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RESOLUCIÓN 1485 DE 2018

(agosto 14)

Diario Oficial No. 50.697 de 26 de agosto de 2018

FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 586 de 2024>

Por cual se adopta el Formulario de Inscripción a Hogares Postulados en Cumplimiento a Fallos Judiciales, con la respectiva guía para el diligenciamiento.

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8o del Decreto-ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 555 de 2003, creó el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) como un fondo con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera, sin estructura administrativa ni planta de personal propia; sometido a las normas presupuestales y fiscales del orden nacional y adscrito al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8o del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) “Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”.

Que el Decreto-ley 555 de 2003, consagra en el Artículo 3o las Funciones del Fondo Nacional de Vivienda, señalando en el numeral 9. La siguiente: “Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno nacional”.

Que el Decreto 1077 de 2015 en el Artículo 2.1.1.1.2.1.1. y siguientes, establece el procedimiento de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda para la Población en Situación de Desplazamiento.

Que el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia, consagra el derecho a la vivienda digna para todos los colombianos, en los siguientes términos: “artículo 51. Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda”.

Que toda vez que los despachos judiciales en aras de proteger los derechos fundamentales, entre estos el derecho a la vivienda digna a la población que demuestre la vulneración de sus derechos, ordena la asignación de subsidios familiares de vivienda, por lo que se hace necesario la implementación de los trámites necesarios que garanticen el proceso de asignación.

Que el Fondo Nacional de Vivienda para realizar la asignación de los subsidios familiares de vivienda en cumplimiento a fallos judiciales, adopta el formulario de postulación y la guía para el diligenciamiento, que hace parte del proceso de asignación del subsidio mencionado en el considerando anterior.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 586 de 2024> Adoptar el formulario y la guía para el diligenciamiento que se adjuntan a la presente resolución y que se denomina: Formulario de Inscripción a Hogares Postulados en Cumplimiento a Fallos Judiciales, documentos que hacen parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C. a 14 de agosto de 2018.

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda,

Alejandro Quintero Romero.

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