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RESOLUCIÓN EJECUTIVA 52 DE 2006

(marzo 3)

Diario Oficial No. 46.202 de 6 de marzo de 2006

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Por la cual se establece una zona de ubicación temporal dentro del territorio nacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial de las que le confiere la Ley 782 de 2002,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 22 de la Constitución Política dispone que la Paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento;

Que la Compañía “La Gaitana” del Comando Conjunto Central de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC, ha manifestado su voluntad de realizar todos los actos tendientes a su desmovilización y reincorporación a la vida civil;

Que para la concentración y desmovilización de la Compañía “La Gaitana” del Comando Conjunto Central de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC, se considera necesaria la ubicación temporal de sus miembros en una precisa zona del territorio nacional.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Con el único propósito de concentrar y desmovilizar a quienes forman parte de la Compañía “La Gaitana” del Comando Conjunto Central de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC, créase como zona de ubicación temporal para sus miembros, el Corregimiento de La Tebaida, municipio de Alvarado, departamento de Tolima, por el término de ocho días.

ARTÍCULO 2o. En la zona a que se refiere la presente resolución regirán, en lo pertinente a ella, los efectos previstos en el artículo 3o de la Ley 782 de 2002.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de marzo de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

SABAS PRETELT DE LA VEGA.

El Ministro de Defensa Nacional,

CAMILO OSPINA BERNAL.

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