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RESOLUCIÓN 172 DE 2010
(enero 22)
Diario Oficial No. 47.603 de 25 de enero de 2010
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifican parcialmente los artículos 3o y 4o de la Resolución 4283 de 2003.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el artículo 32 del Decreto-ley 205 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 6o del Decreto-ley 205 de 2003 dispone que corresponde al Despacho del Ministro de la Protección Social, dirigir y velar por la ejecución de las po- líticas, planes y programas relacionados con la misión, objetivos y políticas del Ministerio. Que dentro del objetivo sectorial de “Fortalecer el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control (…)” se encuentra el objetivo institucional “6.3 Establecer los lineamientos de política, estrategias, instrumentos y metodologías para Fortalecer el Sistema de Inspección,
Vigilancia y Control en el marco de la Protección Social (...)”.
Que en desarrollo de dicho objetivo institucional fueron expedidos los Decretos 1293 y 1294 de 2009, los cuales modifican en su orden, la estructura y la planta de personal del Ministerio de la Protección Social.
Que el artículo 1o del Decreto 1294 de 2009 suprimió de la planta de personal del Ministerio de la Protección Social cuatro (4) cargos de Director Territorial Código 0042 Grado 07, los cuales se ubicaban en las direcciones territoriales de Guainía, Guaviare. Vaupés y Vichada.
Que con el fin de mantener la presencia del Ministerio de la Protección Social a nivel nacional, se requiere determinar la Dirección Territorial que asumirá la competencia que tenían las direcciones territoriales suprimidas como consecuencia de la expedición del Decreto 1294 de 2009, señalar las inspecciones que la conforman y la jurisdicción de cada una de ellas.
Que como consecuencia de lo anterior, se hace necesario modificar parcialmente los artículos 3o y 4o de la Resolución 4283 de 2009 <SIC, es 2003>. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 3o de la Resolución 4283 de 2003, en el sentido de que a partir de la expedición de la presente resolución, la actual Dirección Territorial de Casanare se denominará Dirección Territorial de Orinoquia-Amazonia con sede en la ciudad de Yopal.
Los municipios sede de las inspecciones de trabajo de la Dirección Territorial de Orinoquia-Amazonia y la jurisdicción de las mismas serán los siguientes:
MINICIPIO SEDE-INSPECCION DE TRABAJO | MUNICIPIOS QUE INTEGRAN LA JURISDICCION |
MITU PUERTO CARREÑO | Cururú, Mitú, Pacoa, Papunaua, Taraira, Yavaraté Cumaribo, La Primavera, Puerto Carreño, Santa Rosalía |
PUERTO INIRIDA | Barranco Minas, Cacahual, La Guadalupe, Morichal Nuevo, Pana Pana, Puerto Colombia, Puerto Inírida, San Felipe |
SAN JOSE DE GUAVIARE | Calamar, El Retorno, Miraflores, San José del Guaviare |
YOPAL | Aguazul, Chámeza, Hato Corozal, Maní, Nuchía, Orocué, Paz de Ariporo, Pore, Recetor, San Luis de Palenque, Támara, Tauramena, Trinidad, Yopal, Pajarito (Boy.) |
Como consecuencia de lo anterior, se suprime del artículo 3o de la Resolución 4283 de 2003, la alusión a las Direcciones Territoriales de Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada.
ARTÍCULO 2o. Modificar parcialmente el artículo 4o de la Resolución 4283 de 2003, en el sentido de que a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, el municipio de Pajarito (Boyacá) que corresponde a la jurisdicción de la Dirección Territorial de Casanare, pasa a ser de la jurisdicción de la Dirección Territorial Orinoquia-Amazonia.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los artículos 3o y 4o de la Resolución 4283 de 2003.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de enero de 2010.
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT