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RESOLUCIÓN 8534 DE 2018
(noviembre 29)
Diario Oficial No. 50.793 de 30 de noviembre de 2018
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Por la cual se delegan unas funciones relacionadas con la administración de personal, para el desarrollo de la convocatoria a concurso abierto de méritos de los empleos vacantes pertenecientes al Sistema Especial de Carrera del Sector Defensa.
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
en uso de la facultad que confiere el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 8 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011.
CONSIDERANDO:
Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la Ley 489 de 1998, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que los Ministros podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y por los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.
Que corresponde a los Ministros dirigir las funciones de administración de personal, conforme a las normas sobre la materia, de conformidad con el artículo 61, literal g) de la Ley 489 de 1998.
Que en el numeral 8o del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, se señala como función del Ministro de Defensa Nacional, la de delegar en dependencias y funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias, para la correcta prestación del servicio en el Ministerio.
Que el artículo 32 del Decreto-ley 091 de 2007, establece que la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional es global, sin perjuicio de que se encuentren en actos administrativos distintos y comprende los empleos públicos del personal civil y no uniformado asignado a la Unidad Gestión General del Ministerio de Defensa, Comando General de las Fuerzas Militares, Comandos de Fuerza, Policía Nacional, Dirección General de Sanidad Militar, Dirección General Marítima, Justicia Penal Militar.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, en el marco de las facultades otorgadas por el artículo 130 de la Constitución Política, está liderando la convocatoria para proveer a través del mérito las vacantes definitivas de los empleos pertenecientes al Sistema Especial de Carrera del Sector Defensa.
Que teniendo en cuenta la estructura y naturaleza del Ministerio de Defensa Nacional, y con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa, en especial los de economía y celeridad, se hace necesario delegar en el Comandante General de las Fuerzas Militares, los Comandantes de Fuerza, el Director General de la Policía Nacional, Director General de Sanidad Militar, Director General Marítimo, Director del Centro de Rehabilitación Inclusiva “DCRI”, Director justicia Penal Militar, Director de Sanidad de la Policía Nacional y Director de Bienestar de la Policía Nacional, la facultad de certificar la Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC), suscribir la convocatoria a concurso abierto de méritos de los empleos vacantes pertenecientes al Sistema Especial de Carrera del Sector Defensa de la planta de personal de cada una de sus dependencias, en el marco del mandato Constitucional y de las normas vigentes e instrucciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil; así como, la realización de todas las actuaciones que se requieran para la ejecución de la convocatoria, con el propósito de dar agilidad a la gestión.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Comandante General de las Fuerzas Militares, los Comandantes de Fuerza, el Director General de la Policía Nacional, Director General de Sanidad Militar, Director General Marítimo, Director del Centro de Rehabilitación Inclusiva “DCRI”, Director Justicia Penal Militar, Director de Sanidad de la Policía Nacional y Director de Bienestar de la Policía Nacional, la facultad de certificar la Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC), suscribir la convocatoria a concurso abierto de méritos de los empleos vacantes pertenecientes al Sistema Especial de Carrera del Sector Defensa de la planta de personal de cada una de sus dependencias, en el marco del mandato Constitucional y de las normas vigentes e instrucciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil; así como, la realización de todas las actuaciones que se requieran para la ejecución de la convocatoria.
ARTÍCULO 2o. CONDICIONES DE LA DELEGACIÓN. La delegación efectuada a través de la presente resolución, será ejercida conforme a las siguientes condiciones:
1. Constituye condición necesaria para el ejercicio de las competencias que por medio de la presente resolución se delegan, la observancia plena de las condiciones, requisitos y políticas establecidas por este Ministerio.
2. Cuando lo estime conveniente el Ministro de Defensa Nacional podrá reasumir en todo caso y en cualquier momento, total o parcialmente, las competencias delegadas por medio del presente acto.
3. Cuando el Ministro de Defensa Nacional reasuma una facultad para un caso específico, dicha facultad no se entenderá reasumida en forma permanente, a menos que el acto administrativo emitido para tal fin así lo exprese.
4. Las facultades delegadas mediante la presente resolución son indelegables. Los delegados no podrán subdelegar en otros funcionarios la realización de los actos objeto de la delegación.
5. El Ministro de Defensa Nacional continuará ejerciendo el seguimiento de la actividad delegada mediante el presente acto administrativo, por medio de instrumentos y herramientas que en su oportunidad se implementen.
6. Las responsabilidades y consecuencias de la presente resolución, se rigen por las normas legales aplicables, y en particular por el artículo 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998.
7. La delegación contenida en el presente acto administrativo exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deja vigentes las demás disposiciones relacionadas con la delegación en materia de administración de personal.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 2018.
El Ministro de Defensa Nacional,
Guillermo Botero Nieto.