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RESOLUCIÓN 5572 DE 2008

(diciembre 9)

Diario Oficial No. 47.204 de 15 de diciembre de 2008

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se adopta el Código de Buen Gobierno y el Código de Etica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 6o del Decreto 4646 de 2006,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1599 de 2005 adoptó el Modelo Estándar de Control Interno MECI, para el Estado Colombiano, el cual dentro del subsistema de control estratégico y el componente de ambiente de control, buscan establecer el desarrollo e implementación de los acuerdos, compromisos, estilo de dirección y protocolos éticos de las entidades;

Que se hace necesario adoptar en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Código de Buen Gobierno y el Código de Etica, como instrumentos orientadores de la gestión ética institucional y de cultura organizacional que permite implementar políticas y mecanismos de integridad, transparencia y eficiencia en el cumplimiento de la misión, visión, política y objetivos de la calidad, así como de los planes y programas de la entidad, dirigidos a los clientes internos y externos de la entidad;

Que el Código de Buen Gobierno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, busca establecer la línea de conducta que deben adoptar los directivos de la entidad, fijando los derroteros que orienten una gestión eficiente, eficaz, efectiva y con calidad, que genere confianza a los clientes internos y externos;

Que el Código de Etica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es el conjunto de pautas, acuerdos, compromisos y lineamientos de comportamiento éticos que orienta el actuar de los servidores de la entidad, en un marco de transparencia como garantía para el empleado mismo y la sociedad en general,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar y difundir el Código de Buen Gobierno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. Adoptar y difundir el Código de Etica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 3o. Los Códigos adoptados mediante la presente resolución deberán ser divulgados y socializados por todos los medios que se estimen convenientes, por parte de la Oficina de Atención al Usuario del Grupo de Gestión de Información de la Subdirección de Servicios, por lo anterior se deberán publicar en primer lugar, en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Así mismo, deberán incluirse dentro de los procesos de inducción y reinducción que brinda la Subdirección de Recursos Humanos a los servidores de la entidad y dentro de los procesos de selección que adelanta el Grupo de Contratos.

ARTÍCULO 3o. <sic, es 4o.> VIGENCIA. La presente resolución rige a partir deja fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2008.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

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