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RESOLUCIÓN SC-879 DE 2021
(julio 30)
Diario Oficial No. 51.757 de 5 de agosto de 2021
ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Por la cual se crea la Dirección Territorial Chocó de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP).
LA DIRECTORA NACIONAL (E) DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (ESAP),
en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 15 del Decreto número 164 de 2021, el Decreto número 803 del 21 de julio de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política.
Que la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) es un establecimiento público del orden nacional, de carácter universitario, adscrito al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo señalado en la Ley 19 de 1958.
Que la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) tiene como objeto la formación, investigación y extensión académica en el campo de la administración pública y el gobierno, en el contexto de la educación superior universitaria, la gestión del conocimiento y al apoyo técnico a las distintas instancias del Estado; la investigación, innovación y creación en el campo de la Administración Pública y el gobierno como centro de gestión académico para la asistencia técnica nacional y territorial; y la inducción, asesoría, consultoría, capacitación, acompañamiento y asistencia a los gobiernos nacional y territorial en la organización, gestión y operación de lo público que propendan la transformación del Estado y la administración pública nacional y territorial, con el fin de apoyar el cumplimiento de los fines del Estado, de acuerdo con el artículo 2o del Decreto número 164 de 2021.
Que el Decreto número 164 de 2021 modificó la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), para cumplir de manera efectiva con todas las obligaciones derivadas de los mandatos legales, de políticas públicas y de planes del Gobierno nacional, así como el planeamiento estratégico que se requiere para fortalecer y convertir a la ESAP en el centro de formación, capacitación, investigación, asesorías, consultorías y acompañamiento a las autoridades del Estado y del Gobierno en todos sus niveles, en la modernización y rediseño institucional, buenas prácticas, tecnologías administrativas y la formulación de planes, programas y proyectos.
Que el numeral 15 del artículo 15 del Decreto número 164 de 2021 establece que es una función del Director Nacional de la escuela, expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto y funciones de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Que el Decreto número 164 de 2021 en el artículo 6o, establece que la ESAP tiene como domicilio la ciudad de Bogotá donde funcionará su sede nacional, ejercerá sus funciones a nivel nacional y podrá crear Direcciones Territoriales y Centros Territoriales de Administración Pública, Cetap, para el desarrollo de su objeto y funciones en el territorio nacional.
Que es necesario crear la Dirección Territorial Chocó con el fin de adelantar, bajo los enfoques diferencial y territorial, acciones que permitan aumentar la cobertura y acceso de estudiantes a la educación superior y aportar al fortalecimiento y desarrollo institucional mediante la formación, capacitación, asesoría, investigación aplicada, gestión del conocimiento y la innovación en administración pública.
Que el Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) presentó y sustentó ante el Consejo Académico Nacional el documento técnico de creación de la Dirección Territorial Chocó que propone una redistribución mínima de las Direcciones Territoriales, delimitando de manera adecuada la operación del despliegue territorial, con el fin de incrementar el número de estudiantes y municipios beneficiados, ampliar el portafolio de servicios, la capacidad de oferta y la asunción de las demandas de servicios, soportado en el fortalecimiento del modelo de operación por procesos y el recurso humano idóneo y adecuado en cuanto a cantidad y perfiles.
Que el Consejo Académico Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública emitió concepto previo Favorable sobre la creación de la Sede Territorial Chocó.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Créase la Dirección Territorial Chocó de la Escuela Superior de Administración Pública con jurisdicción sobre todos los municipios que conforman el departamento del Chocó.
ARTÍCULO 2o. La sede de la Dirección Territorial Chocó, de la Escuela Superior de Administración Pública, estará ubicada en la ciudad de Quibdó.
ARTÍCULO 3o. El Director Territorial será nombrado de conformidad con lo establecido en el numeral 17 del artículo 15 del Decreto número 164 de 2021 y demás normas aplicables.
ARTÍCULO 4o. La estructura y funciones de la Dirección Territorial serán las establecidas en los artículos 41 a 43 del Decreto número 164 de 2021.
ARTÍCULO 5o. El Consejo Académico de la Dirección Territorial Chocó cumplirá las funciones señaladas en el artículo 42 del Decreto número 164 de 2021.
ARTÍCULO 6o. Los Centros Territoriales de Administración Pública existentes, o que se creen en la jurisdicción del departamento del Chocó, quedarán adscritos a la Dirección Territorial Chocó.
ARTÍCULO 7o. El Director Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública asignará los empleos requeridos para el funcionamiento de la Dirección Territorial Chocó, de conformidad con los artículos 2o y 3o del Decreto número 165 de 2021.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2021.
Alexandra Rodríguez del Gallego.