Escudo Colombia
Logo JEP
Logo JEP
Logo Jurinfo
reducir texto aumentar texto aumentar contraste volver contraste accesibilidad Mapa del sitio Tour virtual de la JEP
Buscar search
Índice format_list_bulleted
Buscar

Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:

RESOLUCIÓN 2693 DE 2021

(agosto 10)

Diario Oficial No. 51.763 de 11 de agosto de 2021

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Por la cual se delegan unas funciones relacionadas con la administración de personal en la Dirección Centro de Rehabilitación Inclusiva (DCRI) del Ministerio de Defensa Nacional.

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

en uso de las facultades legales, en especial que le confiere el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 8 del artículo 2o del Decreto número 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la Ley 489 de 1998, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que los ministros podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y por los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.

Que corresponde a los ministros dirigir las funciones de administración de personal, conforme a las normas sobre la materia, de conformidad con el artículo 61 literal g) de la Ley 489 de 1998.

Que el numeral 8 del artículo 2o del Decreto número 4890 de 2011 dispone que es función del Ministro delegar en funcionarios subalternos el ejercicio de aquellas funciones que considere necesarias para la correcta prestación del servicio del Ministerio.

Que en consecuencia de lo anterior y con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa, en especial los de economía y celeridad, se hace necesario delegar en el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional, algunas funciones consagradas en el Decreto número 1792 de 2000 y Decreto número 091 de 2007, de administración de personal de la planta de personal de la Dirección Centro de Rehabilitación Inclusiva (DCRI).

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional, las siguientes funciones relacionadas con la administración de personal de la planta de personal de la Dirección Centro de Rehabilitación Inclusiva (DCRI), contempladas en los Decretos números 1792 de 2000 y 091 de 2007, así:

1. Expedir y firmar los actos administrativos de encargos y nombramientos en la modalidad legal que corresponda, de acuerdo con los artículos 13 y 56 del Decreto número 091 de 2007. Esta facultad incluye la resolución de situaciones de que trata el artículo 51 del Decreto número 1792 de 2000.

2. La expedición y firma del acto administrativo mediante el cual se aceptan renuncias, el retiro por destitución, declaratoria de vacancia del cargo por abandono del mismo y retiro por esta causal, de conformidad con los artículos 39, 41 y 42 del Decretoley 1792 de 2000.

3. La declaratoria de insubsistencia del nombramiento de que trata los artículos 43, 44 y 45 del Decreto-ley 1792 de 2000.

4. El otorgamiento de las vacaciones al Director Centro de Rehabilitación Inclusiva (DCRI), que trata el artículo 36 del Decreto-ley 1792 de 2000.

5. El otorgamiento al Director Centro de Rehabilitación Inclusiva (DCRI) de la licencia ordinaria, licencia no remunerada para adelantar estudios y licencia especial de que trata los artículos 30, 32 y 33 del Decreto número 1792 de 2000.

6. El otorgamiento de la licencia por luto de que trata la Ley 1635 de 2013 al Director Centro de Rehabilitación Inclusiva (DCRI); así como, el otorgamiento de la licencia de maternidad, paternidad y enfermedad de que trata el artículo 31 del Decretoley 1792 de 2000 al Director.

ARTÍCULO 2o. Delegar en el Secretario(a) General del Ministerio de Defensa Nacional, la función de asignar y terminar la asignación de las funciones de Coordinación de los Grupos Internos de Trabajo de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional, en concordancia con el artículo 15 del Decreto número 304 de 2020 y demás normas que la modifiquen, adicionen, aclaren o sustituyan.

ARTÍCULO 3o. CONDICIONES DE LA DELEGACIÓN. Las delegaciones efectuadas a través de la presente resolución, serán ejercidas por el funcionario delegatario conforme a las siguientes condiciones:

1. Constituye condición necesaria para el ejercicio de las competencias que por medio de la presente resolución se delegan, la observancia plena de las condiciones, requisitos y políticas establecidas por este Ministerio.

2. Cuando lo estime conveniente el Ministro de Defensa Nacional podrá reasumir en todo caso y en cualquier momento, total o parcialmente, las competencias delegadas por medio del presente acto.

3. Cuando el Ministro de Defensa Nacional reasuma una facultad para un caso específico, dicha facultad no se entenderá reasumida en forma permanente, a menos que el acto administrativo emitido para tal fin así lo exprese.

4. Las facultades delegadas mediante la presente resolución son indelegables. Los delegados no podrán subdelegar en otros funcionarios la realización de los actos objeto de la delegación.

5. El Ministro de Defensa Nacional continuará ejerciendo el seguimiento de la actividad delegada mediante el presente acto administrativo, por medio de instrumentos y herramientas que en su oportunidad se implementen.

6. En caso de supresión de cargos o de cambio de denominación de los mismos, las delegaciones se entenderán efectuadas en aquellos cargos que tengan autoridad y responsabilidades equivalentes de aquellos que se han citado en el presente acto administrativo para la delegación de competencia, hasta tanto se expida el nuevo acto administrativo que las reasigne.

7. Las responsabilidades y consecuencias de la presente resolución, se rigen por las normas legales aplicables, y en particular por los artículos 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998.

8. La delegación contenida en el presente acto administrativo exime de responsabilidad al delegante.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deja vigentes las demás disposiciones relacionadas con la delegación en materia de administración de personal.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2021.

El Ministro de Defensa Nacional,

Diego Andrés Molano Aponte.

×