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RESOLUCION 1856 DE 2002
(noviembre 5)
Fuente: Archivo interno de la entidad
<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Por la cual se adopta el Manual de Procesos y Procedimientos del Enlace de Tesorería entre los Fondos Cuenta (Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y Fondo de Inversión para la Paz) y la Oficina de Tesorería del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 87 de 1993, artículo 4°, l iterales b) y l), el Decreto 2719 del 27 de diciembre de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que conforme con el artículo 1°, parágrafo único, de la Ley 87 de 1993, los Manuales de Procesos y procedimientos son uno de los instrumentos a través de los cuales se cumple el control interno;
Que la aplicación de este instrumento contribuye al logro de uno de los objetivos del control interno, como es garantizar la eficacia, eficiencia y economía en todas las operaciones, promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República;
Que la estandarización de los procedimientos institucionales, dentro de parámetros de calidad, facilita y agiliza la gestión de la entidad;
Que es necesario implantar el Manual de Procesos y Procedimientos del Enlace de Tesorería entre los Fondos Cuenta (Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y Fondo de Inversión para la Paz) y la Oficina de Tesorería del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el Manual de Procesos y Procedimientos para el Enlace de Tesorería entre los Fondos Cuenta (Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y Fondo de Inversión para la Paz) y la Oficina de Tesorería del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el cual hace parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. Establecer en los responsables del Enlace de Tesorería entre los Fondos Cuenta (Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y Fondo de Inversión para la Paz) y la Oficina de Tesorería del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la obligación de velar por la implementación y desarrollo de los procedimientos y herramientas administrativas necesarias para el buen desempeño de las actividades propias de su competencia.
ARTÍCULO 3o. La coordinación de la implantación y evaluación del Manual de Procesos y Procedimientos adoptado mediante la presente resolución, estará a cargo de la Oficina de Planeación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
ARTÍCULO 4o. El Jefe de la Oficina de Planeación comunicará a los responsables del Enlace de Tesorería, el respectivo Manual de Procesos y Procedimientos.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 5 de noviembre de 2002.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, ALBERTO VELÁSQUEZ ECHEVERRI.