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RESOLUCIÓN 2013038966 DE 2013

(diciembre 24)

Diario Oficial No. 49.048 de 29 de enero de 2014

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS (INVIMA)

Por la cual se adopta la Política de Cumplimiento y Ética del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS (INVIMA),

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 11 y 22 del artículo 10 del Decreto 2078 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el Invima como establecimiento público de orden nacional en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 2078 de 2012, tiene entre otras funciones, expedir actos administrativos propios de su cargo.

Que en desarrollo de la Política de Buen Gobierno, el Invima se comprometió a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución Política, demás normas vigentes y el Código de Ética, orientándose hacia una gestión integral, con principios y valores éticos frente a todos los grupos de interés y asumió importantes compromisos frente al trabajo propio y conjunto con otras instituciones, para promover acciones que limiten las prácticas corruptas, la piratería y el uso inadecuado de la información, así como para reforzar aspectos tales como la confidencialidad, la comunicación y la atención al usuario, entre otros.

Que con el fin de dar unos lineamientos los cuales deben orientar a todos y cada uno de los servidores públicos y contratistas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) en el ejercicio de sus funciones y actividades, enmarcadas bajo los principios de legalidad, buena fe, moralidad, ética, imparcialidad, responsabilidad, y lealtad, se hace necesario adoptar una política de cumplimiento y ética que colabore para el desarrollo de los objetivos institucionales.

Que el Decreto 2078 de 2012, artículo 10, numerales primero (1o) y décimo segundo (12), establecen dentro de las funciones de la Dirección General las de dirigir, planear, coordinar y controlar el desarrollo de las funciones asignadas al Invima y la evaluación de su gestión, así como, la de impartir lineamientos para la participación del instituto en los grupos interinstitucionales que se conformen al interior del Estado, para adelantar las acciones de inspección vigilancia y control, en las materias de sus competencias, entre otras.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto adoptar la Política de Cumplimiento y Ética, en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), la cual hace parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2013.

La Directora General,

BLANCA ELVIRA CAJIGAS DE ACOSTA.

POLÍTICA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA.

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS (INVIMA)

Elaborado por:

Capitán ® JULIÁN EDUARDO MENESES

Grupo de Apoyo Técnico y Legal

Doctor ELKIN HERNÁN OTÁLVARO CIFUENTES

Doctora MÁBEL CONSTANZA BARBOSA ROMERO

Doctor CARLOS AUGUSTO RAMÍREZ QUIROGA

Bogotá D. C., diciembre de 2013.

CONTENIDO

1. DEFINICIÓN

2. JUSTIFICACIÓN

3. ANTECEDENTES

4. DESAFÍOS PROGRAMÁTICOS

5. CRITERIOS ORIENTADORES

6. CRITERIOS DE INTERVENCIÓN

7. OBJETIVO GENERAL

8. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

9. EJES ESTRATÉGICOS

10. LÍNEAS DE ACCIÓN

ANEXO 1.

Conceptos Generales

ANEXO 2.

Momentos de Actuación

ANEXO 3.

Estadísticas de Casos Conocidos 2013

ANEXO 4.

Retroalimentación y Resumen de Aportes al Primer Borrador de la Política de Ética y Cumplimiento

1. DEFINICIÓN

La Política de Cumplimiento y Ética, es el conjunto de lineamientos y desempeños generales de acción, que deben orientar a todos y cada uno de los servidores públicos y contratistas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) en el ejercicio de sus funciones y actividades, enmarcadas bajo los principios de legalidad, buena fe, moralidad, ética, imparcialidad, responsabilidad, y lealtad.

Igualmente establece los fundamentos de orientación al Instituto sobre los cuales debe desarrollar sus actividades, comprendidas dentro de los ejes estratégicos de interés, la anticipación estratégica y con el fin de responder a las necesidades sociales de lucha contra la ilegalidad.

2. JUSTIFICACIÓN

El Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos (Invima) es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa, cuyo objeto es la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva[1].

Como entidad del orden nacional y autoridad de la república, el Invima debe velar por la efectividad de los derechos y deberes relacionados con la salud pública de todos los habitantes de Colombia[2]. En ese sentido, la misión del Instituto es la de “Proteger y promover la salud de la población, mediante la gestión del riesgo asociada al consumo y uso de alimentos, medicamentos, dispositivos médicos y otros productos objeto de vigilancia sanitaria”[3].

El Invima tiene la función de velar que en la etapa del premercado, como cualidad distintiva única en Colombia, que la introducción de los 23 productos y tecnologías de su competencia, cumplan con las condiciones de calidad, seguridad y eficacia para su utilización en el país, e igualmente, una vez se hayan introducido, con programas de vigilancia posmercado debe exigir la trazabilidad de los mismos, durante su comercialización y uso.

Así mismo, en el desarrollo de las funciones públicas como institución de referencia nacional en materia sanitaria, el Invima debe orientar sus actuaciones en la observancia de los principios de la función administrativa; y actuar con estricto apego al principio de legalidad en las actividades de inspección, vigilancia y control, que realiza sobre los productos y actores del mercado de su competencia.

Es así como, en desarrollo de la Política de Buen Gobierno[4], el Invima se comprometió a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución Política, demás normas vigentes y el Código de Ética, orientándose hacia una gestión íntegra, con principios y valores éticos frente a todos los grupos de interés y asumió importantes compromisos frente al trabajo propio y conjunto con otras instituciones, para promover acciones que limiten las prácticas corruptas, la piratería y el uso inadecuado de la información, así como para reforzar aspectos tales como la confidencialidad, la comunicación y la atención al usuario, entre otros.

En tal sentido, el Invima debe ser un actor proactivo en la lucha contra la ilegalidad de los productos que vigila y las prácticas delictivas generadas por estos desviados comportamientos, lo cual exige establecer mecanismos de coordinación con las demás autoridades administrativas y judiciales. Por lo anterior, el Instituto debe propender por estructurar programas de vigilancia y control en apoyo a las entidades y autoridades estatales, que permitan intensificar acciones conjuntas para garantizar al consumidor tener productos fabricados bajo normas de calidad, competencia del Invima, con un equipo humano calificado, trabajando por la reducción de la comercialización de productos falsificados y adulterados en todo el territorio nacional.

De otra parte, la Organización Mundial de la Salud, en su tarea de garantizar la disponibilidad de productos médicos[5] de calidad, seguros, eficaces, accesibles y asequibles y prevenir y controlar la circulación de dichos productos con problemas de calidad, seguridad y eficacia, durante la 65ª Asamblea Mundial de la Salud, creó “ El Grupo de Trabajo de Estados Miembros sobre Productos Médicos de Calidad Subestándar, Espurios, de Etiquetado Engañoso, Falsificados o de Imitación”, el cual tiene por objeto la colaboración internacional en las estrategias contra la falsificación de productos médicos desde la perspectiva de la salud pública.

Es así como, delegados de 76 países, incluido Colombia con representantes del Invima y de la Cancillería, trabajan para el fortalecimiento de las capacidades de regulación de las naciones para combatir la falsificación de los productos médicos, identificar las acciones y comportamientos que permitan prevenir y controlar la adulteración de productos, mejorar la capacidad y el control de calidad de los laboratorios a través de políticas e instrumentos legales e identificar acciones de educación a los consumidores, los profesionales de la salud y la industria para evitar la falsificación de productos. Por lo anterior, se ha recomendado la importancia de que cada Estado cuente con una oficina especializada en el conocimiento y tratamiento de los casos relacionados con la falsificación de productos médicos, entre otras funciones.

Adicionalmente, es importante tener en cuenta que el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC), desarrollado por transparencia internacional[6], durante 2013, ubica a Colombia en el puesto 94 entre 177 naciones[7]. Se ha expresado públicamente que, “En el caso colombiano, el año pasado tuvimos la misma puntación, pero ocupamos el puesto 20 entre los países menos corruptos de la región. Ahora estamos en el puesto 18”[8].

