Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 8766 DE 2011
(octubre 7)
Diario Oficial No. 48.220 de 12 de octubre de 2011
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Por la cual se fija el cronograma para la realización del proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes oficiales en el 2011, en las entidades territoriales certificadas en educación.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 148 de la Ley 115 de 1994, el artículo 5o de la Ley 715 de 2001 y el Decreto 520 de 2010.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el siguiente cronograma de actividades para el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes al servicio del Estado, que se debe adelantar durante el año 2011, por parte de las entidades territoriales certificadas en educación:
ACTIVIDAD | FECHA CALENDARIO |
Revisión de las vacantes definitivas y consolidación de la información pertinente. | Hasta el 19 de octubre de 2011 |
Expedición, publicación y envío al Ministerio de Educación Nacional del reporte anual de vacantes definitivas por establecimiento educativo. | 20 de octubre 2011 |
Emisión y publicación del acto administrativo de convocatoria al proceso ordinario de traslados. | 24 de octubre de 2011 |
Difusión de la convocatoria al proceso ordinario de traslados. | Desde octubre 25 hasta noviembre 17 de 2011 |
Inscripción de los docentes y directivos docentes al proceso ordinario de traslados. | Entre el 18 y el 29 de noviembre de 2011 |
Toma de decisión frente a cada solicitud de traslado y suscripción de los convenios interadministrativos para los traslados entre entidades territoriales a que haya lugar. | Entre el 30 de noviembre y el 6 de diciembre de 2011 |
Publicación de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado. | 7 de diciembre de 2011 |
Recepción de solicitudes de ajuste de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado. | Entre el 7 y el 15 de diciembre de 2011 |
Decisión frente a las solicitudes de ajuste de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado y modificación de la lista si hay lugar a ello. | Entre el 7 y el 19 de diciembre de 2011 |
Expedición de los actos administrativos de traslado | 20 y 21 de diciembre de 2011 |
Comunicación del traslado a los rectores y directores rurales de los establecimientos educativos en los que se generarán los cambios. | 13 de enero de 2012 |
PARÁGRAFO. La publicación de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslado deberá mantenerse como mínimo hasta el 15 de diciembre de 2011, de conformidad con lo establecido en el Decreto 520 de 2010.
ARTÍCULO 2o. El rector o director rural del establecimiento educativo estatal receptor o quien haga sus veces deberá expedir la correspondiente constancia de presentación del educador que laborará en tal establecimiento, en cumplimiento del traslado, y remitirla a la Secretaría de Educación respectiva, dentro de los (5) cinco primeros días hábiles siguientes al inicio del calendario académico. Dicha constancia deberá contener, por lo menos, el nombre completo del educador, documento de identidad, fecha de presentación y las observaciones que el rector o director rural considere pertinentes.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 7 de octubre de 2011.
La Ministra de Educación Nacional,
MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA.