Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 14095 DE 2010
(diciembre 30)
Diario Oficial No. 47.939 de 31 de diciembre de 2010
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0011 de noviembre 4 de 2008.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 1 y 5 del artículo 6o y los artículos 50 y 51 del Decreto 4048 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante los artículos 16 y 18 de la Resolución 0011 de 2008, respectivamente, se asignaron las funciones a los Grupos de Presupuesto y Tesorería de la Subdirección de Gestión Financiera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Que dentro de las funciones del Grupo Interno de Trabajo de Presupuesto, hoy Coordinación de Presupuesto, se establecieron, entre otras, las relacionadas con la administración del Plan Anual Mensualizado de Caja (PAC), las cuales de acuerdo a su naturaleza y en concordancia con el artículo 32 de la Ley 179 de 1994, son propias del Grupo Interno de Trabajo de Tesorería, hoy Coordinación de Tesorería, por lo que se hace necesario trasladarlas a dicha coordinación.
Que conforme a la funcionalidad del SIIF NACIÓN II, se reitera que la administración del PAC debe ser de competencia de la Coordinación de Tesorería.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modifícase el artículo 16 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:
“Artículo 16. Crear la Coordinación de Presupuesto en el despacho de la Subdirección de Gestión de Recursos Financieros de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:
1. Garantizar el cumplimiento de las actividades del proceso presupuestal definido para la DIAN;
2. Programar, registrar y controlar la ejecución de los recursos presupuestales de ingresos y gastos de funcionamiento e inversión de la DIAN;
3. Elaborar, consolidar y presentar oportunamente, en coordinación con las áreas responsables, la cuenta fiscal a la Contraloría General de la República;
4. Evaluar la Gestión Presupuestal de la DIAN;
5. Elaborar, en coordinación con la Coordinación de Tesorería, el programa anual mensualizado de caja del presupuesto de la DIAN financiado con recursos de la nación;
6. Elaborar con la dependencia competente, el Programa Anual Mensualizado de Caja del presupuesto financiado con rentas propias de la DIAN y aportes de la Nación;
7. Elaborar y presentar los informes presupuestales ante la Dirección General de Presupuesto Público Nacional, la Contraloría General de la República, el Departamento Nacional de Planeación y demás Entidades que lo requieran;
8. Reglamentar y controlar la constitución, ejecución, reembolso y legalización de las cajas menores de la DIAN;
9. Asesorar, orientar y supervisar a las Direcciones Seccionales en asuntos propios de su competencia”.
ARTÍCULO 2o. Modifícase el artículo 18 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:
“Artículo 18. Crear la Coordinación de Tesorería en el despacho de la Subdirección de Gestión de Recursos Financieros de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:
1. Garantizar el cumplimiento de las actividades del proceso de tesorería definido para la DIAN;
2. Solicitar ante la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional la ubicación de fondos y efectuar los giros correspondientes a las Direcciones Seccionales de la DIAN;
3. Llevar los registros de Tesorería, elaborar y presentar los informes ante la Contraloría General de la República, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional, la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional y demás entidades que lo requieran;
4. Elaborar, en coordinación con la Subdirección de Gestión Comercial y la Coordinación de Presupuesto, el programa anual mensualizado de caja del presupuesto financiado con rentas propias de la DIAN;
5. Tramitar ante la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional el Programa Anual de Caja de la Entidad con o sin situación de fondos;
6. Recibir, revisar y pagar las obligaciones adquiridas por la DIAN y expedir las certificaciones respectivas;
7. Coordinar, controlar y consolidar el manejo de las cuentas autorizadas y registradas por la Dirección del Tesoro Nacional a nombre de las direcciones seccionales de la DIAN;
8. Analizar y depurar las conciliaciones bancarias y realizar los ajustes pertinentes de las cuentas autorizadas y registradas a nombre de la DIAN en el nivel central;
9. Elaborar y presentar las declaraciones tributarias de la DIAN a que haya lugar, de conformidad con las normas pertinentes;
10. Coordinar las actividades necesarias relativas a la administración de inversiones de la DIAN;
11. Garantizar la inclusión y/o modificación de las cuentas para el pago de la nómina de los empleados de la DIAN”.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2010.
El Director General,
JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ.