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RESOLUCIÓN 3692 DE 2006

(noviembre 9)

Diario Oficial No. 46.452 de 14 de noviembre de 2006

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por la cual se delega una función administrativa.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 11 y 13 de la Ley 938 de 2004, y

CONSIDERANDO QUE:

El artículo 13 de la Ley 938 de 2004, prevé la posibilidad de que el Fisca l General de la Nación pueda delegar en los servidores del más alto nivel de la Fiscalía General de la Nación, las funciones de carácter legal que convenga al mejor cumplimiento de los objetivos de la entidad, entre ellos, “...podrá delegar el trámite de las situaciones administrativas, los movimientos de personal y la ejecución de las sanciones disciplinarias impuestas a servidores de la Fiscalía, por autoridad competente”.

El Decreto 1295 de 1994, “por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales”; establece en el artículo 10 las excepciones a lo que se considera accidente de trabajo, señalando en el literal a): “El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas, culturales, incluidas las previstas en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador”.

Con Resolución 0-1501 de abril diecinueve (19) de 2005, se reglamentaron las situaciones administrativas y se dictaron otras disposiciones para la administración de personal en la Fiscalía General de la Nación.

En el artículo 106 ibídem, se establece la posibilidad de otorgar licencias remuneradas a los servidores para competiciones o eventos deportivos, en los siguientes términos:

“Licencia remunerada para eventos deportivos. La Fiscalía General de la Nación concederá licencia remunerada a favor de los servidores deportistas, dirigentes, personal técnico y auxiliar, científico y de juzgamiento que sean seleccionados para representar al país en competiciones o eventos deportivos internacionales, siempre y cuando sea solicitada a través de Coldeportes, con indicación de la escogencia y del tiempo requerido para asistir al evento, el cual no podrá sobrepasar los noventa (90) días.

Si por motivo de los resultados de la competición, la delegació n termina su actuación antes del total del tiempo previsto, el término de la licencia será reducido proporcionalmente y el beneficiario deberá reincorporarse a sus labores. Si no lo hace, incurre en abandono del cargo.

Cuando el evento deportivo se realice en el país, los servidores deberán contar con la autorización del Fiscal General de la Nación, para los efectos de lo establecido en el Decreto 1295 de 1994”.

El artículo 107 de la misma reglamentación establece que la licencia para eventos deportivos será conferida por el nominador o por quien este delegue para concederla.

El artículo 3o de la Ley 1024 de 2006, por la cual se modifica parcialmente el artículo 24 de la Ley 938 de 2004, señala que el Secretario General tiene entre otras “16. Las demás funciones que le sean asignadas por el Fiscal General y que guarden relación con la naturaleza de la dependencia”.

Con base en lo anterior, se delegará en el Secretario General la facultad de otorgar licencias remuneradas o permisos a los servidores de la Fiscalía General de la Nación, para asistir a competiciones o eventos deportivos de que trata el artículo 106 de la Resolución 0-1501 del 19 de abril de 2005, para los efectos de lo dispuesto en el Decreto 1295 de 1994.

Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Secretario General la facultad de otorgar licencias remuneradas para asistir a competiciones o eventos deportivos de que trata el artículo 106 de la Resolución 0-1501 del 19 de abril de 2005, para los efectos de lo dispuesto en el Decreto 1295 de 1994.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de noviembre de 2006.

El Fiscal General de la Nación,

MARIO GERMÁN IGUARÁN ARANA.

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