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RESOLUCIÓN 5159 DE 2017

(julio 18)

Diario Oficial No. 50.301 de 21 de julio de 2017

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016.

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las que le han sido conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, artículo 12 de la Ley 80 de 1993, artículo 110 del Decreto número 111 de 1996; artículos 9o, 10, 11 y 12 de la Ley 489 de 1998, y artículo 2o del Decreto número 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, se delegaron unas funciones y competencias relacionadas con la contratación de bienes y servicios con destino al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones;

Que mediante Resolución número 5662 del 27 de junio de 2016, se modificó parcialmente la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, en el sentido de modificar el subnumeral 26.1.2.;

Que el Comando General de las Fuerzas Militares solicitó la modificación de la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016 por la cual se delegaron unas funciones y competencias relacionadas con la contratación, mediante Oficios números 0673-MDN-CGFM-JEM-SEMCO-JEIMC-DIRAD-1.10 del 22 de marzo de 2017 y 1467/MDN-CGFM-JEM-SEMCO-JEIMC-DIRAD-41.1 del 29 de junio de 2017;

Que el artículo 5o de la Ley 489 de 1998 estipula que: “Los organismos administrativos deberán ejercer con exclusividad las potestades atribuciones inherentes, de manera directa e inmediata, respecto de los asuntos que le hayan sido asignados expresamente por la ley, ordenanza, el acuerdo o el reglamento ejecutivo”. Igualmente, el artículo 209 de la Constitución Política establece en su segundo inciso que “Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado”;

Que asimismo, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la citada ley, “... podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, “y “... podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley” (Subrayas fuera de texto);

Que teniendo en cuenta la estructura, cuantía, volumen y naturaleza de las relaciones contractuales que desarrollan las unidades ejecutoras solicitantes se hace necesario modificar parcialmente la delegación para celebrar contratos, convenios, y adelantar gestiones de carácter contractual en algunos servidores públicos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, en orden a garantizar el cumplimiento de los principios de eficacia, economía y celeridad en la gestión contractual;

Por lo anteriormente, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el subnumeral 26.1.1 del artículo 26 de la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, en el sentido de incluir como delegatario en el Comando General de las Fuerzas Militares al Jefe de Estado Mayor del Comando Conjunto número 3 “Suroriente” quien será ejercida por un oficial general o de insignia, los cuales quedarán así:

Artículo 26 Gastos reservados

26.1.1. Unidades Orgánicas del Comando General de las Fuerzas Militares:

- Comandante del Comando Conjunto de Inteligencia (CCONI)

- Jefe de Estado Mayor del Comando Conjunto de Operaciones Especiales (“CCOES”).

- Jefe de Estado Mayor del Comando Conjunto No 1 “Caribe”.

- Jefe de Estado Mayor del Comando Conjunto No 2 “PACÍFICO”.

- Jefe de Estado Mayor de la Fuerza de Tarea Conjunta “OMEGA”.

- Jefe de Estado Mayor de la Fuerza de Tarea Conjunta “NUDO DE PARAMILLO”.

- Jefe de Estado Mayor del Comando Conjunto No 3 “SURORIENTE”

- El Ejecutivo de la Regional de Inteligencia Militar Estratégica Conjunta.

ARTÍCULO 2o. Las demás estipulaciones de la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016 y la Resolución número 5662 del 27 de junio de 2016, que no hayan sido modificadas o adicionadas expresamente por la presente resolución, continúan vigentes.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución deberá aplicarse de manera integral con las disposiciones contenidas en la Resolución número 4519 de 2016, modificada mediante la Resolución número 5662 del 27 de junio de 2016.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de julio de 2017.

El Ministro de Defensa Nacional,

LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI.

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