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RESOLUCIÓN 92 DE 2006
(abril 20)
Diario Oficial No. 46.246 de 21 de abril de 2006
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Por la cual se establece una zona de ubicación temporal dentro del territorio nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere la Ley 782 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 22 de la Constitución Política dispone que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento;
Que mediante Resolución 280 de 2005 el Gobierno Nacional declaró abierto el proceso de diálogo, negociación y firma de acuerdos con el Bloque Elmer Cárdenas de las Autodefensas Campesinas BEC-AC;
Que el artículo 3o de la Ley 782 de 2002 faculta al Gobierno Nacional para acordar la ubicación temporal de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, con los que se adelanten diálogos, negociaciones o firma de acuerdos, en precisas y determinadas zonas del territorio nacional o internacional, de considerarlo conveniente;
Que para la concentración y desmovilización del Bloque Elmer Cárdenas de las Autodefensas Campesinas BEC-AC se considera necesaria la ubicación temporal de sus miembros en una precisa zona del territorio nacional,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Para los efectos mencionados en la parte considerativa de esta resolución, créase como zona de ubicación temporal para sus miembros, el corregimiento El Cuarenta, en el municipio de Turbo, departamento de Antioquia, por el término de tres meses.
ARTÍCULO 2o. En la zona a que se refiere la presente resolución regirán, en lo pertinente a ella, los efectos previstos en el artículo 3o de la Ley 782 de 2002.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de abril de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
SABAS PRETELT DE LA VEGA.
El Ministro de Defensa Nacional,
CAMILO OSPINA BERNAL.