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RESOLUCIÓN 1539 DE 2021

(diciembre 28)

Diario Oficial No. 51.901 de 28 de diciembre de 2021

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Por medio de la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo 2022-2023.

EL VICEMINISTRO DE TURISMO ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 658 de la Ley 23 de 1991, adicionado por el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 1167 de 2016, el Decreto 672 de 2017, en desarrollo del encargo de funciones conferido en el Decreto 1788 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 90 de la Constitución Política consagró que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables causados por la acción u omisión de quienes lo representen.

Que el artículo 209 ibídem determinó que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 establece que las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional deberán, entre otros, integrar un Comité de Conciliación conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirán las funciones que se le señalen.

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015 define el Comité de Conciliación como una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del mencionado Decreto 1069 de 2015 establece entre las funciones del Comité de Conciliación la formulación y ejecución de políticas de prevención del daño antijurídico.

Que el Decreto 4085 de 2011 prescribe como función de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado la de “Formular, aplicar, evaluar y difundir las políticas públicas en materia de prevención de las conductas públicas antijurídicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos”.

Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado emitió la Circular Externa número 05 del 27 de septiembre de 2019 con la finalidad de que las entidades públicas formulen las políticas de prevención del daño antijurídico de acuerdo con la metodología allí descrita.

Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adoptó la metodología diseñada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, prevista en la aplicación denominada “Lineamientos para la formulación, implementación y seguimiento de las políticas de prevención del daño antijurídico” tendiente a establecer el diagnóstico de la problemática y diseñar así un plan de acción de las causas prevenibles.

Que el Comité de Conciliación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante en sesión del veintiuno (21) de diciembre de 2021, tal y como consta en el acta respectiva, aprobó el contenido de la Política de Prevención del Daño Antijurídico 2022-2023 constituido por las actividades que se desarrollarán dentro de la política.

Que mediante comunicación número 20213000159051-DPE del veintidós (22) de diciembre 2021, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado evaluó y aprobó metodológicamente el documento “Política de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo 2022-2023”.

Que la Política de Prevención del Daño Antijurídico 2022-2023 se diseñó con el propósito de fortalecer y generar acciones de mejora en la expedición de actos administrativos de carácter particular y concreto a efecto de prevenir hechos u omisiones en los cuales el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo pudiese ser demandado y eventualmente objeto de condena.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar e implementar la Política de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Vigencia 2022-2023, conforme a la aprobación impartida por el Comité de Conciliación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

ARTÍCULO 2o. Con el propósito de asegurar su implementación, efectividad y conocimiento por parte de sus destinatarios, la presente resolución y el plan de acción de la “Política de Prevención de Daño Antijurídico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para los años 2022 y 2023” serán publicados en la página web de la Entidad.

ARTÍCULO 3o. La actualización y los ajustes a la Política de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se realizará cada dos (2) años.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución número 0513 de mayo 5 de 2020.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2021.

El Viceministro de Turismo encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Comercio, Industria y Turismo,

Ricardo Galindo Bueno

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