Así mismo es importante destacar, que en el transcurso del año 2013, la Dirección General ha tenido conocimiento de variados casos relacionados con actos que afectan o ponen en riesgo la institucionalidad, los cuales están categorizados de acuerdo a las áreas de interés para el manejo de riesgos en la lucha contra la corrupción y la ilegalidad[9].

Ahora bien, en cumplimiento del artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, en coordinación con la Dirección de Control Interno y Racionalización de Trámites del Departamento Administrativo de la Función Pública, el Programa Nacional de Servicio al Ciudadano, y la Dirección de Seguimiento y Evaluación a Políticas Públicas del Departamento Nacional de Planeación, han diseñado una metodología para la elaboración de estrategias de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano que deben ser implementadas por todas las entidades del orden nacional, departamental y municipal. No obstante han advertido que las entidades pueden incluir las iniciativas que consideren necesarias en su estrategia de lucha contra la corrupción[10].

Por lo tanto, considerando las potestades que la ley ha dispuesto en cabeza del Instituto, para garantizar el adecuado aprovisionamiento a los consumidores, los derechos que deben asegurarse a los sujetos sobre los cuales ejerce labores de inspección, vigilancia y control, así como la necesidad de establecer herramientas de gestión para la lucha contra actos de corrupción y de coordinación con otras instituciones para la lucha contra la ilegalidad, el Invima debe establecer lineamientos y políticas de gestión institucional.

En este sentido se hace necesaria la creación, desarrollo y expedición de una Política de Cumplimiento y Ética, que enmarque las actividades que nuestra Institución desarrolla para el ejercicio de estas funciones y, adicionalmente:

a) Genere una cultura de cumplimiento irrestricto de las normas jurídicas por parte de los servidores públicos y contratistas del Instituto, a través de la información, la socialización y la incorporación y control de conductas propios del ejercicio legal de las funciones.

b) Inspire a los funcionarios y usuarios del Instituto valores éticos que se materialicen en actos y comportamientos ajustados a los principios de buena fe, responsabilidad y transparencia.

c) Contribuya a la información y coordinación de acciones con otras autoridades, para la lucha contra la ilegalidad, a través de un grupo especializado[11].

d) Establezca directrices tendientes a la prevención de riesgos del Invima y del daño antijurídico[12], salvaguardando los bienes jurídicos del Instituto a través de los componentes de seguridad del personal, de la información, de las instalaciones, de los procesos y del riesgo reputacional.

3. ANTECEDENTES

El Invima debe asumir grandes retos en materia de capacidad institucional y promoción de la vigilancia activa y el acceso a la información preventiva para el ciudadano, con el fin de apoyar la vigilancia poscomercialización de los productos de su competencia[13], teniendo en cuenta la nueva estructura definida por el Gobierno nacional, la implementación del modelo de inspección, vigilancia y control con enfoque de gestión del riesgo y materialización de sistemas de información y comunicación.

A través del Decreto 2078 de 2012, se estableció la estructura del instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos y se determinaron las funciones de sus dependencias, dentro de las cuales se deben resaltar, de las atribuidas a la Dirección General, las siguientes:

-- Adoptar el modelo de inspección, vigilancia y control del Instituto, bajo el enfoque de gestión de riesgo[14].

-- Impartir directrices para la adecuada ejecución de las visitas de inspección, vigilancia y control, bajo los criterios de gestión de riesgo en el marco de sus competencias[15].

-- Propiciar actividades que permitan a la Institución actuar como referencia nacional en materia sanitaria[16].

-- Identificar las actividades de apoyo a la función de inspección, vigilancia y control, a cargo del Invima, que pueden ser desarrolladas con terceros y adelantar las acciones necesarias para su ejecución en aras de una mejor prestación del servicio[17].

-- Impartir lineamientos para la participación del Instituto en los grupos interinstitucionales de control a la ilegalidad que se conformen al interior del Estado, para adelantar las acciones de inspección, vigilancia y control, en las materias de su competencia[18].

De otra parte, la citada norma establece dentro de las funciones del Comité de Gerencia, las de analizar los asuntos de interés institucional que puedan impactar en la organización, proponer políticas y estrategias que se estimen convenientes[19]; y lineamientos en temas de inspección, vigilancia y control que debe cumplir la entidad a nivel regional a través de los Grupos de Trabajo Territorial (GTT)[20].

Como se aprecia en las normas descritas, el Gobierno nacional otorgó un amplio espectro de funciones habilitantes a la Directora General para el ejercicio adecuado, efectivo y eficiente de la inspección, vigilancia y control que corresponde al Invima, entre estos, adoptar el modelo, impartir directrices para su adecuada ejecución, identificar y adelantar actividades de apoyo al mismo y como aspecto relevante, impartir lineamientos para la participación del Instituto en los grupos interinstitucionales de control a la ilegalidad que se conformen al interior del Estado.

En este sentido, y considerando que corresponde al Comité de Gerencia analizar los asuntos de interés institucional que puedan impactar en la organización y proponer políticas y estrategias que se estimen convenientes a la Dirección General, aunado a lineamientos en temas de inspección, vigilancia y control que debe cumplir la entidad a nivel territorial a través de los Grupos de Trabajo Territorial (GTT) fue como a nivel Directivo, se consideró que el Subgrupo de Cumplimiento y Ética de la Unidad de Reacción Inmediata del Invima[21], podría constituirse como el conducto adecuado para servir de apoyo a la consecución de tales funciones, no solo limitándose a un grupo de funcionarios que actúe con más rapidez de lo que normalmente se hace, sino para que también preste un apoyo a la institución desde el punto de vista de la prevención, cumplimiento y protección institucional de procesos, infraestructura, personas e información.

A través del Subgrupo de Cumplimiento y Ética de la Unidad de Reacción Inmediata del Invima se busca apoyar la lucha contra la ilegalidad y mejorar la gestión territorial del Instituto, por medio de una acción integral en las regiones y de la puesta en marcha de procesos de articulación con otras autoridades como la Fiscalía General de la Nación, las entidades territoriales de salud, el Instituto Colombiano Agropecuario, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la Policía Nacional, las corporaciones autónomas regionales entre otros, para lograr el fortalecimiento de la salud pública mediante la operación en puertos,  aeropuertos y pasos fronterizos con acciones sobre todos los productos y tecnologías de competencia del Instituto[22].

4. DESAFÍOS PROGRAMÁTICOS

El análisis de los casos presentados, y la experiencia obtenida durante los últimos meses, han permitido identificar un conjunto de factores determinantes, que influyen directa e indirectamente sobre las acciones que debe emprender el instituto en su actuar relacionado con la legalidad y la lucha contra la ilegalidad.

Dentro de estos factores, se pueden mencionar las siguientes categorías: factores globales, regionales, nacionales, locales e internos.

Figura 1. Factores determinantes del cumplimiento y la ética

Teniendo en cuenta los factores identificados, y los retos estatales en la lucha contra la ilegalidad, es fundamental que la Política de Cumplimiento y Ética, le permita al Invima garantizar efectivamente la ejecución de sus funciones, con una visión de largo plazo, y un modelo integrador, basado en el enfoque de gestión de riesgos.

La visión a largo plazo, permitirá que todos los desarrollos para el logro del cumplimiento irrestricto de las normas legales, estén orientados al cumplimiento de los fines esenciales del Estado y de los planes y políticas del Gobierno nacional. El modelo integrador, facilitará que tanto a nivel interno como externo, todas las instituciones, direcciones, oficinas y grupos puedan actuar desde su función respectiva, pero en la búsqueda de objetivos comunes. Finalmente, el enfoque de gestión de riesgos, permite a los funcionarios del Instituto, actuar basados en la búsqueda de la seguridad sanitaria, de manera integral. El logro de los retos, permitirá afianzar la existencia del Subgrupo de Cumplimiento y Ética de la Unidad de Reacción Inmediata del Invima, y por ende la lucha interinstitucional contra la ilegalidad.

En el largo plazo, nuestra organización deberá ser un actor determinante en la lucha estatal contra la ilegalidad de los productos y tecnologías de su competencia, y ser reconocida como la entidad del orden nacional de mayor confiabilidad y transparencia.

