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RESOLUCIÓN 15683 DE 2016

(agosto 1o)

Diario Oficial No. 49.953 de 2 de agosto de 2016

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 3842 de 2022>

Por la cual se subroga el Anexo I de la Resolución 9317 de 2016 que adoptó el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias para los cargos de directivos docentes y docentes del Sistema Especial de Carrera Docente.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,

en ejercicio de las facultades legales establecidas en el artículo 2.4 6.3.8 del Decreto 1075 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”.

Que mediante Decreto 490 de 2016 se reglamentó el Decreto-ley 1278 de 2002 en materia tipos de empleos del Sistema Especial de Carrera Docente y su provisión; precepto que se adicionó al Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación.

Que el artículo 2.4.6.3.8 del Decreto 1075 de 2015 asigna al Ministerio de Educación Nacional la competencia de adoptar el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias para cada uno de los cargos del sistema especial de carrera docente, con el fin de garantizar la valoración objetiva y transparente en el proceso de selección y vinculación de los educadores de instituciones educativas oficiales de las entidades territoriales certificadas.

Que en cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Educación Nacional adoptó el referido Manual de Requisitos, Competencias y Funciones mediante el Anexo I de la Resolución 9317 de 2016, en el cual se definen los perfiles, requisitos académicos y experiencia profesional que deben cumplir quienes aspiren a desempeñar alguno de los cargos del sistema de carrera especial docente.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.4.6.3.11 del Decreto 1075 de 2015, el Ministerio de Educación Nacional mediante la Resolución 6312 de 2016 implementó el aplicativo denominado “Banco Nacional de la Excelencia” que debe ser utilizado por las entidades territoriales certificadas en educación para proveer mediante nombramiento provisional los cargos docentes que se hallen en vacancia definitiva.

Que durante el proceso de provisión de plazas a través del “Banco Nacional de la Excelencia”, se ha evidenciado la necesidad de ampliar la base de profesionales que puedan ocupar cargos docentes debido a la baja disponibilidad de aquellos que cumplen con los requisitos establecidos en el Manual de Requisitos, Competencias y Funciones establecido por el Ministerio.

Que con el fin de asegurar la concurrencia de una mayor cantidad de profesionales interesados en desempeñarse como educadores oficiales, y atendiendo a la necesidad de cubrir las plazas vacantes es necesario subrogar el Manual de Requisitos, Competencias y Funciones contenido en el Anexo I de la Resolución 9317 de 2016 para que en la formación académica que se exige para algunos cargos del Sistema Especial de Carrera Docente se habiliten otros títulos de licenciaturas y otros del nivel profesional universitario que guarden afinidad con las funciones atribuidas a los mencionados cargos.

Que el perfil de docente en educación inicial es fundamental para asegurar el cumplimiento de las metas de calidad fijadas para la política de primera infancia, razón por la cual su actualización es necesaria y permite a los establecimientos educativos alinear sus proyectos educativos con los propósitos que se han fijado para la educación integral de los niños y niñas.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. SUBROGACIÓN DEL MANUAL DE FUNCIONES, REQUISITOS Y COMPETENCIAS. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 3842 de 2022> Subróguese el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias contenido en la Resolución 9317 de 2016 de la forma como queda previsto en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

1o de agosto de 2016.

La Ministra de Educación Nacional,

GINA PARODY D'ECHEONA.

<Anexo no publicado en el Diario Oficial>

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