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RESOLUCIÓN DG-063-2015
(marzo 19)
Diario Oficial No. 49.512 de 15 de mayo de 2015
INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 28 de 2016>
Por la cual se actualiza y modifica la Resolución número 021 del 23 de enero de 2015, mediante la cual se fijan y actualizan las tasas por la prestación de servicios de metrología.
EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA,
en uso de sus facultades legales en especial de las conferidas en el numeral 21 del artículo 9o del Decreto 4175 de 2011 y demás normas complementarias,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Metrología es un organismo técnico con autonomía administrativa y financiera encargada de la metrología científica e industrial, además de garantizar la trazabilidad de las mediciones, el cumplimiento de estándares internacionales y ofrecer la capacidad técnica de verificación de la calidad de los productos que se fabrican o se comercializan en el país, así como el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de calidad.
Que de conformidad con lo señalado en el Decreto 4175 de 2011, el Instituto Nacional de Metrología (INM) tiene por objetivo la coordinación nacional de la metrología científica e industrial, y la ejecución de actividades que permitan la innovación y soporten el desarrollo económico, científico y tecnológico del país, mediante la investigación, la prestación de servicios metrológicos, el apoyo a las actividades de control metrológico y la diseminación de mediciones trazables al Sistema Internacional de unidades (SI).
Que de conformidad con el artículo 4o del Decreto 4175 de 2011, son recursos del Instituto Nacional de Metrología, entre otros, los recursos que reciba por la venta de bienes y la prestación de servicios.
Que de conformidad con el artículo 9o del Decreto 4175 de 2011, son funciones de la Dirección General del Instituto Nacional de Metrología, entre otras, la de fijar las tasas a que hace referencia la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) incluidas las calibraciones, las verificaciones iniciales y subsiguientes, los programas de capacitación y los servicios de asistencia técnica.
Que conforme a la expedición de la Resolución 021 del 23 de enero de 2015 del INM, se adicionan dos servicios de capacitación a los cuales les aplica la totalidad de las condiciones y numerales descritas en dicho acto administrativo.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 70 del Estatuto del Consumidor, las tasas que se establezcan deben buscar la recuperación parcial o total de costos involucrados en la prestación de servicios de metrología.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 3o de la Resolución 021 de 23 de enero de 2015, el valor de las tasas contenidas en la resolución podrá ser modificado en cualquier momento de conformidad con el estudio técnico respectivo que determine la necesidad de ajustarlas. De igual forma, el citado artículo señala que los reajustes anuales regirán a partir del primero de enero del año siguiente.
Que de conformidad con lo anteriormente señalado y para los fines del artículo 70 del Estatuto del Consumidor, se actualizan las tasas al valor real conforme al mercado y las comparaciones internacionales efectuadas, incluyendo en los mismos la totalidad del proceso que por cada servicio se predica, específicamente en lo que tiene que ver con las tasas de los servicios de los laboratorios de Par torsional, Dimensional y Masa.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 28 de 2016> Adicionar al artículo primero de la Resolución 021 del 23 de enero de 2015 en los servicios de capacitación, de la forma que sigue:
CURSO | VALOR DEL SERVICIO | TASA EN SMMLV |
Dimensional básico | $995.200 | 1,545 |
Incertidumbre de medición en métodos químicos cuantitativos | $575.800 | 0,894 |
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 28 de 2016> Actualizar el artículo primero de la Resolución 021 del 23 de enero de 2015, en lo que tiene que ver con las tasas establecidas para el servicio de calibración en los laboratorios de Par torsional, Dimensional y Masa de la forma que sigue:
SERVICIOS LABORATORIO DE PAR TORSIONAL
NOMBRE DEL SERVICIO | VALOR DEL SERVICIO | TASA EN SMMLV |
Calibración de medidor de par torsional hasta 10 N.m un sentido | $552.400 | 0,857 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 100 N.m un sentido | $552.400 | 0,857 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 200 N.m un sentido | $552.400 | 0,857 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 500 N.m un sentido | $552.400 | 0,857 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 1000 N.m un sentido | $552.400 | 0,857 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 3000 N.m un sentido | $552.400 | 0,857 |
Sentido adicional de medidor de par torsional hasta 10 N.m | $464.100 | 0,720 |
Sentido adicional de medidor de par torsional hasta 100 N.m | $464.100 | 0,720 |
Sentido adicional de medidor de par torsional hasta 200 N.m | $464.100 | 0,720 |
Sentido adicional de medidor de par torsional hasta 500 N.m | $464.100 | 0,720 |
Sentido adicional de medidor de par torsional hasta 1000 N.m | $464.100 | 0,720 |
Sentido adicional de medidor de par torsional hasta 3000 N.m | $464.100 | 0,720 |
Calibración de medidor de par torsional patrón hasta 10 N.m | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional patrón hasta 100 N.m | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional patrón hasta 200 N.m | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional patrón hasta 500 N.m | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional patrón hasta 1000 N.m | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional patrón hasta 3000 N.m | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional de medidor de par torsional patrón hasta 10 N.m | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional de medidor de par torsional patrón hasta 100 N.m | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional de medidor de par torsional patrón hasta 200 N.m | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional de medidor de par torsional patrón hasta 500 N.m | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional de medidor de par torsional patrón hasta 1000 N.m | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional de medidor de par torsional patrón hasta 3000 N.m | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 10 N.m - en sitio | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 100 N.m - en sitio | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 200 N.m - en sitio | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 500 N.m - en sitio | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 1000 N.m - en sitio | $718.300 | 1,115 |
Calibración de medidor de par torsional hasta 3000 N.m - en sitio | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional calibración de medidor de par torsional patrón hasta 10 N.m en sitio | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional calibración de medidor de par torsional patrón hasta 100 N.m en sitio | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional calibración de medidor de par torsional patrón hasta 200 N.m en sitio | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional calibración de medidor de par torsional patrón hasta 500 N.m en sitio | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional calibración de medidor de par torsional patrón hasta 1000 N.m en sitio | $718.300 | 1,115 |
Sentido adicional calibración de medidor de par torsional patrón hasta 3000 N.m en sitio | $718.300 | 1,115 |
SERVICIOS LABORATORIO DIMENSIONAL- Mediciones Geométricas
NOMBRE DEL SERVICIO | VALOR DEL SERVICIO | TASA EN SMMLV |
Escala patrón | $491.300 | 0,762 |
SERVICIOS LABORATORIO MASA
NOMBRE DEL SERVICIO | VALOR DEL SERVICIO | TASA EN SMMLV |
Calibración pesa individual clase E1 y E2 de 10 g a 20 kg | $451.600 | 0,701 |
Calibración pesa individual clase F1 de 1 mg a 20 kg | $360.900 | 0,560 |
Calibración pesa individual clase F2 de 1 mg a 50 kg | $216.900 | 0,337 |
Calibración pesa individual clase M de 1 mg a 50 kg | $199.200 | 0,309 |
Calibración pesa individual clase E1 y E2 de 1 mg a 5 g | $451.600 | 0,701 |
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 14 de la Resolución 28 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de marzo de 2015.
El Director General (E),
JAVIER EDUARDO VIVEROS CUASQUER.