En el mediano plazo, el Instituto deberá consolidar los lineamientos, desempeños generales de acción y tareas para el desarrollo del cumplimiento y la ética, permitiendo contar con funcionarios capacitados, y con protocolos de operación interinstitucional que logren la efectividad estatal, coordinados por una unidad centralizada.

En el corto plazo, el Invima tiene el desafío de operacionalizar y difundir todos los conceptos establecidos en esta política y las funciones asignadas al Subgrupo de Cumplimiento y Ética de la Unidad de Reacción Inmediata del Invima, mediante el desarrollo de manuales de procesos, procedimientos, sistemas de información, y actividades de capacitación.

5. CRITERIOS ORIENTADORES

En ejercicio de sus funciones, los servidores públicos, contratistas y demás actores y en sus actuaciones el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) deben orientarse bajo los siguientes principios fundamentales:

-- FUNCIONALES:

– Legalidad

– Buena fe

– Moralidad

– Ética

– Imparcialidad

– Responsabilidad

– Transparencia

– Lealtad.

-- INSTITUCIONALES:

– Economía

– Transparencia

– Celeridad

– Respeto

– Publicidad

– Articulación.

6. CRITERIOS DE INTERVENCIÓN

El Instituto deberá intervenir, mediante acciones de cumplimiento y ética, ante las siguientes situaciones, que afecten el normal desarrollo de sus actividades:

Riesgos de las personas:

Amenaza o afectación a la vida, integridad personal, bienes, datos personales, y tareas de los servidores públicos y contratistas en el cumplimiento de sus funciones.

Riesgos de las instalaciones:

Amenaza o afectación a las edificaciones, bienes, equipos, operaciones, y el control de la reserva.

Riesgos de los procesos:

Amenaza o afectación al desarrollo de proyectos, procesos, procedimientos, y actividades.

Riesgos de la información:

Amenaza o afectación a la información física o virtual, su existencia, confiabilidad, los accesos, los repositorios, su procesamiento, el transporte, difusión, o disponibilidad, ya sea de propiedad del instituto o de los usuarios que la han entregado en garantía.

Riesgo reputacional:

Amenaza o afectación a la oportunidad, imagen, confianza, o efectividad del Invima.

7. OBJETIVO GENERAL

Orientar las actuaciones internas, interinstitucionales e intersectoriales del Invima y sus colaboradores, en un marco de cumplimiento de normas jurídicas y ética institucional, que permitan salvaguardar su buen nombre y la confianza de los ciudadanos, mediante la determinación de ejes estratégicos y líneas de acción.

8. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a) Generar una visión sistemática de la administración y evaluación de los riesgos relacionados con la lucha contra la ilegalidad, consolidada en un ambiente de control adecuado a la entidad y un direccionamiento estratégico que fije la orientación clara y planeada de la gestión, dando las bases para el adecuado desarrollo de las actividades de control.

b) Asegurar el cumplimiento de las normas, leyes y regulaciones, ética y cumplimiento del Estado.

c) Proteger los recursos del Estado, resguardándolos contra la materialización de los riesgos que puedan afectarlos.

d) Introducir dentro de los procesos y procedimientos las acciones de mitigación resultado de la administración del riesgo.

e) Involucrar y comprometer a todos los servidores del Instituto en la búsqueda de acciones encaminadas a prevenir y administrar los riesgos relacionados con la lucha contra la ilegalidad.

9. EJES ESTRATÉGICOS

Se considera pertinente establecer una diferencia entre los riesgos primarios y riesgos secundarios en la labor del Instituto para la lucha contra la ilegalidad externa e interna:

a) Riesgo primario: el relacionado directamente con la seguridad sanitaria de los productos, tecnologías y por lo tanto de sus fabricantes e importadores, que puedan afectar la salud pública de la población usuaria.

b) Riesgo secundario: El relacionado con la labor que desarrollan los funcionarios o la organización para garantizar la Seguridad Sanitaria.

Con base en lo anterior, los 5 ejes estratégicos de la actuación para el cumplimiento de la política, son:

-- La Seguridad de Procesos del Invima.

-- La Seguridad de la Información del Invima.

-- La Seguridad de los Funcionarios del Invima.

-- La Seguridad de Instalaciones del Invima.

-- El Manejo del Riesgo Reputacional del Invima.

10. LÍNEAS DE ACCIÓN

Para el logro de los objetivos de la presente política, es necesario que se desarrollen las siguientes líneas de acción, relacionadas con los ejes estratégicos:

a) Seguridad de los Funcionarios del Instituto

-- Apoyo a las direcciones, áreas y grupos de trabajo territorial, en la apreciación de las condiciones de seguridad que puedan afectar las actividades diarias.

-- Generación de información especializada sobre la seguridad pública en poblaciones, vías y lugares específicos para la toma de decisiones internas.

-- Conocimiento y orientación de los casos de posibles amenazas contra funcionarios del Instituto.

b) Seguridad de Instalaciones

-- Aplicación de pruebas de vulnerabilidad y evaluaciones sobre los sistemas físicos de seguridad, de comunicación, equipos y sistemas de información.

-- Actualización continua de los estudios de seguridad de instalaciones del Invima.

-- Seguimiento a la implementación de recomendaciones de seguridad realizadas.

c) Seguridad de Procesos del Instituto

-- Coordinación interna y externa de acciones relacionadas con la lucha contra la ilegalidad.

-- Apoyo constante a la Oficina de Planeación, direcciones, áreas y grupos en la gestión de riesgos relacionados con los procesos de su competencia, mediante análisis y recomendaciones, para mejorar su seguridad.

-- Verificación de la implementación de las recomendaciones realizadas, mediante visitas de seguimiento.

d) Seguridad de la Información

-- Análisis continuo de actividades, procedimientos y procesos para mejorar los niveles de seguridad de la información física y virtual.

-- Recomendación de acciones de mejora de procesos y procedimientos relacionados con la seguridad de la información.

-- Seguimiento a la implementación de recomendaciones de seguridad realizadas.

e) Gestión del Riesgo Reputacional

-- Gestión de los riesgos generados contra la imagen institucional integralmente, con énfasis en el ambiente de información pública.

-- Confiabilidad de los candidatos a funcionarios y contratistas y el proceso de vinculación.

-- Apoyo a la Dirección General, Secretaría General y direcciones en la toma de decisiones estratégicas cuando así lo requieran.

-- Seguimiento a la implementación de recomendaciones realizadas para la gestión del riesgo reputacional.

* * *

1. Inciso 1o artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

2. Inciso 2o artículo 2o de la Constitución Política de Colombia.

3. http://www.invima.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=58&Itemid=69

4. Adoptado mediante Resolución No. 2013027222 del 12 de septiembre de 2013.

5. El concepto de productos médicos, abarca a nivel mundial los conceptos colombianos de medicamentos y dispositivos médicos.

6. www.transparency.org. Organización No Gubernamental que supervisa y difunde crímenes corporativos y corrupción política en el desarrollo internacional.

7. http://www.transparenciacolombia.org.co

8. http://www.eltiempo.com/politica/ARTICULO-WEB-NEW_NOTA_INTERIOR-13248516.html

9. Ver anexo No. 3

10.  https://www.dnp.gov.co/LinkClick.aspx?fileticket=PtQsJETJ4wI%3D&tabid=1655

11. Numeral 6o artículo 23 del Decreto 2078 de 2012.

12. Artículo 90 de la Constitución Política: “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquél deberá repetir contra este”.

13. Compromiso del Invima se centra en consolidarse como la agencia de vigilancia sanitaria que Colombia necesita, en http://www.invima.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=57&Itemid=68

14. Numeral 4 artículo 10.

15. Numeral 5 artículo 10.

16. Numeral 8 artículo 10.

17. Numeral 9 artículo 10.

18. Numeral 12 artículo 10.

19. Numeral 1 artículo 28.

20. Numeral 2 artículo 28.

21. Unidad de Reacción Inmediata – artículo 23, numeral 6 del Decreto 2078 de 2012.

22. http://www.invima.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=57&Itemid=68

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