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RESOLUCIÓN 2 DE 2018

(enero 15)

Diario Oficial No. 50.665 de 25 de julio de 2018

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por la cual se distribuyen en Salas y Secciones los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz.

LA PRESIDENTE DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial el parágrafo 2 del artículo transitorio 5o de la Constitución Política, adoptado por el Acto Legislativo número 1 de 2017 y precisado en sus alcances por la Corte Constitucional en sentencia C-674 de 2017 (Comunicado número 55, noviembre 14 de 2017, numeral 13)

CONSIDERANDO:

Que el inciso 1 del artículo transitorio 7o de la Constitución Política (Acto Legislativo número 1 de 2017, artículo 1o) establece que la JEP estará conformada por la Sala de Reconocimiento Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas; la Sala de Definición de las Situaciones Jurídicas; la Sala de Amnistía o Indulto; el Tribunal para la Paz; la Unidad Investigación y Acusación; y la Secretaria Ejecutiva.

Que el inciso 2 del artículo transitorio 7o de la Constitución Política (Acto Legislativo número 1 de 2017, artículo 1o) establece que el Tribunal para la Paz estará conformado por dos Secciones de Primera Instancia, una Sección de Revisión de Sentencias, una Sección de Apelación y una Sección de Estabilidad y Eficacia, para un total de mínimo 20 magistrados colombianos titulares.

Que el inciso 3 del artículo transitorio 7o de la Constitución Política (Acto Legislativo número 1 de 2017, artículo 1o) establece que las Salas de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas; definición de las situaciones jurídicas; y de amnistía o indulto estarán conformadas por un total de 18 magistrados colombianos titulares.

Que el parágrafo 1 del artículo transitorio 7o de la Constitución Política (Acto Legislativo número 1 de 2017, artículo 1o) establece que los magistrados de la JEP serán seleccionados por un Comité de Escogencia que gozará de autonomía e independencia y que será conformado por reglamento expedido por el Gobierno nacional.

Que el Comité de Escogencia eligió a los siguientes magistrados(as) de la JEP:

Titulares del Tribunal para la Paz

1. Arango Rivadeneira Rodolfo

2. Bobadilla Moreno Jesús Ángel

3. Cifuentes Muñoz Eduardo

4. Chalela Romano Zoraida Anyul

5. Gamboa Rubiano Sandra Rocío

6. Heyck Puyana Ana Caterina

7. Jaramillo Chaverra Reinere de los Ángeles

8. Linares Prieto Mirtha Patricia

9. López Díaz Claudia

10. Murillo Granados Adolfo

11. Ochoa Arias Ana Manuela

12. Ramelli Arteaga Alejandro

13. Reyes Alvarado Yesid

14. Rodríguez Gloria Amparo

15. Rojas Betancourth Danilo Alfonso

16. Salazar Arbeláez Gustavo Adolfo

17. Sánchez Sánchez Raúl Eduardo

18. Suárez Aldana Camilo Andrés

19. Valencia García María del Pilar

20. Vidal López Roberto Carlos

Titulares de las Salas

1. Balanta Moreno Xiomara Cecilia

2. Baldosea Perea Heidi Patricia

3. Cantillo Pushaina Juan José

4. Castro Ospina Sandra Jeannette

5. Díaz Gómez Catalina

6. Díaz Romero Pedro Elías

7. García Cadena Mauricio

8. Giraldo Muñoz Marcela

9. González Amado Iván

10. Henríquez Chacín Nadiezhda Natazha

11. Hormiga Sánchez José Miller

12. Izquierdo Torres Belkis Florentina

13. Lemaitre Ripoll Julieta

14. Mahecha Ávila Pedro Julio

15. Parra Vera Óscar Javier

16. Rueda Guzmán Lily Andrea

17. Saldaña Montoya Claudia Rocío

18. Sandoval Mantilla Alexandra

Que con el objeto de realizar la distribución funcional de tareas a desarrollar por la JEP debe llevarse a cabo la asignación de los magistrados titulares designados por el Comité de Escogencia a las diferentes Salas y Secciones del Tribunal Especial de Paz.

Que el inciso 11 del artículo transitorio 7o de la Constitución Política (Acto Legislativo número 1 de 2017, artículo 1o) establece que la JEP deberá ser conformada con criterios de participación equitativa entre hombres y mujeres, garantías de no discriminación y respeto a la diversidad étnica y cultural.

Que para la distribución en Salas y Secciones de la JEP es necesario tener en cuenta la formación académica, la experiencia profesional y la motivación expresada al Comité de Escogencia manifestada por cada uno de los magistrados electos.

Que en la primera reunión de los magistrados elegidos por el Comité de Escogencia se les preguntó por sus preferencias en la asignación a las distintas Salas y las secciones del Tribunal para la Paz.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ASIGNACIÓN DE MAGISTRADOS A SALAS Y SECCIONES. La siguiente es la asignación de magistradas y magistrados a las distintas Salas y Secciones del Tribunal Especial para la Paz:

Salas (número de
miembros)
Magistradas/os Mujeres (M), Hombres (H), Comunidades Indígenas (CI) Afrocolombianos (AC)
Reconocimiento
verdad (6)
Catalina Díaz, Iván González, Nadiezhda N.
Henríquez (AC), Belkis F. Izquierdo (Cl),
Julieta Lemaitre, Óscar Parra
4 M, 2 H
1 CI
1 AC
Amnistía e Indulto
(6)
Xiomara C. Balanta (AC), Juan José Cantillo
(CI), Marcela Giraldo, Pedro Mahecha,
Alexandra Sandoval, Lily A. Rueda
4 M, 2 H
1 CI
1 AC
Def. situaciones
jurídicas (6)
Heidy P. Baldosea (AC), Sandra J. Castro,
Pedro E. Díaz, Mauricio García, José M.
Hormiga (CI), Claudia R. Saldaña
3 M, 3 H
1 CI
1 AC
Secciones (número de miembros) Magistradas/os Mujeres (M), Hombres (H), Comunidades Indígenas (Cl) Afrocolombianos (AC)
Reconocimiento verdad (5) Rodolfo Arango, Zoraida Chalela, Ana M. Ochoa (CI), Camilo Suárez, Roberto Vidal 2 M,
3 H
1 CI
No
Reconocimiento
(5)
Gustavo Salazar, María del Pilar Valencia, Reinere Jaramillo, Alejandro Ramelli, Raúl Sánchez 2 M,
3 H
Revisión (5) Jesús Bobadilla, A. Caterina Heyck, Claudia López, Adolfo Murillo (AC), Gloria A. Rodríguez 3 M,
2 H.
1 AC
Apelación (5) Eduardo Cifuentes, Sandra Gamboa, M. Patricia Linares, Yesid Reyes, Danilo Rojas 2 M,
3 H

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su expedición.

Cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de enero de 2018.

La Presidente,

Patricia Linares Prieto.

El Secretario Ejecutivo,

Néstor Raúl Correa Henao.

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