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RESOLUCIÓN 99 DE 2017
(marzo 21)
Diario Oficial No. 50.287 de 7 de julio de 2017
FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 118 de 2018>
Por medio de la cual se adopta la Versión número 4 del Manual del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - Sarlaft del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República (Fonprecon).
EL DIRECTOR GENERAL DEL FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las que le confiere el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República (Fonprecon), es una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, por tanto, debe dar cumplimiento a la implementación de un Sistema de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sarlaft), con el fin de prevenir ser utilizada para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.
Que, para tal efecto, esta Entidad, debe dar cumplimiento a la Circular Básica Jurídica (CE 029 de 2014), expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Que, de conformidad con lo establecido en la Parte I, Título IV, Capítulo IV, numeral 4.2.3. 2.1 de la mencionada circular, dentro de la documentación con la cual debe contar la Entidad, relacionada con el Sarlaft, se relaciona el Manual del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activo y Financiación del Terrorismo Sarlaft.
Que, según Resolución número 0458 del 19 de julio del 2013, se adoptó la versión número 3 del Manual del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo Sarlaft, sin embargo, se hizo necesario su actualización de conformidad con lo establecido en la Circular Básica Jurídica (CE-029 de 2014), además de incluir para la calificación de los riesgos la metodología ofrecida por el Departamento Administrativo de la Función Pública en la guía número 3 de 2014.
En virtud de lo anteriormente expuesto la versión número 4 del manual del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, fue presentada al Consejo Directivo en la sesión realizada el 28 de febrero de 2017 y debidamente aprobado en la citada sesión, según consta en el acta número 02 del presente año, del mencionado Consejo Directivo.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 118 de 2018> Adoptar la Versión número 4 del Manual del Sistema para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo “Sarlaft”, que hace parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 118 de 2018> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución número 0458 del 19 de julio de 2013 y las demás normas que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de marzo 2017.
El Director General,
FRANCISCO ÁLVARO RAMÍREZ RIVERA.
<ANEXO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN DIARIO OFICIAL No. 50.287 de 7 de julio de 2017, PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>