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RESOLUCIÓN 180905 DE 2011
(junio 3)
Diario Oficial No. 48.093 de 7 de junio de 2011
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
Por la cual se adopta el Plan Estratégico del Ministerio de Minas y Energía para el año 2011.
EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,
en uso de las facultades legales y en especial la establecida en el artículo 5o del Decreto 070 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en el literal a) del artículo 4o de la Ley 87 de 1993, los Objetivos y Metas tanto generales como específicos, así como la formulación de los Planes Operativos de la Entidad, conforman uno de los elementos del Sistema de Control Interno de la Entidad como es el de la Planeación, a que hacen referencia los artículos 10 y 12 del Decreto 2145 de 1999.
Que en desarrollo de lo anterior, se definió el Plan Estratégico del Ministerio el cual contiene:
a) El Pensamiento Estratégico que incluye la Misión, la Visión, el Código de Ética y los Objetivos Misionales, y
b) El Plan Operativo, el cual contempla el Plan de Acción de cada una las Dependencias de la Entidad con sus correspondientes Objetivos, Metas, Indicadores, Procesos, fechas de cumplimiento y Responsables.
Que el artículo 11 del Decreto 2145 de 1999 establece que el Nivel Directivo define las políticas, objetivos y metas corporativas a alcanzar durante los periodos constitucionales y legales correspondientes, como marco de referencia para la definición de los planes indicativos y de acción.
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el Plan Estratégico del Ministerio de Minas y Energía para el año 2011, el cual hace parte integral del presente acto administrativo como instrumento de gestión del Ministerio, para orientar la ejecución de la Misión institucional para el año 2011.
ARTÍCULO 2o. Delegar en los Jefes de cada Área Organizacional la vigilancia del cumplimiento de los Objetivos y Procesos que sean de su responsabilidad, debiendo informar el estado de ejecución al Grupo de Planeación y Cooperación Técnica Internacional, quien presentará informes de avance trimestral al cuerpo directivo.
ARTÍCULO 3o. Autorizar la modificación de los planes de las áreas organizacionales del Ministerio cuando las circunstancias lo ameriten.
ARTÍCULO 4o. Divulgar el Plan Estratégico 2011 de la Entidad a través del Grupo de Planeación y Cooperación Técnica Internacional.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga la Resolución 18-0320 del 26 de febrero de 2010.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de junio de 2011.
El Ministro de Minas y Energía,
CARLOS RODADO NORIEGA.