Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN No. 003A de 2018
(enero 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por la cual se nombra a un funcionarlo de la Jurisdicción Especial para la Paz
EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
En ejercicio de sus facultades constitucionales consagradas en el artículo 7o del Acto Legislativo 01 de 2017, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 5o transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.
Que el artículo 15 del Acto Legislativo 01 de 2017 estipula que la Jurisdicción Especial para la Paz entrará en funcionamiento a partir de aprobación de este Acto Legislativo sin necesidad de ninguna norma de desarrollo, sin perjuicio de la aprobación posterior de las normas de procedimiento y lo que establezca el reglamento de dicha jurisdicción (…)”.
Que el artículo 7o transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 crea directamente los cargos de: (i) 20 magistrados para el Tribunal para la Paz; (ii) 18 magistrados para las Salas de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los hechos y conductas, de Amnistía o Indulto, y de Definición de Situaciones Jurídicas; (iii) el Director de Unidad de Investigación y Acusación; (iv) 16 Fiscales de la Unidad de Investigación y Acusación; y (v) el Secretario Ejecutivo.
Que el parágrafo 1o del artículo 7o transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 dispone que los magistrados de la JEP, el Director de la Unidad de Investigación y Acusación, el Secretario Ejecutivo de la JEP, el Presidente o Presidenta inicial de la JEP, los comisionados de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, y el Director de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, serán seleccionadas por el un Comité de Escogencia, el cual gozará de autonomía e independencia y será conformado por reglamento expedido por el Gobierno Nacional.
Que el Comité de Escogencia fue conformado a través del Decreto 587 del 5 de abril de 2017.
Que el instructivo para el proceso de selección del Director de la Unidad de Investigación y Acusación, y de los Magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz establecido por el Comité de Escogencia fijó una serie de etapas, entre la que se destaca la verificación de los requisitos constitucionales y legales señalados en la convocatoria y la constatación del aporte de documentos de soporte requeridos.
Que a través del Comunicado No. 18 del 26 de septiembre de 2017, el Comité de Escogencia informó el listado de las personas seleccionadas para ocupar los cargos de la Dirección de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, de los Magistrados (as) del Tribunal para la Paz y de las Salas de Justicia de la Jurisdicción Especial para la Paz. Lo mismo consta en el acta del 26 de septiembre del citado año, en la que el Comité informó al Presidente de la República las personas seleccionadas para tales cargos.
Que en el listado entregado por el Comité de Escogencia el doctor RODOLFO ARANGO RIVADENEIRA, identificado con C.C. No. 79262424, fue seleccionado como magistrado titular del Tribunal Especial para la Paz.
Que el parágrafo 1o del artículo 7o transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 dispone que "[e]n relación con los funcionarios de la JEP, el Secretario Ejecutivo nominará a las personas seleccionadas por el Comité, quiénes se posesionarán ante el Presidente de la República".
Que el artículo 1o del Decreto 1760 del 27 de octubre de 2017 determinó el régimen salarial para los Magistrados del Tribunal para la Paz, de las Salas y del Secretario Ejecutivo.
Que el 9 de enero de 2018, el Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No. 118 para proveer los cargos de los Magistrados (as) del Tribunal para la Paz y de las Salas de Justicia de la Jurisdicción Especial para la Paz.
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Nómbrase a partir de la fecha al doctor RODOLFO ARANGO RIVADENEIRA, identificado con C.C. No. 79262424, como Magistrado titular del Tribunal Especial para la Paz.
ARTÍCULO 2°. El doctor RODOLFO ARANGO RIVADENEIRA, identificado con C.C. No. 79262424, se posesionará ante el Presidente de la República en la fecha que se disponga para tal efecto, de conformidad con el parágrafo 1° de artículo 7° transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017.
ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los nueve (9) días del mes de enero de dos mil dieciocho (2018).
NÉSTOR RAÚL CORREA HENAO
Secretario Ejecutivo
Jurisdicción Especial para la Paz