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RESOLUCIÓN 2706 DE 2011

(septiembre 21)

Diario Oficial No. 48.201 de 23 de septiembre de 2011

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se efectúa una delegación.

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el numeral 17 del artículo 6o del Decreto 4712 de diciembre de 2008,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 549 de 1999, establece en su artículo 3o que corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la administración del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales – Fonpet.

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 3o del Decreto 4810 de 2010, “por medio del cual se dictan normas en relación con el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales – Fonpet y se modifica el parágrafo 1o del artículo 1o del Decreto 4105 de 2004”, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social expedirán de manera conjunta las instrucciones operativas que permitan definir de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, las obligaciones por cuotas partes pensionales a cargo de cada entidad, las condiciones en que se acreditarán dichas obligaciones, los requisitos para la compensación y la forma en que se acreditará el saldo resultante a favor de la entidad acreedora.

Que el Decreto 4712 de 2008, en el numeral 17 del artículo 6o establece como función del Ministro de Hacienda y Crédito Público el delegar, en los empleados públicos de los niveles directivo o asesor las funciones que se requieran para el mejor desarrollo de la gestión del Ministerio.

Que la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social es la Dirección dentro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargada de llevar a cabo la gestión de los temas relacionados con el Fonpet, por lo que resulta procedente que sea la encargada de suscribir el instructivo previsto en el artículo 3o del Decreto 4810 de 2010,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director(a) de la Dirección de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la suscripción del instructivo previsto por el artículo 3o del Decreto 4810 de 2010, “por medio del cual se dictan normas en relación con el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales – Fonpet y se modifica el parágrafo 1o del artículo 1o del Decreto 4105 de 2004”.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre de 2011.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

JUAN CARLOS ECHEVERRY GARZÓN.

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