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RESOLUCIÓN 695 DE 2006

(mayo 16)

Diario Oficial No. 46.355 de 9 de agosto de 2006

FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Por la cual se adopta el Manual de Operaciones de Tesorería del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República.

LA DIRECTORA GENERAL DEL FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las que le confieren el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y la Circular Externa 088 de 2000, expedida por la Superintendencia Bancaria de Colombia, hoy Superintendencia Financiera de Colombia, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, le asigna a los representantes legales de los Establecimiento Públicos, funciones relacionadas con la organización, dirección, coordinación, vigilancia y control de los programas a cargo de la Entidad;

Que de conformidad con la Circular Externa 088 de 2000, expedida por la Superintendencia Bancaria de Colombia, hoy Superintendencia Financiera de Colombia, es necesario disponer de manuales referidos a los parámetros mínimos de administración de riesgos para el desarrollo de las Operaciones de Tesorería, en especial lo pertinente a la organización, metodologías de valoración y procedimientos para llevar a cabo las negociaciones;

Que de acuerdo con lo dispuesto en la citada Circular Externa 088 de 2000, el manual de Operaciones de Tesorería, debe ser adoptado por la Alta Dirección y confirmado por el Consejo Directivo para su aplicación;

Que el Comité de Riesgos en reunión celebrada el 8 de mayo de 2006, recomendó la adopción y formalización del proyecto de Manual de Operaciones de Tesorería, preparado por la División Administrativa y Financiera de la Entidad;

En virtud de lo anterior, la Directora General del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN. Adoptar el Manual de Operaciones de Tesorería del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, que hace parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. DIFUSIÓN. El Manual de Operaciones de Tesorería que adopta por medio de la presente resolución, deberá ser difundido a través de los diferentes medios de comunicación interna disponibles, especialmente entre los servidores públicos adscritos al área financiera y participantes en el proceso de administración del portafolio de inversiones. Las actividades de difusión serán coordinadas por el Secretario General, en su calidad de Presidente del Comité de Riesgos, según lo dispuesto en la Resolución 1784 del 8 de noviembre de 2004.

ARTÍCULO 3o. APROBACIÓN. Para efectos de su aplicación, el manual de Operaciones de Tesorería que se adopta mediante la presente resolución, deberá ser aprobado por el Consejo Directivo de Fonprecon.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Consejo Directivo, deroga la Resolución 1613 del 27 de octubre de 2005 y requiere de publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de mayo de 2006.

La Directora General,

DIANA MARGARITA OJEDA VISBAL.

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