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RESOLUCIÓN 148 DE 2021

(diciembre 7)

Diario Oficial No. 51.881 de 7 de diciembre de 2021

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

<Vigente hasta el 30 de diciembre de 2021>

Por la cual se autoriza a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera el apoyo temporal a los empleados públicos de la DIAN en las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la entidad en materia de fiscalización aduanera.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),

en uso de las facultades legales y en especial, las dispuestas en el artículo 53 de la Ley 633 de 2000, los numerales 1 y 26 del artículo 8o, el numeral 14 y parágrafo del artículo 60 y el numeral 9 y parágrafo del artículo 61 del Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 53 de la Ley 633 de 2000, crea al interior de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la Policía Fiscal Aduanera y señala que los funcionarios que la compongan podrán por delegación expresa del Director General de la DIAN adelantar procesos de fiscalización y control.

Que mediante el Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, se modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que, en la norma en comento, se otorgaron funciones a la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera para apoyar las labores propias del control aduanero, tributario y cambiario y ejercer control posterior sobre las mercancías ingresadas al territorio nacional en las vías de comunicación terrestres y en los establecimientos de comercio abiertos al público.

Que el numeral 9 del artículo 61 del referido Decreto dispuso que son funciones de la Subdirección Operativa Policial, ejercer las demás funciones que le correspondan de conformidad con la Ley, o de acuerdo a la naturaleza de la dependencia o que le sean asignadas por el Director General de la DIAN, a su vez el parágrafo señala las funciones y competencias que le corresponde desarrollar a la Entidad en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera y establecimientos de comercio no abiertos al público indicando que serán ejercidos exclusivamente por los empleados públicos de la DIAN, y que cuando las circunstancias así lo exijan, previa autorización del Director General, podrán contar con el apoyo temporal de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera.

Que de conformidad con los numerales 14 y 9 respectivamente y parágrafos de los artículos 60 y 61 del Decreto 1742 de 2020, se faculta al Director General de la DIAN, para asignar funciones a la Policía Fiscal y Aduanera, mediante resolución, por el término que lo estime pertinente para las situaciones que así lo requieran.

Que teniendo en cuenta las circunstancias excepcionales que actualmente se presentan en la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá, por el alto volumen de mercancías pendientes de materializar la medida cautelar de aprehensión y ubicadas en las almacenadoras de la UT Alianza Logística Avanzada, como resultados de acciones de control de alto impacto, se requiere asignar hasta el 30 de diciembre de 2021, la competencia funcional a la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, a través de su organización interna, para apoyar las labores de inventario, avalúo y aprehensión, propias de la División de Fiscalización y Liquidación de Sanciones y de Definición de la Situación Jurídica de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá, respecto de las mercancías que sean puestas a su disposición por parte de la Directora Seccional.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado entre el 9 y el 16 de noviembre de 2021, en el sitio WEB de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) con el objeto de recibir comentarios sobre el contenido de este, los cuales fueron analizados para determinar su pertinencia, previa expedición de esta resolución.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. COMPETENCIA FUNCIONAL. Asignar hasta el 30 de diciembre de 2021, a la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, a través de su organización interna, la función de apoyar las labores de inventario, avalúo y aprehensión, propias de la División de Fiscalización y Liquidación de Sanciones y de Definición de la Situación Jurídica de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá, respecto de las mercancías que sean puestas a su disposición por parte de la Directora Seccional de Aduanas de Bogotá.

ARTÍCULO 2o. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido de esta Resolución al Director de Gestión de la Policía Fiscal y Aduanera, al Director de Gestión de Fiscalización, a la Directora Seccional de Aduanas de Bogotá y a la Dirección de Gestión Corporativa.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, conforme al artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de diciembre de 2021.

El Director General,

Lisandro Manuel Junco Rivera

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