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RESOLUCIÓN 5420 DE 2010

(junio 30)

Diario Oficial No. 47.758 de 2 de julio de 2010

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Por la cual se fija el cronograma para la realización del proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes por parte de las entidades territoriales certificadas en el 2010.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 148 de la Ley 115 de 1994, el artículo 5o de la Ley 715 de 2001,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Cronograma subrogado por el artículo 1 de Resolución 6149 de 2010>

<El texto original es el siguiente:>

Adoptar el siguiente cronograma de actividades para el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se debe adelantar durante el año 2010, por parte de las entidades territoriales certificadas en educación:

ACTIVIDADFECHA CALENDARIO A 2010FECHA CALENDARIO B 2010 EN TRANSICIÓN
Revisar las vacantes definitivas sin proveer y levantar la información pertinente.Del 2 al 5 de noviembreDel 1o al 7 de julio
Reportar al Ministerio de Educación las vacantes definitivas ofertarán para traslados.10 de noviembre10 de julio de 2010
Emitir el acto administrativo de la convocatoria al proceso ordinario de traslados. 15 de octubre15 de julio de 2010
Difundir por todos los medios disponibles la convocatoria.Del 16 de
noviembre al 6
de diciembre
Del 16 de julio al 9 de agosto de
2010
Inscripción de los educadores al proceso de traslados.Del 7 al 16 de
diciembre
Del 10 al 20 de
agosto de 2010
Valoración de las solicitudes, aplicación de criterios y toma de decisiones. Del 17 al 23 de diciembreDel 23 al 27 de agosto de 2010
Publicar el listado de los docentes y directivos docentes seleccionados para traslado con la información pertinente y solución de reclamaciones, incluyendo los traslados entre entidades territoriales certificadas.Del 28 de diciembre de 2010 al 5 de enero de 2011Del 30 de agosto al 8 de septiembre de 2010
Expedir los actos administrativos de traslados y la suscripción de los convenios interadministrativos para los traslados entre entidades territoriales.Del 7 al 10 de enero de 2011Del 10 al 13 de septiembre de 2010
Comunicar el traslado a los docentes y directivos docentes seleccionados y a los rectores y directores rurales de los establecimientos educativos en que se generen los cambios.11 de enero de 201114 de septiembre de 2010
Recibir en las Secretarías de Educación las constancias de presentación suscritas por los rectores, directores rurales o quien haga sus veces.Quinto día hábil después de iniciado el calendario académico del siguiente periodo académico.

ARTÍCULO 2o. Todas las entidades territoriales certificadas cuyo calendario se encuentre en transición y que terminen trabajo académico entre el 22 de noviembre y el 3 de diciembre de 2010, deben aplicar el cronograma para el calendario A.

ARTÍCULO 3o. El rector o director rural del establecimiento educativo estatal receptor o quien haga sus veces deberá expedir la correspondiente constancia de presentación del Educador a laborar en cumplimiento del traslado y remitirla a la Secretaría de Educación respectiva, dentro de los (5) cinco primeros días hábiles del inicio del calendario académico. Dicha constancia deberá contener, por lo menos, el nombre completo del educador, documento de identidad, fecha de presentación y las observaciones que el rector o director rural consideren pertinente.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2010.

La Ministra de Educación Nacional,

CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE.

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