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RESOLUCIÓN 7409 DE 2019
(mayo 31)
Diario Oficial No. 50.983 de 13 de junio 2019
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO
Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Colombiano Agropecuario ( ICA), para la vigencia 2019.
EL GERENTE GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA),
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confieren el numeral 5 del artículo 12 del Decreto 4765 del 18 de diciembre de 2008, la Resolución 0158 del 22 de mayo de 2019 expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 90 de la Constitución Política de Colombia, establece “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel deberá repetir contra este”.
Que el Decreto 1069 de 2015, en su artículo 2.2.4.3.1.2.1, establece que las normas sobre comités de conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles.
Que a su vez el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del mencionado Decreto, determina que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Igualmente, decidirá en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público.
Que de conformidad con el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del mencionado Decreto, corresponde al Comité de Conciliación formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico entre otras.
Que mediante resolución 4782 de fecha 7 de diciembre de 2009, por medio de la cual se establece el Comité de Conciliación del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), se estipuló como una de las funciones de dicho Comité “Formular y ejecutar Políticas de Prevención del Daño Antijurídico”, conforme a lo dispuesto en el primer numeral del artículo tercero de dicha resolución.
Que con la adopción de la política de prevención del daño antijurídico al interior del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), se pretende identificar los riesgos de las áreas administrativas y técnicas que generan litigiosidad con el fin de minimizar los eventos generadores de daño antijurídico.
Que al interior del Comité de Conciliación número 183 del 24 de enero de 2019, la Secretaría Técnica del Comité de Conciliación y Defensa Judicial en asocio con la oficina Asesora Jurídica presentó el documento denominado “Política para la Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Vigencia 2019”, la cual fue analizada, discutida y aprobada por la totalidad de los miembros de este Comité.
Que la misma fue formulada de acuerdo con los lineamientos y metodología establecidos en el Manual para la elaboración de políticas de prevención del daño antijurídico, proferido por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, mediante Oficio con radicado número 20193010010001-SA de fecha 18 de febrero de 2019, emanado por la Subdirección de Acompañamiento a los Servicios Jurídicos de dicha entidad, aprobó la “Política para la Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Vigencia 2019”.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), para la vigencia 2019, aprobada por el Comité de Conciliación y Defensa Judicial en sesión número 183 celebrada el 24 de enero de 2019, con el fin de minimizar los eventos generadores de daño antijurídico, la cual hace parte integral del presente acto administrativo.
PARÁGRAFO. La Política de Prevención del Daño Antijurídico que adopta el Instituto Colombiano Agropecuario para la vigencia 2019, mediante este acto administrativo, será divulgada a través de los medios de comunicación internos de la entidad.
ARTÍCULO 2o. Implementar el Plan de Acción propuesto en el numeral 3.3 de la Política de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), para la vigencia 2019, mediante la puesta en marcha de las medidas o acciones establecidas para resolver, corregir o mitigar los eventos generadores de daño antijurídico,
PARÁGRAFO. Para los efectos del presente artículo, el Comité de Conciliación del Instituto, en conjunto con las diferentes áreas involucradas en la generación de eventos de daño antijurídico, realizará seguimiento y evaluación a las acciones y/o medidas que se implementen en aplicación de esta Política.
ARTÍCULO 3o. Incluir en el Informe de Gestión del Comité de Conciliación y Defensa Jurídica de la entidad, del que habla el numeral 3 del artículo 2.2.4.3.1.2.6 del Decreto 1069 de 2015, un capítulo especial que incluya los resultados de cumplimiento de los mecanismos propuestos en el plan de acción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico Vigencia 2019, que permita medir la efectividad de las medidas, frente a la eliminación, corrección o mitigación de las causas o eventos generadores de daño antijurídico.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de mayo de 2019.
El Gerente General (e),
Jaime Cárdenas López.