Nación coordinará con los Ministerios y Superintendencias el desarrollo de la normativa que en materia de gestión documental deba expedirse para las entidades privadas bajo el control y vigilancia de dichas autoridades;
Que la Superintendencia de Industria y Comercio, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 594 de 2000 y los Decretos números 2578 y 2609 de 2012, expidió la Resolución número 8934 del 19 de febrero de 2014, mediante la cual se establecen las directrices en materia de gestión documental y organización de archivos que deben cumplir los vigilados por esta Entidad;
Que en el artículo 12 de la Resolución número 8934 de 2014 se señala:
“La presente resolución establece un plazo de un (1) año, contado a partir de su entrada en vigencia, para que las empresas e instituciones privadas elaboren sus tablas de retención documental y adopten el programa de gestión documental respectivo, el cual deberá incluir las políticas para la adopción e implementación de la gestión de documentos electrónicos de archivo, así como un plan para la organización de fondos documentales acumulados”;
Que se han recibido solicitudes de algunos vigilados solicitando la ampliación del término otorgado para la elaboración de las tablas de retención documental y la adopción del programa de gestión documental[1];
Que se hace necesario modificar el artículo 12 de la Resolución número 8934 de 2014 de la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin de ampliar el término otorgado para la elaboración de las tablas de retención documental y la adopción del programa de gestión documental;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifícase el artículo 12 de la Resolución número 8934 de 2014, el cual quedará así:
“Artículo 12. La presente resolución otorga plazo hasta el 31 de octubre de 2015, para que las empresas e instituciones privadas elaboren sus tablas de retención documental y adopten el programa de gestión documental respectivo, el cual deberá incluir las políticas para la adopción e implementación de la gestión de documentos electrónicos de archivo, así como un plan para la organización de fondos documentales acumulados”.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de enero de 2015.
El Superintendente de Industria y Comercio,
PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO.