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RESOLUCIÓN 2013023226 DE 2013
(agosto 6)
Diario Oficial No. 48.881 de 13 de agosto de 2013
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
Por la cual se acoge la aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS (INVIMA),
en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013 y las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto número 2146 del 18 de octubre de 2012 y Acta de Posesión número 913 del 18 de octubre de 2012,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 163 del Decreto número 1510 de 2013 por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública deroga expresamente el Decreto número 734 de 2012.
Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, aquellas Entidades Estatales que, por razones operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus procedimientos internos de contratación a la nueva reglamentación, consideren necesario continuar aplicando las disposiciones del Decreto número 734 de 2012, pueden hacerlo para todos sus Procesos de Contratación durante el período de transición que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que para tal efecto, la Entidad Estatal que decide continuar aplicando transitoriamente las disposiciones del Decreto número 734 de 2012 debe expedir, a más tardar el 15 de agosto de 2013, un acto administrativo de carácter general en el cual manifieste que se acoge la transición establecida en el artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013; acto que debe publicarse en el Secop.
Que el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) debe acogerse al régimen de transición anteriormente descrito, teniendo en cuenta que operativamente es necesario ajustar sus procedimientos internos a la nueva reglamentación de que trata el Decreto número 1510 de 2013,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Acoger para el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), la aplicación transitoria del Decreto número 734 de 2012 en los términos del numeral 2 del artículo 162 del Decreto número 1510 de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013.
ARTÍCULO 2o. Ordenar la publicación del presente acto administrativo en el Secop.
ARTÍCULO 3o. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a los seis (6) días de agosto de dos mil trece (2013).
Publíquese y cúmplase.
La Directora General,
BLANCA ELVIRA CAJIGAS DE ACOSTA.